Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2010 (19/10/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 19 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

427825

cabo del 25 al 28 de octubre del 2010, en la MORDAZA de Jacksonville, Estados Unidos de America; Que, el Programa de Capacitacion en la Gestion de Terminales Marinos, tiene como objetivo brindar a los profesionales portuarios, las experiencias practicas y las herramientas necesarias para sobresalir en la industria maritima; Que, la Autoridad Portuaria Nacional es miembro de la American Association of Port Authorities (AAPA) y como responsable del desarrollo del Sistema Portuario Nacional, considera que la asistencia del Ingeniero Roy Legoas Montejo, Director Tecnico de su Institucion, en dicho evento, permitira fortalecer las actividades de gestion portuaria en relacion a los diversos proyectos portuarios que se vienen desarrollando en el pais; Que, mediante Acuerdo No. 888-196-07/09/2010/D de fecha 07 de setiembre de 2010, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, autorizo el viaje del senor Roy Legoas Montejo, Director Tecnico de la Autoridad Portuaria Nacional, a la MORDAZA de Jacksonville, Estados Unidos de MORDAZA, con la finalidad que asista al MORDAZA denominado Programacion de Capacitacion en Gestion de Terminales Marinos; Que, la Direccion de Planeamiento y Estudios Economicos, con fecha 08 de setiembre de 2010, emitio la Certificacion de Credito Presupuestario No. 339-2010, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley No. 29465, Ley No. 28411, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y a lo informado por la Autoridad Portuaria Nacional - APN y la Direccion General de Transporte Acuatico, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor Roy Legoas Montejo, Director Tecnico de la Autoridad Portuaria Nacional, a la MORDAZA de Jacksonville, Estados Unidos de MORDAZA, del 24 al 29 de octubre de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aereo Viaticos Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US$ 1,053.00 US$ 1,100.00 US$ 31.00

Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a los EE.UU. y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 173-2010-MTC MORDAZA, 18 de octubre de 2010 VISTOS: Los Informes Nºs. 556-2010-MTC/12.04 y 5732010-MTC/12.04 del 10 de setiembre de 2010 y 22 de setiembre de 2010, respectivamente, emitidos por la Direccion General de Aeronautica Civil y los Informes Nºs. 281-2010-MTC/12.04 y 290-2010-MTC/12.04 de fechas 08 de setiembre de 2010 y 22 de setiembre de 2010, respectivamente, emitidos por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia Nº 001-2010, preciso que para el caso de las entidades publicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restriccion establecida en el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29465, se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Cielos del Peru S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de octubre de 2010, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Cielos del Peru S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas ordenes

Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado profesional debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 557142-14

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.