Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2010 (01/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de noviembre de 2010

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion fecha 2 de setiembre de 2010; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal a aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 0122004-VIVIENDA publicado el 18 de junio de 2004, se aprobo el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, cuyo articulo 37 senala que los cambios de zonificacion seran tramitados ante la Municipalidad Provincial por sus propietarios o promotores, adjuntando los documentos que acrediten la propiedad, el plano de ubicacion y memoria descriptiva suscrita por un Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado que sustente el cambio solicitado; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05 de octubre de 1995, se aprueba el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao para el periodo 1995-2010, el cual contempla la zonificacion y define la clasificacion de las vias y secciones viales; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000215, el mismo que aprobo el cambio de zonificacion de los predios ubicados con frente a la Av. MORDAZA Gambetta colindantes al predio Nº 488 (de la referida avenida), entre la Av. MORDAZA Meiggs y Av. MORDAZA, distrito y provincia del Callao, de MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) a Industria Elemental y Liviana (IEL), de acuerdo al Plano PZ - 02, el mismo que

forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 2673-2010MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA que hace MORDAZA el Informe Nº 107-2010-MPC-GGDUGPUC-CVA de la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, asimismo, el Informe Nº 955-2010-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, opinando que el cambio de zonificacion solicitado es procedente al encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACION DE LOS PREDIOS UBICADOS CON FRENTE A LA AV. MORDAZA GAMBETTA COLINDANTES AL PREDIO Nº 488 (DE LA REFERIDA AVENIDA), ENTRE LA AV. MORDAZA MEIGGS Y AV. MORDAZA, DISTRITO Y PROVINCIA DEL CALLAO, DE MORDAZA DE REGLAMENTACION ESPECIAL (ZRE) A INDUSTRIA ELEMENTAL Y LIVIANA (IEL) Articulo 1.- Apruebase el cambio de zonificacion de los predios ubicados con frente a la Av. MORDAZA Gambetta colindantes al predio Nº 488 (de la referida avenida), entre la Av. MORDAZA Meiggs y Av. MORDAZA, distrito y provincia del Callao, de MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) a Industria Elemental y Liviana (IEL), de acuerdo al Plano PZ - 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2.- Modificase en lo pertinente el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Articulo 3.- Encargase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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