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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (18/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de noviembre de 2010 429352 de responsabilidades administrativas contenidas en los informes emitidos durante los ejercicios 2008 y 2009, no han sido implementadas por la entidad, no evidenciándose acciones y/o documentación en las que se aprecie que el jefe de OCI de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S. A., hubiere comprobado y/o califi cado la materialización efectiva de la implementación oportuna, situación que revela la falta de una apropiada supervisión y dirección del Jefe del OCI; igualmente se ha evidenciado que como resultado de las visitas de supervisión a diferentes agencias de la Caja, el jefe de OCI ha emitido hojas informativas cuyo contenido no se adecua a la normativa de Control; Que, el “Examen Especial sobre presuntas irregularidades en la emisión de cartas fi anzas, otorgamiento de créditos, entre otros”, no se ha ceñido a los requisitos establecidos en las Normas de Auditoría Gubernamental, lo cual ha ocasionado que la acción de control sea cancelada por la Contraloría General de la República; así como, no se ha efectuado una acción de control requerida por el Presidente del Directorio, pese a que funcionarios de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. habrían transgredido normativa interna de la entidad, advirtiéndose falta de diligencia del jefe del OCI; Que, como consecuencia de ello, se ha determinado la califi cación desfavorable del desempeño funcional del señor CPC José Rosario Arce Galarreta, jefe del OCI de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. – CMAC SANTA, de acuerdo a los criterios establecidos en los literales b), c) y d) del artículo 33º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional; Que, la separación defi nitiva del cargo que se alude en el párrafo precedente, está referida exclusivamente al ejercicio de la función, siendo de competencia de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. – CMAC Santa, aquellas acciones de carácter laboral que pudieran derivarse de dicha separación; Que, mediante el Ofi cio Nº 1458-2010-CG/DC se comunica al Titular de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. – CMAC SANTA – Región Ancash, el resultado de la evaluación efectuada por este Órgano Superior de Control a la gestión del jefe del Órgano de Control Institucional, señor CPC José Rosario Arce Galarreta; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 28557 y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 459-2008- CG, modificado mediante Resolución de Contraloría Nº 099-2010-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Separar defi nitivamente del cargo de jefe del Órgano de Control Institucional de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. – CMAC Santa, al señor CPC José Rosario Arce Galarreta, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- En tanto se designe al nuevo jefe del Órgano de Control Institucional de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. – CMAC Santa, el Titular de la Entidad deberá garantizar el normal desarrollo de las actividades del Órgano de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura de dicho Órgano, a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dando cuenta de ello, a este Órgano Superior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 567664-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Designan Director Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana del Jurado Nacional de Elecciones RESOLUCIÓN N° 155-2010-P/JNE Lima, 11 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución N° 034-2004-P/JNE, del 25 de febrero de 2004, se contrató al señor Fernando Miguel Rodriguez Patrón como funcionario de confi anza en el cargo de Jefe de la Ofi cina del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, bajo el régimen laboral de la actividad privada; Que, por Resolución N° 223-2008-P/JNE, de fecha 12 de noviembre de 2008, se aprobó la Nomenclatura de Cargos y Requisitos Mínimos para ocupar los cargos del Cuadro para Asignación de Personal del JNE y el Cuadro para Asignación de Personal Nominal, en el cual se asignó el cargo de Director del Registro de Organizaciones Políticas, al señor Fernando Miguel Rodriguez Patrón, sujeto al Régimen Laboral de la Actividad Privada; Que, con fecha 11 de noviembre de 2010, el citado funcionario ha presentado su carta de renuncia al cargo que en su oportunidad le fue otorgado en calidad de confi anza; Que, de acuerdo al artículo 28° del Reglamento de la Ley del Fomento al Empleo, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-96-TR, la puesta a disposición del cargo aceptada por el empleador, equivale a una renuncia; y, según el inciso b) del artículo 16º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, la renuncia o retiro voluntario del trabajador es causal de extinción del contrato de trabajo; asimismo, según el artículo 18º del mismo cuerpo legal, en este caso, el trabajador debe dar aviso por escrito con 30 días de anticipación; pudiendo el empleador exonerar de este plazo por propia iniciativa o a pedido del trabajador, en este último caso la solicitud se entenderá aceptada si no es rechazada por escrito dentro del tercer día; Que, por Resolución N° 154-2010-P/JNE, de fecha 11 de noviembre de 2010, se aceptó la renuncia del señor Gustavo Adolfo Quiroz Arbulu, y se dio por concluida su designación como Director Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana, con efectividad a partir del 12 de noviembre de 2010, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Entidad; Que, de conformidad con los incisos 7) y 9) del artículo 16° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 601-2010-JNE, del 19 de julio de 2010, son funciones del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, entre otras, determinar los cargos de confi anza y la cobertura de plazas de la institución, así como designar, contratar, suspender, rotar o cesar a los servidores del Jurado Nacional de Elecciones, con excepción del Secretario General; Que, asimismo, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana, es necesario designar al titular de dicha dependencia; De conformidad con lo previsto en la Ley 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones aprobado por la Resolución N° 601-2010 -JNE del 19 de julio de 2010; y, en uso de las facultades de que está investida esta Presidencia;