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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (09/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de setiembre de 2010 425359 Que, mediante Ofi cio Nº 052-2010-INIA-OAJ/J (Expediente Nº 1958034), el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA señaló que ha cedido en uso por 25 años los terrenos de su propiedad a favor de la Universidad Nacional de Tumbes, según Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado el 27 de junio de 1995, para fi nes de estudio agrícola. Agrega que no existen derechos que se superpongan al área solicitada, ni se encuentran en algún proceso económico o fi n útil. No obstante lo indicado, resalta que el INIA conserva sus derechos como propietario del predio sirviente, conforme lo establece el artículo 299º del Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2004-EM, recomendando que el derecho de servidumbre se establezca por el menor tiempo posible, se salvaguarde el interés del Estado, así como la protección y cuidado de las zonas agrícolas aledañas y del medio ambiente, haciendo responsable a la empresa Contratista por los eventuales daños y perjuicios que se ocasionen; Que, mediante Ofi cio Nº 294-2009/UNT-R (Expediente Nº 1939999), la Universidad Nacional de Tumbes hizo llegar el Ofi cio Nº 367-2009/UNT-OGPC, el cual señala que habiendo realizado la inspección ocular y en concordancia a la información geodésica de la Memoria Descriptiva y planos adjuntos, se puede observar que las rutas de las vías de acceso no representan afectación signifi cativa en el desarrollo de las actividades del Centro Experimental “Los Cedros”. Asimismo, mediante Carta BPZ-EN-GG-220-2010 (Expediente Nº 1977420), BPZ Exploración & Producción S.R.L. hizo llegar el Ofi cio Nº 061-2010/UNT-R que adjunta el Ofi cio Nº 290-2010/UNT-FCA, emitidos por el Rectorado y la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Tumbes, respectivamente; en los cuales la mencionada Universidad indica que con respecto al área de servidumbre de ocupación, paso y tránsito, solicitada para la instalación de una plataforma petrolera y en concordancia a la información geodésica proporcionada en la Memoria Descriptiva, se observa que el área específi ca constituye en la actualidad suelos no en producción y dado los objetivos a que se refi ere la solicitud, no representan afectación signifi cativa para el desarrollo de las actividades propias del Centro de Investigación y Extensión Agraria “Los Cedros”, esperando que la actividad de la referida empresa redunde en el desarrollo del Centro antes indicado; Que, por lo expuesto, la constitución de las servidumbres de ocupación, paso y tránsito solicitadas deberá efectuarse en forma gratuita, de conformidad con lo señalado por el artículo 297º del Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, al constituir áreas de propiedad del Estado y al no encontrarse incorporadas a ningún proceso de carácter económico o fi n útil; Que, el período de imposición de las servidumbres de ocupación, paso y tránsito sobre el terreno afectado se prolongará hasta la culminación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIX, sin perjuicio de las causales de extinción previstas en el artículo 312º del Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2004-EM; Que, la Dirección General de Hidrocarburos ha emitido opinión favorable a la imposición de las servidumbres de ocupación, paso y tránsito sobre un predio de propiedad del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, el cual se encuentra ubicado en el distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes (zona denominada Pampa La Gallina), cumpliendo con expedir los Informes Nº 208-2009/DGH-CHL y Nº 096-2010-EM/DGH-DNH, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 308º del Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032- 2004-EM; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por la empresa BPZ Exploración & Producción S.R.L. y de acuerdo a lo dispuesto por la normatividad antes citada, se ha dado cumplimiento al procedimiento de constitución de derecho de servidumbre sobre bienes del Estado; De conformidad con lo lo dispuesto por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM; el Título VII del Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2004-EM; y, por el Convenio de Inversión para la Instalación, Operación y Mantenimiento de una Planta de Procesamiento de Gas Natural; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir servidumbre de ocupación, paso y tránsito a favor de la empresa BPZ Exploración & Producción S.R.L., sobre un predio de propiedad del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, ubicado en el distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes (zona denominada Pampa La Gallina), según descripción y coordenadas geográfi cas UTM del plano adjunto que forma parte de la presente Resolución Suprema y cuyas áreas a continuación se detallan: DESCRIPCIÓN ÁREAS TITULAR PARTIDA REGISTRAL UBICACIÓN ÁREA DE SERVIDUMBRE (M2) Plataforma Estado Peruano (Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA) Partida Registral Nº 04003708 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral Regional - Región Grau Tumbes (Ficha Nº 005824) (U.C. 11517) Distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes (zona denominada Pampa La Gallina) 52 800 Vía de acceso 1 Estado Peruano (Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA) Partida Registral Nº 04003708 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral Regional - Región Grau Tumbes (Ficha Nº 005824) (U.C. 11517) Distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes (zona denominada Pampa La Gallina) 4 465.38 Vía de acceso 2 Estado Peruano (Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA) Partida Registral Nº 04003708 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral Regional - Región Grau Tumbes (Ficha Nº 005824) (U.C. 11517) Distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes (zona denominada Pampa La Gallina) 624 Artículo 2º.- El período de afectación de las áreas a las que hace referencia el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, se prolongará hasta la culminación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIX, sin perjuicio de las causales de extinción previstas en el artículo 312º del Reglamento de las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2004-EM. Artículo 3º.- BPZ Exploración & Producción S.R.L. deberá adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros e inconvenientes que puedan ocasionar sus instalaciones dentro del área descrita en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, debiendo cumplir las medidas de seguridad, así como las medidas para la protección del ambiente, establecidas en la normatividad vigente. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema constituirá título sufi ciente para la correspondiente inscripción de la servidumbre otorgada en los Registros Públicos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura