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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de setiembre de 2010 425353 agosto del 2010, debiendo las Autoridades Locales de Agua del ámbito de dicha Autoridad Administrativa del Agua continuar ejerciendo la función de primera instancia administrativa hasta el término de dicho plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CARRASCO AGUILAR Jefe Autoridad Nacional del Agua 541133-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de Viceministro de Comercio Exterior para participar en reunión de coordinación para el inicio del proceso de negociación de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú - Panamá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 118-2010-MINCETUR Lima, 8 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo participará en la reunión de coordinación para el inicio del proceso de negociación de un Acuerdo de Libre Comercio entre el Perú y Panamá, a realizarse en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el día 10 de setiembre de 2010; Que, se considera necesario autorizar el viaje del señor Eduardo Ferreyros Küppers, Viceministro de Comercio Exterior, a la Ciudad de Panamá, para que participe en dichas reuniones prestando apoyo técnico al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución Suprema; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 001- 2010, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Ferreyros Küppers, Viceministro de Comercio Exterior, a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del 9 al 10 de setiembre de 2010, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la reunión de coordinación para el inicio del proceso de negociación de un Acuerdo de Libre Comercio entre Perú - Panamá, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 986,76 Viáticos (US $ 200,00 x 2 días) : US $ 400,00 Tarifa CORPAC : US $ 31,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Eduardo Ferreyros Küppers presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 541223-11 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 DECRETO SUPREMO Nº 187-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2010, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente; así como rehabilitar la infraestructura pública; Que, el literal b) de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, y el literal c) de la misma Disposición establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM), dicta los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01- Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere