Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

5.2 El MINJUS y EL PERSONAL tienen la obligacion de velar por el desarrollo de un MORDAZA electoral sin interferencias ni presiones, que permita que los ciudadanos expresen sus preferencias electorales en forma autentica, espontanea y libre, dentro del MORDAZA senalado en nuestro ordenamiento juridico. 5.3 La Oficina General de Administracion o quien haga sus veces, se encuentran obligados a incorporar una clausula resolutoria en los contratos de locacion de servicios y CAS que celebre, renueve o prorrogue con personas naturales, por causal de incumplimiento de los principios y obligaciones contenidas en esta Directiva y el CODIGO DE ETICA. 5.4 En ningun caso, el cumplimiento de una orden superior sera considerado como excusa admisible para atenuar o eximir responsabilidades por haber infringido la presente Directiva. 5.5 Ninguna de las disposiciones de la presente Directiva podra interpretarse en el sentido de sancionar a una persona por su sola posicion ideologica, ejercida de un modo privado y reservado, sino en la medida que esta se involucre o tenga la apariencia fundada de involucrarse con el servicio o la funcion publica encomendada. 5.6 La Oficina de Personal del MINJUS o la que haga sus veces en los organismos publicos adscritos a este, y en los programas y proyectos, tiene la obligacion de dar las facilidades necesarias para que quienes se encuentren bajo su dependencia laboral o contractual ejerzan en forma libre y sin presiones, su derecho de sufragio, asi como las funciones de miembro de mesa. VI. Disposiciones Especificas. 6.1 Durante sus labores en horario de oficina o mientras permanezcan en los locales institucionales, asi como durante comisiones de servicio dentro o fuera del horario de oficina y del territorio nacional, EL PERSONAL deberan abstenerse de realizar las siguientes actividades: a. Practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada persona candidata o lista de candidatos a cualquier cargo de eleccion popular presentada ante el MORDAZA Electoral Especial competente, o a las organizaciones politicas inscritas o en MORDAZA de inscripcion ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. b. Expresar su opinion a cualquier persona que acuda al MINJUS, Organismos Publicos adscritos a este, Programas o Proyectos que se ejecuten dentro de su ambito de competencia, para efectuar un tramite o solicitar su intervencion, sobre las condiciones personales, profesionales o academicas de un candidato o candidata o lista de candidatos para intervenir en un MORDAZA electoral o para ejercer el gobierno o cualquier cargo publico elegido por MORDAZA popular. c. Informar o expresar su opinion sobre el ideario o programa de gobierno de cualquier candidatura u organizaciones politicas, o sobre la idoneidad de determinadas organizaciones politicas para intervenir en un MORDAZA electoral o ejercer el poder. d. Informar en torno a las actividades proselitistas de una persona candidata o lista de candidatos a cualquier cargo de eleccion popular que MORDAZA sido presentada ante el MORDAZA Electoral Especial competente, y/o organizaciones politicas inscritas o en MORDAZA de inscripcion ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. e. Orientar sobre el sentido del MORDAZA por determinada candidatura u organizaciones politicas. f. Informar sobre el sentido de las encuestas de opinion relativas a las candidaturas u organizaciones politicas. g. Transmitir mensajes o cualquier MORDAZA de encargo para las personas candidatas o listas de candidatos u organizaciones politicas, vinculadas a actividades proselitistas. h. Solicitar firmas para cualquier documento de adhesion a una candidatura o lista de candidatos u organizaciones politicas. i. Solicitar o aceptar cualquier MORDAZA de donacion para alguna candidatura o lista de candidatos u organizaciones politicas. j. Efectuar y/o difundir propaganda politica. k. Participar activamente en cualquier actividad proselitista de una candidatura o lista de candidatos u organizaciones politicas. l. Efectuar actividades de proselitismo politico de cualquier clase, a favor o en contra de una determinada

persona candidata o lista de candidatos a cualquier cargo de eleccion popular presentada ante el MORDAZA Electoral Especial competente, y/o organizaciones politicas inscritas o en MORDAZA de inscripcion ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Estas prohibiciones son de observancia obligatoria inclusive si el propio ciudadano o ciudadana solicita la informacion, opinion u orientacion. 6.2 EL PERSONAL esta prohibido de: a) Utilizar su cargo para orientar el MORDAZA o ejercer presion sobre los beneficiados de programas o proyectos estatales, con la finalidad de favorecer o perjudicar a una organizacion politica, lista de candidatos o candidatos que participen en LOS PROCESOS ELECTORALES. b) Utilizar locales destinados a ejercer las actividades o servicios publicos para realizar reuniones o actos politicos o para elaborar o difundir propaganda de naturaleza politica a favor o en contra de las organizaciones politicas, listas de candidatos y/o candidatos que participen en LOS PROCESOS ELECTORALES. Asimismo, esta prohibido el uso de otros recursos del Estado, para los mismos fines, incluyendo tanto a los recursos obtenidos a traves del Tesoro Publico ylos recursos directamente recaudados, como a los provenientes de las agencias de cooperacion internacional. Esta prohibicion se hace extensiva a los bienes y servicios obtenidos en MORDAZA de financiamiento de dicha cooperacion. c) Ejercer coaccion o dar ordenes que perturben el libre ejercicio del derecho de sufragio. d) Interferir en los actos preparatorios vinculados a LOS PROCESOS ELECTORALES, en el funcionamiento de las mesas de sufragio o de cualquier otro organo del Sistema Electoral. Asimismo, estan prohibidos de ejercer presion sobre los electores para inducir u orientar el sentido de su voto. e) Poner a disposicion de las personas candidatas, listas de candidatos y/o organizaciones politicas, los recursos y bienes publicos de la institucion, asi como utilizar los bienes y recursos institucionales para realizar actividades proselitistas de cualquier naturaleza, tales como los vehiculos, muebles de oficina, telefonos, faxes, computadoras, correos electronicos, inmuebles e infraestructura logistica en general. Esta prohibicion comprende tanto a los recursos obtenidos a traves del tesoro publico como de las agencias de cooperacion internacional, asi como a los bienes y servicios obtenidos con estas MORDAZA de financiamiento. 6.3 Denuncias por la inobservancia de la presente Directiva. EL PERSONAL que tenga conocimiento de cualquier acto que contravenga lo dispuesto en la presente Directiva, bajo responsabilidad, tiene la obligacion de denunciar los hechos ante la autoridad competente. Cualquier persona puede presentar una denuncia contra EL PERSONAL que no cumplan con lo establecido en la presente Directiva. 6.3.1 Requisitos de las denuncias. Las denuncias deben ser por escrito y adjuntado los medios probatorios que la sustenten, asimismo deberan individualizar a la persona infractora. No podran ser admitidas a tramite las denuncias anonimas. Si el denunciante considera que al formular la denuncia corre riesgo su MORDAZA, integridad fisica, moral, psicologica, su trabajo o de sus familiares, podra solicitar la reserva de su identidad, siendo responsable por la cautela de la misma el Secretario General o Gerente General o Jefe del Archivo General de la Nacion, de ser el caso, de la entidad que recibe y/o tramita la denuncia. 6.3.2 Competencia para la atencion de denuncias. a) Las distintas Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios del MINJUS seran competentes para conocer las denuncias formuladas contra EL PERSONAL del MINJUS, sus programas y proyectos, Gerentes Generales, miembros del Directorio, Superintendente,

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