Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de setiembre de 2010 425361 JUSTICIA Aprueban Directiva “Neutralidad del Ministerio de Justicia y Organismos Públicos adscritos a éste durante las Elecciones Regionales y Municipales 2010 y Elecciones Generales 2011” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0195-2010-JUS Lima, 6 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2010-PCM se convoca a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como se convoca a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, ambos para el 3 de octubre de 2010; Que, el artículo 192º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modifi cado por la Ley Nº 27369, establece que a partir de la convocatoria a elecciones queda suspendida la realización de publicidad estatal en cualquier medio de comunicación público o privado, salvo el caso de impostergable necesidad o utilidad pública, supuesto en el cual la entidad deberá dar cuenta al Jurado Nacional de Elecciones o al Jurado Electoral Especial, según corresponda; Que, mediante Resolución Nº 057-2010-JNE, se aprobó el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal en Elecciones Regionales y Municipales, estableciendo las disposiciones que las entidades del Estado deberán cumplir para contratar o reportar su inversión en publicidad estatal al Jurado Nacional de Elecciones, una vez convocadas las Elecciones Regionales y Municipales; Que, resulta pertinente promover en el personal que labora o presta servicios en el Ministerio de Justicia, en los Organismos Públicos adscritos a éste, en los Programas y en los Proyectos que se ejecutan en el ámbito de sus competencias, el cumplimiento adecuado del deber de neutralidad respecto de los candidatos, listas de candidatos y organizaciones políticas que competirán en las Elecciones Regionales y Municipales 2010 y las Elecciones Generales 2011; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; el Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modifi cada por la Ley Nº 27369; el Decreto Supremo Nº 019-2010-PCM, que convoca a Elecciones Regionales y Municipales; y, la Resolución Nº 057-2010-JNE, que aprueba el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal en Elecciones Regionales y Municipales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2010-JUS/ DM “Neutralidad del Ministerio de Justicia y Organismos Públicos adscritos a éste durante las Elecciones Regionales y Municipales 2010 y Elecciones Generales 2011”, cuyo anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial y su anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia DIRECTIVA Nº 001-2010-JUS/DM “NEUTRALIDAD DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y ORGANISMOS PÚBLICOS, ADSCRITOS A ÉSTE DURANTE LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2010 Y ELECCIONES GENERALES 2011” I. Objetivo. La presente directiva tiene como objetivos: a) Garantizar la absoluta neutralidad en el personal que labora, presta o cumple servicios de forma subordinada y remunerada bajo cualquier modalidad contractual o laboral, en el Ministerio de Justicia, organismos públicos adscritos a éste, programas y proyectos que se ejecuten en el ámbito de sus competencias, antes y durante las elecciones regionales y municipales 2010 y las elecciones generales 2011. b) Asegurar que no se utilicen, de forma directa o indirecta, bienes o recursos de propiedad o administrados por el Ministerio de Justicia y por los Organismos Públicos adscritos a éste, para realizar actividades político partidarias o de proselitismo político antes y durante las elecciones regionales y municipales 2010 y las elecciones generales 2011. II. Base legal. a) Constitución Política del Perú. b) Código Penal. c) Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. d) Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. e) Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. f) Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública. g) Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público. h) Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. i) Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa. j) Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo. k) Decreto Supremo Nº 019-2010-PCM que convoca a elecciones regionales y municipales. l) Resolución Nº 057-2010-JNE que aprobó el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal en Elecciones Regionales y Municipales. III. Alcances. Las disposiciones establecidas en la presente Directiva son de observancia y cumplimiento obligatorio para todo EL PERSONAL durante el horario de trabajo o mientras permanezcan en las instalaciones y/o locales institucionales, así como durante las comisiones de servicio que realicen dentro o fuera del territorio nacional, antes y durante los PROCESOS ELECTORALES. La Directiva no es extensible para EL PERSONAL que, de acuerdo con las normas electorales, cuenten con la respectiva licencia para participar como candidatos durante los PROCESOS ELECTORALES, durante el tiempo que dure la licencia, siempre que las actividades políticas partidarias o de proselitismo político se realicen con bienes o recursos ajenos a la propiedad o administración estatal y fuera de las instalaciones públicas. IV. Responsabilidad. El Secretario General del MINJUS y las máximas autoridades de los Organismos Públicos, Programas y Proyectos, son responsables de velar por el cumplimiento de la presente Directiva. V. Disposiciones Generales. 5.1 El MINJUS declara y garantiza su absoluta neutralidad antes y durante los PROCESOS ELECTORALES, para tal efecto se circunscribe a los principios y deberes de la función pública enmarcados en el CÓDIGO DE ÉTICA.