Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2010 (19/10/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de octubre de 2010 427825 cabo del 25 al 28 de octubre del 2010, en la ciudad de Jacksonville, Estados Unidos de América; Que, el Programa de Capacitación en la Gestión de Terminales Marinos, tiene como objetivo brindar a los profesionales portuarios, las experiencias prácticas y las herramientas necesarias para sobresalir en la industria marítima; Que, la Autoridad Portuaria Nacional es miembro de la American Association of Port Authorities (AAPA) y como responsable del desarrollo del Sistema Portuario Nacional, considera que la asistencia del Ingeniero Roy Legoas Montejo, Director Técnico de su Institución, en dicho evento, permitirá fortalecer las actividades de gestión portuaria en relación a los diversos proyectos portuarios que se vienen desarrollando en el país; Que, mediante Acuerdo No. 888-196-07/09/2010/D de fecha 07 de setiembre de 2010, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, autorizó el viaje del señor Roy Legoas Montejo, Director Técnico de la Autoridad Portuaria Nacional, a la ciudad de Jacksonville, Estados Unidos de América, con lafi nalidad que asista al Seminario denominado Programación de Capacitación en Gestión de Terminales Marinos; Que, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos, con fecha 08 de setiembre de 2010, emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario No. 339-2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley No. 29465, Ley No. 28411, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y a lo informado por la Autoridad Portuaria Nacional - APN y la Dirección General de Transporte Acuático, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Roy Legoas Montejo, Director Técnico de la Autoridad Portuaria Nacional, a la ciudad de Jacksonville, Estados Unidos de América, del 24 al 29 de octubre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Autoridad Portuaria Nacional - APN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 1,053.00 Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado profesional deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 557142-14 Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 173-2010-MTC Lima, 18 de octubre de 2010 VISTOS: Los Informes Nºs. 556-2010-MTC/12.04 y 573- 2010-MTC/12.04 del 10 de setiembre de 2010 y 22 de setiembre de 2010, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil y los Informes Nºs. 281-2010-MTC/12.04 y 290-2010-MTC/12.04 de fechas 08 de setiembre de 2010 y 22 de setiembre de 2010, respectivamente, emitidos por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 001-2010, precisó que para el caso de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restricción establecida en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29465, se canalizan a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Cielos del Perú S.A. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de octubre de 2010, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Cielos del Perú S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes