Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2010 (01/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de noviembre de 2010

designacion de la persona que actuara en nombre de la sociedad agente de bolsa al formular las propuestas en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; Que, los articulos 31 y 103 del Reglamento de Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 31-99-EF/94.10 y modificatorias, establecen que las instituciones de compensacion y liquidacion de valores puedan admitir como participantes a entidades constituidas en el exterior que tengan por objeto social el registro, custodia, compensacion, liquidacion o transferencia de valores, y las faculta para que puedan suscribir convenios con tales entidades con la finalidad de facilitar la liquidacion de operaciones con valores negociados en el MORDAZA local e internacional. Asimismo, el articulo 106 de dicho Reglamento, senala que en el caso que tales entidades MORDAZA admitidas como participantes de la institucion de compensacion y liquidacion de valores, es posible la utilizacion de cuentas agregadas; Que, el funcionamiento de cuentas agregadas como parte del registro contable de las instituciones de compensacion y liquidacion de valores deben sujetarse a condiciones que garanticen la seguridad e integridad del MORDAZA, asi como la proteccion de los valores de los inversionistas y el ejercicio de los derechos derivados de los valores que MORDAZA de su propiedad; Que, la integracion de los mercados de valores conlleva beneficios para los inversionistas, emisores e intermediarios puesto que permite una mayor diversificacion de riesgos, mayor liquidez al MORDAZA, niveles superiores de actividad bursatil, formacion mas eficiente de precios, reduccion del costo de financiamiento y de los costos de transaccion, fortalecer la actividad bursatil, y mejorar la competitividad y posicionamiento de las bolsas; Que, es necesario detallar las condiciones que deben acreditarse para que CONASEV autorice el MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, asi como los requisitos, obligaciones y condiciones requeridos en relacion con su adecuado funcionamiento; y, Estando a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Final Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1061, inciso a) del articulo 2 e inciso b) del articulo 11 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, y a lo acordado por el Directorio reunido en sesion del 25 de octubre del 2010; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, el cual consta de seis (6) titulos, treinta y uno (31) articulos y cuatro (4) disposiciones complementarias finales, cuyo texto es el siguiente: REGLAMENTO DEL MORDAZA INTEGRADO A TRAVES DEL ENRUTAMIENTO INTERMEDIADO Titulo I Disposiciones Generales Articulo 1.- Definicion del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado La integracion de mercados de que trata el presente reglamento se produce a traves del Enrutamiento Intermediado tal como se define a continuacion: 1.1. MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado es aquel que se origina por la suscripcion de convenios de integracion entre la Bolsa de Valores de MORDAZA y CAVALI S.A. ICLV con las entidades administradoras de sistemas de negociacion extranjeros y las respectivas centrales de deposito de valores, con la finalidad de realizar la oferta secundaria y la intermediacion de los valores transados en los sistemas de negociacion conducidos por dichas entidades en los paises donde estas han sido autorizadas a operar, asi como permitir el acceso de los intermediarios autorizados a operar en alguno de los referidos sistemas de negociacion, a traves

del Enrutamiento Intermediado, en los otros sistemas de negociacion. Comprende asimismo el enlace entre las centrales de deposito de valores, con el objeto de efectuar la compensacion y liquidacion de operaciones realizadas en dichos sistemas de negociacion asi como el registro y custodia de los valores negociados a traves del Enrutamiento Intermediado. 1.2. El Enrutamiento Intermediado consiste en la canalizacion de propuestas de los intermediarios extranjeros a la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como las de los intermediarios locales a los sistemas de negociacion extranjeros, a traves de un componente tecnologico que permite trasladar las propuestas de un sistema de negociacion a otro, bajo las condiciones que se indican en el presente reglamento. Articulo 2.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto establecer las condiciones, requisitos, obligaciones y aspectos operativos exigibles para el funcionamiento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado. Articulo 3.- Alcance El presente reglamento comprende los procesos que se detallan a continuacion y las personas que intervienen en ellos: 3.1. Funcionamiento del Enrutamiento Intermediado. 3.2. Inscripcion de valores extranjeros en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de conformidad con lo senalado en el presente reglamento. 3.3. Mecanismo para poner a disposicion del MORDAZA local, la informacion relevante de emisores de valores extranjeros. 3.4. Acceso de intermediarios extranjeros a la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima. 3.5. Regimen del Representante Especial. 3.6. Funciones y responsabilidades de la Bolsa de Valores de Lima. 3.7. Funciones y responsabilidades de CAVALI S.A. ICLV. 3.8. Infraestructura operativa y soporte tecnologico. 3.9. Obligaciones de suministro de informacion al MORDAZA y a CONASEV. 3.10. Registro y custodia de valores negociados en el MORDAZA Integrado a traves de Enrutamiento Intermediado. 3.11. Compensacion y liquidacion de operaciones realizadas en el MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado. El presente reglamento no establece obligaciones o responsabilidades para los emisores de valores extranjeros que como consecuencia del funcionamiento del MORDAZA Integrado se inscriban en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, los cuales se rigen por la legislacion aplicable al MORDAZA donde opera el sistema de negociacion extranjero en el cual se negocie su valor originalmente. Articulo 4.- Premisas y condiciones del modelo de MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado El funcionamiento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado debe sujetarse a las siguientes premisas y condiciones: 4.1. La interconexion entre las plataformas tecnologicas de los sistemas de negociacion y los enlaces entre las centrales de deposito de valores participantes del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado, deben contar con mecanismos que garanticen la continuidad de las operaciones en caso de contingencias. 4.2. Cada bolsa o administradora de un sistema de negociacion, asi como las centrales de deposito de valores aplicaran las reglas, procesos y procedimientos autorizados en sus respectivas jurisdicciones.

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