Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2010 (03/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

428621

DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 109-MDSL hasta el 30 de Noviembre de 2010, mediante el cual se regulan el Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el Distrito de San Luis. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal; y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, su debida publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional de la Entidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 562261-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Crean el Registro de Conductores y Cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL N° 000052 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 18 OCT. de 2010, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:

municipalidades provinciales en materia de transporte terrestre cuentan con las competencias previstas en dicho Reglamento; se encuentran facultadas ademas, para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la Ley, el Reglamento y los demas reglamentos nacionales; asimismo, el citado reglamento nacional MORDAZA en los articulos 29 y 71 la habilitacion de los conductores como una de las condiciones tecnicas para la prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000040-2009, el Concejo Provincial del Callao, aprobo el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo en los articulos 12, 13, 17 y 18, los requisitos para la inscripcion, habilitacion y certificado de habilitacion del conductor y cobrador, para la prestacion del servicio de transporte publico regular de pasajeros; Que, es obligatorio dar cumplimiento a las disposiciones legales y municipales vigentes en materia de transporte terrestre, por lo que resulta necesario la creacion del Registro de Conductores y Cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros que permita a esta Municipalidad Provincial como autoridad competente, registrar la habilitacion y deshabilitacion de los conductores y cobradores que ingresen o se retiren de la prestacion de dicho servicio de transporte publico, registro que a su vez coadyuvara en la formalidad de los conductores y cobradores del servicio de transporte publico regular y velar por el adecuado servicio de transporte; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000251, el que tiene como antecedentes, el Memorando Nº 2362-2010-MPC/GGTU, de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, el Memorando Nº 1648-2010MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, el Informe Nº 11372010-MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, todos los cuales son favorables a la promulgacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL REGISTRO DE CONDUCTORES Y COBRADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Titulo I

Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el articulo 195 inciso 5 senala que los gobiernos locales son competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala en el articulo 9 inciso 8 que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo, el articulo 81 inciso 1 numeral 1.2, senala que es funcion exclusiva de las municipalidades provinciales en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico: Normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; Que, la Ley Nº 29091 modifica el parrafo 38.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, indicando que el MORDAZA es publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE y en el MORDAZA Institucional, asimismo, el articulo 2 establece que las entidades publicas, estan obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus portales institucionales, los reglamentos tecnicos, lineamientos, directivas y otras que la Presidencia del Consejo de Ministros disponga mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, que en su articulo 11 senala que, las

DE LA CREACION, DEL ACCESO Y DEL OBJETO Articulo 1. DE LA CREACION DEL REGISTRO DE CONDUCTORES Y COBRADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS Crease el Registro de Conductores y Cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao, el mismo que tiene por objeto registrar la habilitacion y deshabilitacion de los conductores y cobradores que ingresen o retiren de la prestacion de dicho servicio de transporte publico. Articulo 2. DEL ACCESO AL REGISTRO DE CONDUCTORES Y COBRADORES DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE PASAJEROS El acceso al Registro de Conductores y Cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros de la Provincia Constitucional del Callao, podra ser via internet, con la finalidad de que las empresas de transporte autorizadas por la Municipalidad Provincial del Callao, puedan realizar la habilitacion o deshabilitacion de sus conductores y cobradores desde sus propias oficinas administrativas, previo cumplimiento de los requisitos previstos en la Ordenanza Municipal Nº 000040-2009 y la presente ordenanza municipal. Para tal efecto, las empresas de transporte contaran con el Manual del Usuario que en Anexo Nº 1 forma parte de la presente ordenanza municipal asi como la clave de

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