Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Aprueban Operacion de Endeudamiento Externo con el BIRF
DECRETO SUPREMO Nº 188-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante numeral 4.1 del Articulo 4° de la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 137 630 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Prestamo Programatico Gestion Fiscal y Crecimiento Economico IV", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) del numeral 4.1 del articulo 4° de la Ley N° 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, el citado endeudamiento sera destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con el MORDAZA Macroeconomico Multianual 20112013, vigente; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento externo, no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, la operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 28563 y sus modificatorias, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; y la Ley N° 29466; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28563 y sus modificatorias, la Ley N° 29466, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la "Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico"; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Prestamo Programatico Gestion Fiscal y Crecimiento Economico IV". 1.2 La citada operacion de endeudamiento externo sera amortizada en cinco (05) cuotas con vencimientos el 15 de octubre de 2021, el 15 de MORDAZA de 2022, el 15 de octubre de 2022, el 15 de MORDAZA de 2023 y el 15 de octubre de 2023; devengando una tasa de interes LIBOR a seis (06) meses, mas un margen variable a ser determinado por el BIRF, de acuerdo con su politica de operaciones; asimismo, se aplicara una comision de financiamiento de hasta 0,25% sobre el monto del prestamo, pagadero por una sola vez MORDAZA del desembolso.

Articulo 2°.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Prestamo Programatico Gestion Fiscal y Crecimiento Economico IV" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, con la participacion de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - UCPS, que estara a cargo de los aspectos tecnicos. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autoricese a la Ministra de Economia y Finanzas, o a quien MORDAZA designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente dispositivo legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de septiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 541223-4

Ratifican acuerdos de PROINVERSION sobre incorporacion al MORDAZA de Inversion Privada del Proyecto "Sistema de Abastecimiento de GLP para MORDAZA y Callao" y aprobacion del Plan de Promocion del referido proyecto
RESOLUCION SUPREMA Nº 094-2010-EF MORDAZA, 8 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion de fecha 11 de agosto de 2010, acordo incorporar a MORDAZA de promocion de la inversion privada el Proyecto "Sistema de Abastecimiento de GLP para MORDAZA y Callao", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; y encargo al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Telecomunicaciones, Energia e Hidrocarburos - PROCONECTIVIDAD, la conduccion del indicado MORDAZA de promocion; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 19 de agosto de 2010, aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada para la entrega en concesion del Proyecto "Sistema de Abastecimiento de GLP para MORDAZA y Callao"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado

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