Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2010 (09/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de setiembre de 2010

Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES a emitir las normas y documentos que estime convenientes para una mejor atencion a las ninas, ninos o adolescentes en los referidos Centros de Atencion Residencial; Que, en consecuencia, con el fin de llevar a cabo una adecuada acreditacion y supervision de los establecimientos a que se refieren los considerandos anteriores, resulta conveniente aprobar el "Manual de Acreditacion y Supervision para Centros de Atencion Residencial de Ninas, Ninos y Adolescentes sin cuidados parentales", documento que ha sido formulado a iniciativa y propuesta de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Direccion General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 011-2004MIMDES; la Ley 29174 ­ Ley General de Centros de Atencion Residencial de Ninas, Ninos y Adolescentes y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 0082009-MIMDES; y el Decreto Supremo 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Manual de Acreditacion y Supervision para Centros de Atencion Residencial de Ninas, Ninos y Adolescentes sin cuidados parentales", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publicar el documento que se aprueba en virtud del articulo 1º de la presente Resolucion en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES (www.mimdes.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 540924-1

Que, en consecuencia, es necesario aprobar la Directiva General que regule el funcionamiento y administracion del Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto en condicion de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad GRATITUD; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 0112004-MIMDES, y el Decreto de Urgencia 059-2010 y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva General 0122010- MIMDES, "Funcionamiento y Administracion del Programa Piloto de Asistencia Solidaria GRATITUD", que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Directiva General aprobada por la presente Resolucion sera de observancia obligatoria por parte del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES y por el Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres ­ JUNTOS de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la Directiva General aprobada por la presente Resolucion en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES (www.mimdes.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 540912-1

PRODUCE
Establecen MORDAZA reproductiva del recurso merluza en MORDAZA del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL N° 222 -2010-PRODUCE MORDAZA, 8 de setiembre de 2010

Aprueban Directiva "Funcionamiento y Administracion del Programa Piloto de Asistencia Solidaria GRATITUD"
RESOLUCION MINISTERIAL 591-2010-MIMDES MORDAZA, 8 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 4 de la Constitucion Politica del Peru, es objetivo de la comunidad y del Estado otorgar proteccion a los grupos sociales especialmente vulnerables, dentro de los cuales estan comprendidos los adultos a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad que carecen de las condiciones basicas para su subsistencia; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, a traves del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, tiene a su cargo la conduccion y ejecucion de Programas Sociales dirigidos a promover la proteccion y desarrollo integral de ninas, ninos, adolescentes, jovenes, adultos y adultos mayores que se encuentran en situacion de riesgo o abandono, propiciando la generacion y mejoramiento de las condiciones que aseguren su desarrollo integral; Que, mediante Decreto de Urgencia 059-2010, se dictaron medidas extraordinarias para crear el Programa Piloto de Asistencia Solidaria GRATITUD, cuyo objeto es transferir de manera directa subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) anos de edad; Que, los articulo 5 y 9 del mencionado dispositivo legal establecen que la entidad encargada de la administracion del referido Programa Piloto es el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES quien, ademas, tiene a su cargo la aprobacion de las disposiciones operativas para el funcionamiento de dicho Programa y para la verificacion periodica del estado de supervivencia de sus beneficiarios;

VISTOS: El Oficio N° PCD-100-344-2010-PRODUCE/ IMP del 24 de agosto de 2010 del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, que remitio el "Informe sobre avance del MORDAZA reproductivo de la merluza peruana. Agosto 2010"; el Informe N° 521-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch del 27 de agosto de 2010 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; y, el Informe N° 056-2010-PRODUCE/OGAJ-cfva del 1 de setiembre de 2010 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9° de la citada Ley, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; ademas, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2003PRODUCE se aprobo el Reglamento de Ordenamiento

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