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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de noviembre de 2010 428532 Cusco. Para su construcción se usan maderas fl exibles como huarango, huaranuay, queshuar o chamano, la rama escogida es partida longitudinalmente para ser vaciada de su contenido, uniendo otra vez las dos mitades con ligamentos de ch´ura (nervios del cuello de la llama) enrollados en varias secciones a lo largo del instrumento. Debido a que estas maderas suelen crecer algo retorcidas, el instrumento suele mantener la curvatura de la madera original, en medida proporcional a su tamaño, forma característica que lo diferencia inmediatamente de cualquier otro aerófono andino de la familia de la fl auta de pico. El pinkuyllo de Canas, Chumbivilcas y Espinar tiene seis orifi cios en la parte anterior y, en teoría, esto signifi ca que tiene un registro lo sufi cientemente amplio para diversas melodías, pero su gran tamaño impide el uso de todos los orifi cios; Que, mencionado ya en las crónicas tempranas del siglo XVI como pingollo, el término actual de Pinkuyllo o Pinkullo, hace referencia en su mayor parte a un tipo de fl auta vertical con una característica especial en su construcción: un canal de insufl ación, complementado con una ventana rectangular en la parte superior, que corta el aire y produce un sonido característico, construcción que no se ha encontrado en las fl autas prehispánicas. Este canal es el propio de las fl autas verticales del viejo mundo, como la bien conocida fl auta dulce; Que, el expediente menciona que fl autas similares al pinkuyllo de Canas, Chumbivilcas y Espinar se usan en otras áreas del Cusco como Chinchero y Sicuani y en la provincia de Caylloma, Arequipa. Sin embargo el Pinkuyllo de las tres provincias altoandinas mencionadas se desarrolla en una región geográfi ca que evidencia una unidad cultural regional y calendaria, como lo atestiguan las melodías y qashwas que se ejecutan con Pinkuyllo únicamente durante la época de lluvia y en diferentes rituales. Así mismo, el uso del Pinkuyllo durante las batallas rituales es indispensable para propiciar el buen desarrollo del ciclo agrícola; Que, es necesario tomar en cuenta que casi la totalidad de las fl autas de pico de medio tapadillo son fabricadas con cañas de diverso tamaño y grosor, siendo muy particulares los casos en que son hechas de madera tallada. Sin embargo, el Pinkuyllo está hecho con ramas de maderas locales y adopta la forma particular del material base, que es partido longitudinalmente, vaciado hasta la corteza, le son abiertos los orifi cios y las partes son vueltas a unir con tendones de llama. Esta forma de fabricación no tiene, hasta donde se ha podido saber, semejanza con otras fl autas andinas; Que, todos estos argumentos fundamentan la decisión de declarar al Pinkuyllo de Canas, Chumbivilcas y Espinar como Patrimonio Cultural de la Nación en tanto se trata de un instrumento particular que requiere de cierto conocimiento y habilidades para su fabricación y ejecución, y que forma parte de un particular ciclo festivo regional en estrecha relación con el periodo de lluvias, la fertilidad y la fecundidad de todos los seres vivientes; Que, en el expediente se expone la situación difícil en que se reproduce la tradición actual en Canas, Chumbivilcas y Espinar, situación común a toda el área andina con instrumentos musicales asociados a fi estas de los calendarios locales, como el carnaval, la marcación del ganado, el traslado de vigas o las batallas rituales, sólo por mencionar algunos ejemplos. Menciona el expediente que en Espinar se están haciendo esfuerzos por fortalecer el uso del instrumento, estableciendo talleres para su aprendizaje, respetando la práctica ritual original del instrumento; Que, como conclusión, se puede afi rmar que el Pinkuyllo original de la subregión que comprende las provincias de Canas, Chumbivilcas y Espinar, región Cusco, es una fl auta andina de pico de medio tapadillo, que mantiene su originalidad frente otros instrumentos del área andina por el material base, la forma en que está construido y su aspecto fi nal característico, pero sobre todo por su presencia en las fi estas del ciclo vital de la subregión, como la marcación del ganado, las celebraciones asociadas al cultivo de la papa y las batallas rituales, celebraciones para las cuales se interpretan tonadas particulares que mantienen su originalidad frente a la música de rituales similares de otras regiones andinas. El que se trate de rituales de honda signifi cación como los mencionados, de indiscutido antecedente prehispánico todos ellos, puede ser un indicador de la gran antigüedad de este instrumento; Que, la situación actual, en que su vigencia ha ido perdiendo terreno en relación con décadas anteriores, al estar asociado a rituales que se han visto afectos por los cambios recientes de la sociedad regional, ha encontrado respuesta positiva en un sector de la población, que se ha visto impulsado a establecer medidas para su conservación, esencialmente mediante talleres de aprendizaje y concursos de intérpretes, dedicados a defender la vigencia de esta manifestación cultural; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN al aerófono conocido como Pinkuyllo, tradicional en las provincias de Canas, Chumbivilcas y Espinar, región Cusco, en tanto constituye un instrumento tradicional de gran originalidad y parte insustituible de rituales propios de esta área, contribuyendo así a la afi rmación de la identidad colectiva regional y nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 561554-5 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 240-2010-OS/CD Mediante Ofi cio Nº 224-2010-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución OSINERGMIN Nº 240-2010-OS/CD, publicada en Separata Especial, en la edición del día 24 de octubre de 2010.