Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2010 (01/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de noviembre de 2010

PROYECTO

428561

c) senala que las unidades de generacion RER deberan cumplir con los requerimientos tecnicos de operacion establecidos en los Procedimientos del COES y en su unica Disposicion Transitoria dispone que los Generadores RER se sujetan a las disposiciones del Reglamento COES en todo lo que no se oponga a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1002 y el Reglamento RER; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 4762008-OS/CD se aprobo la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos", elaborada por OSINERGMIN, de conformidad con los Articulos 5º y 6º del Reglamento COES, estableciendose en aquella el MORDAZA que debe seguir la aprobacion de los Procedimientos Tecnicos del COES; Que, con fecha 27 de MORDAZA de 2010, el COES ratifico su propuesta de iniciar la secuencia de aprobacion de modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR-01, PR-02, PR-04, PR-05, PR-06, PR-07, PR-09, PR-13, PR26 y PR-29 para considerar la Generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER). Consecuentemente, el 02 de junio de 2010 se publico, en la pagina 16 del Boletin Oficial del Diario Oficial El Peruano, un comunicado de Inicio de MORDAZA de Aprobacion, otorgando un plazo de 5 dias habiles para que los interesados pudieran presentar sus opiniones y sugerencias a las propuestas de modificacion de procedimientos tecnicos, no recibiendose opiniones y sugerencias dentro del plazo legal otorgado; Que, con fecha 25 de junio de 2010, mediante Oficio Nº 0474-2010-GART, OSINERGMIN remitio al COES las observaciones a las propuestas de cambio de los Procedimientos Tecnicos, en las cuales se concluye que los Procedimientos Tecnicos PR-01, PR-02, PR05, PR-06, PR-09, PR-13, PR-26 y PR-29 deben ser completamente reformulados sobre la base de las observaciones planteadas; Que, OSINERGMIN otorgo al COES un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles para presentar su propuesta de nuevos procedimientos; Que, con fecha 24 de setiembre de 2010, mediante carta COES/D-619-2010, el COES senala que a la fecha de recepcion del Oficio Nº 0474-2010-GART, varios de los procedimientos involucrados ya se encontraban en un MORDAZA de revision integral, con cronogramas acordados con los consultores encargados de su desarrollo y cuyas fechas de culminacion exceden al plazo senalado por OSINERGMIN, estimando que la completa reformulacion de los demas Procedimientos involucrados requerira de un tiempo que tambien excede el plazo otorgado; Que, tambien senala el COES que, considerando la necesidad de contar con disposiciones especificas sobre las tecnologias de generacion RER en los procedimientos del COES en prevision de la entrada en servicio de las instalaciones de Generacion RER adjudicadas en las recientes subastas, plantea atender el requerimiento en dos etapas: en primer lugar, considerar solamente las observaciones relacionadas con la incorporacion de las tecnologias RER en los procedimientos del COES y, en MORDAZA lugar, considerar las demas observaciones que seran abordadas conjuntamente con la reformulacion integral de los procedimientos observados; Que, tambien indica el COES, que las propuestas de modificaciones a los Procedimientos Tecnicos COES PR-01, PR-02, PR-06 y PR-09, que fueron presentadas a OSINERGMIN con carta COES/D-353-2010 no requieren ajustes adicionales relacionados con la generacion RER; Que, en el Informe Tecnico Nº 0385-GART-2010, se ha analizado la sugerencia del COES dentro de la perspectiva de los tres considerandos previos, encontrandose razonable dicho pedido; Que, tambien se ha encontrado conforme la absolucion de observaciones a los PR-05 y PR-29, referidos unicamente a la incorporacion de las tecnologias RER; Que, se ha cumplido con lo dispuesto en el Articulo 5.3 del Reglamento COES y con todas las etapas y requisitos senalados en la "Guia de Elaboracion de Procedimientos Tecnicos" para la aprobacion de las modificaciones de Procedimientos Tecnicos COES PR-01, PR-02, PR-05, PR-06, PR-09 y PR-29;

Que, posteriormente, de conformidad con el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº ......-2010-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el ...de ........ de 2010, se dispuso la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba la Modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR-01, PR-02, PR-05, PR-06, PR-09 y PR-29, contribuyendo de ese modo a garantizar la transparencia, cognoscibilidad y predictibilidad de las acciones que el organismo regulador adopte en el cumplimiento del encargo asignado; Que, la Resolucion OSINERGMIN Nº ......-2010OS/CD otorgo un plazo de quince (15) dias calendario, contados desde la fecha de su publicacion, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias al proyecto de MORDAZA prepublicado a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria; vencido el plazo, se recibieron los comentarios y sugerencias de las empresas ..., ...., los cuales son analizados en los Informes Tecnicos ...-2010-GART y ...-2010-GART de la Division de Generacion y Transmision y de la Asesoria Legal interna respectivamente; Que, en concordancia con los considerandos anteriores, se debe proceder a la aprobacion de la Propuesta de Modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR01, PR-02, PR-05, PR-06, PR-09 y PR-29; Que, se han emitido los Informes Nº ...-2010GART y ...-2010-GART de la Division de Generacion y Transmision y de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EM; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la incorporacion de: 1) los numerales 2.6 al 2.10 en el Capitulo 2, Base Legal; 2) numeral 4.3.6 en el Capitulo 4 Responsabilidades y; 3) literal m) en el Capitulo 7 Informacion Requerida, en el Procedimiento Tecnico COES PR-01 "Programacion de la Operacion de Corto Plazo Programacion de la Operacion Semanal del SINAC", aprobado por Resolucion Ministerial Nº 143-2001-EM/VME del 26 de marzo de 2001, y sus correspondientes modificatorias, conforme al siguiente texto: Numerales 2.6 al 2.10: " 2.6 Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (Articulos 12º y 14º, inciso a). 2.7 Decreto Supremo Nº 027-2008-EM, Reglamento del COES (Articulo 27.2, inciso b). 2.8 Decreto Legislativo Nº 1002, Promocion de la Inversion para la Generacion de Electricidad con el Uso de Energias Renovables. 2.9 Decreto Supremo Nº 050-2008-EM, Reglamento de la Generacion de Electricidad con Energias Renovables (Articulos 1.17, 19.1, Disposicion Complementaria Unica). 2.10 Estatutos del COES. "

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