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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (05/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de setiembre de 2010 425140 CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10 y sus modifi catorias, mediante escrito presentado el 17 de agosto de 2009, complementado el 11 de setiembre y 16 de octubre de 2009, así como el 06 de enero, 19 de abril, 24 de mayo, 26 de julio, 11 y 17 de agosto de 2010, NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. solicitó la inscripción del fondo de inversión denominado Mineras Junior NCF Fondo de Inversión, cuyas cuotas han sido colocadas previamente mediante oferta privada, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 9 y 23 del Decreto Legislativo Nº 862, Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, los artículos 28 y 28-A (en lo que resulta aplicable) y el Anexo D del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, así como las disposiciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002- EF; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 2º inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056- 2002-EF; y, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 32 literales c) y f) del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo de inversión denominado Mineras Junior NCF Fondo de Inversión, cuyas cuotas han sido colocadas previamente mediante oferta privada, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- La publicidad que realice NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. para promocionar el fondo de inversión a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo C del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras. Artículo 3º.- La inscripción a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas en el fondo de inversión u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Artículo 4º.- NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. deberá remitir al Registro Público del Mercado de Valores un (01) ejemplar del Reglamento de Participación del fondo de inversión denominado Mineras Junior NCF Fondo de Inversión, así como del modelo de contrato de suscripción, en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la notifi cación de la presente resolución. Artículo 5º.- NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. deberá publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a NCF Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Director de Patrimonios Autónomos (e) 534154-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan responsable de brindar información en la Oficina Registral de Piura RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 191-2010-SUNARP/GG Lima, 2 de setiembre de 2010 VISTO, el Ofi cio N° 337-2010-ZRNI-GAF del 25 de agosto del 2010, mediante el cual la Gerencia de Administración y Finanzas de la Zona Registral N° I – Sede Piura, solicita la designación de los funcionarios responsables de brindar información dentro del marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en virtud del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, se estableció en su artículo 4°, la obligatoriedad de la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y de elaborar el Portal de Transparencia para las Entidades que cuenten con ofi cinas desconcentradas, a fi n de tramitarse la solicitud de información con mayor celeridad; Que, mediante Resolución N°082-2009-SUNARP/GG del 07 de julio del 2009, se designó como funcionario encargado de otorgar la información solicitada en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al señor Juan Gómez Cárdenas, Gerente de Administración y Finanzas de la Zona Registral N° I – Sede Piura; Que, por Resolución Jefatural N°190-2010/ZRN°I- JEF del 20 de agosto del 2010, se aceptó la renuncia del señor Juan Gómez Cárdenas, siendo necesario designar al funcionario que otorgue información en el marco de la Ley N° 27806, en la Ofi cina Registral de Piura; Que, mediante el documento de Visto y la comunicación de la Jefa (e) de la Zona Registral N° I – Sede Piura, se propone designar al señor Jorge Luis Távara Orozco, Gerente (e) de Administración y Finanzas de dicha Zona Registral, para que asuma las funciones mencionadas en el considerando anterior; Que, mediante Resolución N° 201-2007-SUNARP/ SN del 06 de julio de 2007, se delegó a la Gerencia General, entre otras funciones, la facultad de designar a los funcionarios responsables de brindar información requerida de conformidad a lo dispuesto con la Ley N° 27806; De conformidad a la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al TUO de la misma, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003- PCM; así como a su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; a la facultad delegada por Resolución N° 201-2007-SUNARP/SN y al literal m) del artículo 14° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor Jorge Luis Távara Orozco, Gerente (e) de Administración y Finanzas de la Zona Registral N° I – Sede Piura, como responsable