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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de noviembre de 2010 429338 VISTOS; El Memorándum Nº 0624-2010-INDECI/11.0 del Director Nacional de Operaciones, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y ampliatorias, el Instituto Nacional de Defensa Civil, es el Organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil – SINADECI; Que, el artículo 44º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Sistemas están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico - normativa a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito, coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2010- PCM, se aprobó el “Plan Nacional de Prevención por Sismos 2010”, como uno de los ejes de trabajo para la implementación en nuestro país, de medidas que permitan reaccionar mejor frente a la ocurrencia de un desastre, así como a eliminar o minimizar factores que generen riesgos y vulnerabilidades, documento que además constituye un instrumento técnico de referencia para que los Gobiernos Regionales, en el marco de los Sistemas Regionales de Defensa Civil, elaboren e implementen, en coordinación con los Gobiernos Locales de su jurisdicción, su correspondiente “Plan Regional de Prevención por Sismos 2010”; Que, por Resolución Ministerial Nº 345-2010-PCM, publicada el 13.Nov.2010, la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba la realización del “Simulacro de Sismo y Tsunami en Lima y Callao”, señalando que los lineamientos generales serán emitidos y aprobados mediante Resolución Jefatural por el Instituto Nacional de Defensa Civil, para su cumplimiento por la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Gobierno Regional del Callao, en el marco de las funciones de los Sistemas Regionales de Defensa Civil; Que, en este contexto, resulta necesario establecer los lineamientos y parámetros para la realización del Simulacro de Sismo y Tsumani a realizarse los días 23, 24 y 25 de Noviembre del 2010, en la Provincia Constitucional del Callao, Lima Cercado y Distritos de El Rimac y Villa María del Triunfo; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, Ley Nº 29158, Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE-SG, y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, y sus modifi catorias aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003- PCM y 095-2005-PCM; Con la visación de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Operaciones y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 016 -2010- INDECI/11.2 “DIRECTRICES Y LINEAMIENTOS PARA LA REALIZACION DEL SIMULACRO DE SISMO Y TSUNAMI, LOS DIAS 23, 24 Y 25 DE NOVIEMBRE DEL 2010”, en la Provincia Constitucional del Callao, Lima Cercado y distritos de El Rímac y Villa María del Triunfo, que en veinticuatro (24) folios, (nueve numerales y seis Anexos), forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional, remita copia a las Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados del INDECI y coordine su publicación en el Diario Ofi cial el Peruano así como la publicación de la Directiva en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y archívese. LUIS F. PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 567919-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan fedatarios institucionales y responsables de atender pedidos de información en el ámbito de las Oficinas Regionales del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 165-2010-INDECOPI/COD Lima, 15 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que resulta pertinente actualizar la relación del personal de la Institución que ejerce funciones como fedatario del INDECOPI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como la relación de funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulen al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de su Reglamento; en el ámbito de las Ofi cinas Regionales del INDECOPI; De conformidad con los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como fedatarios institucionales del INDECOPI, en el ámbito de las Ofi cinas Regionales, a las siguientes personas: Ofi cina Regional del INDECOPI Fedatario Titular Fedatario Suplente Ancash José Carlos Vela Vergara Carmen Rosario Obregón Ruíz Arequipa María Lucía del Pilar Cornejo Gutiérrez-Ballón Lily Roxana Garay Chávez Cajamarca Milagros Jacqueline Castillo Trigoso Bismark Giuseppe Hoyos Vásquez Cusco Marco Antonio Marroquin Muñiz Karin Karroll Felicidad Díaz Pasache Ica Elliot Gianfranco Mejía Trujillo Rony Omar Hernández Vásquez Junín Andrómeda Barrientos Roque Jacqueline Elizabeth Román Matos La Libertad Sergio Miguel Obregón Matos Jacqueline Reyes Cruz Lambayeque Vanessa Huaccha Vidaurre Graciela del Carmen Peña Quiroz Loreto José Enrique Reategui Ríos Rosa Cristina Fernández Sánchez Piura Daniel Adolfo Gaspar Navarro Reto Ana Peña Cardoza Puno Juan Ever Pilco Herrera Waldir Crystiam Sanabria Ortega San Martín Gena Solange Beatriz Chávez Rodríguez Pako Cruzado Peralta Tacna Marcos Alberto Lipa Portugal Edgar Zenón Laurente Mamaní Artículo 2º.- Designar como responsables de atender los pedidos de información que se formulen conforme a la Ley Nº 27806 y su Reglamento, en el ámbito de las Ofi cinas Regionales del INDECOPI, a las siguientes personas: