NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de setiembre de 2010 425356 por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referidos en los considerandos anteriores deben ser ratifi cados por resolución suprema; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, la resolución suprema a la que se refi ere el considerando precedente, ratifi cará los acuerdos de incorporación del proyecto a proceso de promoción de la inversión privada y de aprobación del Plan de Promoción; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 11 de agosto de 2010, en virtud del cual se incorporó a proceso de promoción de la inversión privada el proyecto “Sistema de Abastecimiento de GLP para Lima y Callao” bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 049-96-PCM, Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Artículo 2º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 19 de agosto de 2010, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto ”Sistema de Abastecimiento de GLP para Lima y Callao”. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 541223-8 Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN sobre incorporación al Proceso de Inversión Privada y aprobación del Plan de Promoción del Proyecto “Líneas de Transmisión Cajamarca Norte - Caclic en 220 kV y Caclic - Moyobamba en 138 kV” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 095-2010-EF Lima, 8 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 285-2010- MEM/DM, publicada el 6 de julio de 2010 se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción del proceso de licitación necesario, para implementar los proyectos Línea de Transmisión en 220 kV Cajamarca Norte - Caclic, Línea de Transmisión en 138 kV Caclic - Moyobamba, la implementación de la nueva subestación Caclic (Chachapoyas) y las ampliaciones de las subestaciones Cajamarca Norte y Moyobamba, incluido en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 552-2006-MEM/DM; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, acordó incorporar al Proceso de Promoción de la Inversión Privada los Proyectos “LT Cajamarca - Caclic en 220 kV” y “LT Caclic - Moyobamba en 138 kV”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; y encargó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos - PRO CONECTIVIDAD, la conducción del indicado proceso de promoción; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 19 de agosto de 2010, acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del proyecto “Líneas de Transmisión Cajamarca Norte - Caclic en 220 kV y Caclic - Moyobamba en 138 kV”; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, los acuerdos de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referidos en los considerandos anteriores deben ser ratifi cados por resolución suprema; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, la resolución suprema a la que se refi ere el considerando precedente, ratifi cará los acuerdos de incorporación del proyecto al proceso de promoción de la inversión privada y de aprobación de Plan de Promoción; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, en virtud del cual se acordó incorporar a proceso de promoción de inversión privada los proyectos “LT Cajamarca - Caclic en 220 kV” y “LT Caclic - Moyobamba en 138 kV”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Artículo 2º.- Ratifi car el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 19 de agosto de 2010, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto “Líneas de Transmisión Cajamarca Norte - Caclic en 220 kV y Caclic - Moyobamba en 138 kV”. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 541223-9 ENERGIA Y MINAS Constituyen servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de la empresa BPZ Exploración y Producción S.R.L. sobre predio de propiedad del INIA ubicado en el departamento de Tumbes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 059-2010-EM Lima, 8 de septiembre de 2010 VISTO el Expediente Nº 1906787 y sus Anexos Nº 1916485, Nº 1922404, Nº 1929551, Nº 1939999,