Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2010 (03/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de noviembre de 2010

cumplan con los Requisitos (los mejores de cada facultad y/o MORDAZA superior), los mismos que deberan desarrollar el MORDAZA de elecciones, de conformidad a lo senalado en el Reglamento aprobado para las elecciones de organos de gobierno de docentes y estudiantes 2010, con la participacion de veedores de la Comision de Educacion del Congreso de la Republica, de la Asamblea Nacional de Rectores y el Asesoramiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y Transparencia; asi como, DEJAR SIN EFECTO la Resolucion R. Nº 12150-2010UNFV, de fecha 22.10.10, que resolvia Suspender los Procesos de Elecciones Generales 2010, de estudiantes docentes y graduados ante los Organos de Gobierno y Eleccion de Decanos de esta universidad que venia desarrollando el Comite Electoral Externo; De conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, el inciso d) del articulo 40º, del ROF de esta Universidad y la Resolucion R. Nº 2443-2006-UNFV, de fecha 30.05.06; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar Nulo el MORDAZA Electoral que se encontraba desarrollando el Comite Electoral Externo, por la trasgresiones y/o Inobservancia al Reglamento Electoral Universitario 2010, a la Ley Universitaria y al Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal. Articulo Segundo.- Solicitar a la Asamblea Nacional de rectores deje sin efecto la Resolucion Nº 0625-2010ANR y la Resolucion Nº 0798-2010-ANR, que nombra el Comite Electoral Externo, por las trasgresiones continuas al Reglamento General de Elecciones 2010, a la Ley Universitaria - Ley Nº 23733, y al Estatuto de la UNFV. Articulo Tercero.- Designar una Comision Electoral Transitoria y Autonoma, la que debera estar integrada por (03) profesores Principales (03) profesores Asociados todos a Tiempo Completo y los mas antiguos en su respectiva categoria y (03) Estudiantes que cumplan con los Requisitos (los mejores de cada facultad y/o MORDAZA superior), los mismos que deberan desarrollar el MORDAZA de elecciones, de conformidad a lo senalado en el Reglamento aprobado para las elecciones de organos de gobierno de docentes y estudiantes 2010, con la participacion de veedores de la Comision de Educacion del Congreso de la Republica, de la Asamblea Nacional de Rectores y el Asesoramiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y Transparencia. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolucion R. Nº 12150-2010-UNFV, de fecha 22.10.10, que resolvia suspender los Procesos de Elecciones Generales 2010, de estudiantes docentes y graduados ante los Organos de Gobierno y Eleccion de Decanos de esta universidad que venia desarrollando el Comite Electoral Externo. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Comite Electoral Externo, a la Asamblea Nacional de Rectores, a la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y el Pleno de Rectores, a la Presidenta de la Comision de Educacion de Congreso de la Republica y Congresistas de dicha comision, adjuntandose para los efectos los informes legales como documentacion sustentatoria. Articulo Sexto.- Disponer que la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional realice la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Septimo.- Los Vicerrectores Academico y Administrativo dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA VELASCO VALDERAS Secretaria General 562390-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian alcances de la Ordenanza N° 109-MDSL, mediante la cual se MORDAZA el Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de San MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2010-MDSL San MORDAZA, 29 de octubre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA VISTO: El Informe Nº 123-2010-MDSL-GM de la Gerencia Municipal de fecha 29 de Octubre de 2010 y el Informe Nº 053-2010-MDSL-GR de la Gerencia de Rentas de fecha 29 de Octubre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza N° 109-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de Octubre de 2010 se aprobo el Beneficio Temporal para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias en el Distrito de San MORDAZA, con la finalidad de incentivar el pago de las obligaciones vencidas de parte de los contribuyentes y administrados en la jurisdiccion de nuestro distrito; Que, en la MORDAZA Disposicion Final de la citada Ordenanza faculta al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y prorrogue los plazos para la adecuada aplicacion de la MORDAZA municipal; Que, mediante Informe Nº 053-2010-MDSL-GR del 29 de Octubre de 2010 la Gerencia de Rentas refiere que estando por vencer la fecha de vigencia del Beneficio establecido en la Ordenanza N° 109-MDSL y teniendo en cuenta que los contribuyentes y administrados de nuestro distrito aun no han tenido la oportunidad de cumplir con cancelar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el treinta (30) de Noviembre de 2010; Que, mediante Informe N° 123-2010-MDSL-GM del 29 de Octubre de 2010 la Gerencia Municipal, opina que el senor MORDAZA esta facultado para que mediante Decreto de Alcaldia disponga la ampliacion a la prorroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 109-MDSL, a fin de dar mayores facilidades a los contribuyentes y administrados del distrito para que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias; Que, el Articulo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal", y el Parrafo Tercero del Articulo 44 de la citada MORDAZA establece que "Las normas municipales rigen a partir del dia siguiente de su publicacion, salvo que la propia MORDAZA postergue su vigencia". Estando a lo MORDAZA expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

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