Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2010 (05/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

425145

Juridicos en su Informe Nº 212-2010-GAJ/MC, de fecha 09 de agosto del 2010 se pronuncia por la viabilidad de aprobar la Ordenanza propuesta, en merito a lo cual la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, dictamina por la aprobacion de la Ordenanza propuesta y; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo propuesto por la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Comas, por unanimidad aprobo la siguiente ORDENANZA QUE DISPONE OTORGAR BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN LA CONDICION DE OMISOS EN EL PAGO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL DISTRITO DE COMAS Articulo 1º.- APROBAR la determinacion de las obligaciones tributarias del impuesto predial y los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines, a partir de la fecha de la declaracion tributaria, a aquellas personas asentadas en los centros poblados irregulares y/o informales denominados asociaciones de vivienda asi como de los asentamientos humanos ubicados en el distrito de Comas, MORDAZA estas efectuadas de forma voluntaria o por acciones de fiscalizacion. Articulo 2º.- APROBAR la condonacion de las multas tributarias a las personas que se acojan al programa de incentivo tributario que dispone el primer articulo de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- ESTABLECER que la vigencia de la presente Ordenanza es desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre de 2010. Articulo 4º.- FACULTESE al senor MORDAZA de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldia, de considerarlo necesario, prorrogue el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria para que, a traves de sus subgerencias, den cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 6º.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del Acta a fin de proceder a su inmediata publicacion y cumplimiento. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 538806-2

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Inhabilitan a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 127-2010-ALC/ML Lurin, 2 de setiembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: El Informe Nº 002-2010-CEPAD/ML de fecha 27 de agosto de 2010, de la Presidencia de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios conformada por Resolucion del Alcaldia Nº 204-2007-ALC/ML, con relacion al Informe de Auditoria Nº 02-2009-2-2158 sobre "Examen Especial Otorgamiento de Licencias y Autorizaciones"; y,

Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 102-2010ALC/ML, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los senores: Ex Gerente de Desarrollo Economico y Servicios Publicos, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Ex encargado de Secretaria Tecnica de Defensa Civil, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en razon de existir indicios de presunta responsabilidad administrativa por haber incurrido en negligencia tipificadas como incumplimiento de normas y negligencia en el ejercicio de sus funciones, previstas en los incisos a) y d) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 ; evidenciados en el Informe Largo Nº 02-2009-2-2158 "Examen Especial Otorgamiento de Licencias y Autorizaciones", efectuado por el Organo de Control Institucional. Que, el inciso 3) del articulo 139º de la Constitucion Politica del Peru ha establecido, como MORDAZA de la funcion jurisdiccional la observancia del debido MORDAZA y la tutela jurisdiccional, criterio que solo se limita a las formalidades propias de un procedimiento judicial sino que se extiende a los procedimientos administrativos sancionatorios. En efecto, el debido MORDAZA esta concebido como el cumplimiento de todas las garantias, requisitos y normas de orden publico que deben observarse en las instancias procesales de todos los procedimientos incluidos los administrativos, a fin de que las personas esten en condiciones de defender adecuadamente sus derechos ante cualquier acto del Estado que pueda afectarlos. Que, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la normatividad, se notifico debidamente conforme a Ley, a los Senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de la evaluacion del descargo presentado asi como de la documentacion obrante, ha concluido que existen elementos suficientes para determinar que les asiste responsabilidad administrativa Disciplinaria por el incumplimiento de sus funciones por parte del Ex Gerente de Desarrollo Economico y Servicios Publicos Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no haber supervisado y fiscalizado oportunamente el expediente Nº 302-2005 y declararlo en abandono administrativo, vulnerandose lo dispuesto por la Ley Nº 27444, asi como las funciones establecidas para su cargo en el Reglamento de Organizacion y Funciones vigente en esa fecha. Asimismo por contravenir lo previsto en el Art. 21º literal a) de la Ley de Bases de MORDAZA Administrativa y de Renumeraciones del Sector Publico, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276; en concordancia con el Art. 2º inciso d) de la Ley Nº 28175 Ley MORDAZA del Empleo Publico; asi como, del ex encargado de la Secretaria Tecnica de Defensa Civil, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incumplido con los terminos contractuales referidos a su aptitud o competencia ajustandose rigurosamente a la legalidad, eficiencia y transparencia, al haber autorizado y firmado un certificado de seguridad de Defensa Civil presuntamente falso, tambien por contravenir la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, literal 6 Art. 7º Deberes de la Funcion Publica., conforme al informe del visto. Que, estando a lo dispuesto por el Reglamento de MORDAZA Administrativo Disciplinarios, Decreto Legislativo 276 y en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y estando a las facultades conferidas en el Articulo 20º numeral 6) de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. SE RESUELVE: Articulo Primero.INHABILITAR por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion a los siguientes Ex funcionarios: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAVALA: Ex Gerente de Desarrollo Economico y Servicios Publicos, por un periodo de dos (2) meses.

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