NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 72
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de setiembre de 2010 426354 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 03 de Agosto de 2010 el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional N° 053-2010-GR-LL/CR relativo a aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – Año 2010 de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo N° 030- 2002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, mediante Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, tiene como fi nalidad establecer un régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Que, mediante Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modifi can los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo a fi n de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos del ciudadano. Asimismo, establece que en caso de que se venza el plazo para que opere el silencio administrativo positivo, los administrados podrán presentar Declaración Jurada ante la propia entidad, y que dicho documento confi gura prueba sufi ciente de la resolución aprobatoria fi cta de la solicitud o trámite iniciado. Que, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM- Aprueban Lineamientos para Elaboración y Aprobación de TUPA y establecen Disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, ha sido emitido con la fi nalidad de permitir que los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos cumplan con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplifi cadores de los procedimientos administrativos que tramiten los administradores ante las distintas entidades administrativas del Estado. Que, los Artículos 5º, 6º y 7º del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, entre otros, establecen que el órgano responsable de la conducción del proceso de elaboración y formulación del TUPA de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento o quien haga sus veces, así como de elaborar el sustento técnico de cada uno de los procedimientos administrativos contenidos en el mismo; que la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Entidad o quien haga sus veces, con el objeto que los procedimientos observen el principio de legalidad tal como lo dispone el Artículo 36º de la Ley Nº 27444, sustentará ante el órgano responsable de su elaboración, la base legal de los procedimientos contenidos en el TUPA y su califi cación en cada caso; y que el responsable de la Ofi cina Regional de Administración y Finanzas de cada entidad o quien haga sus veces, en el caso de los procedimientos administrativos que no tengan la condición de gratuitos, sustentará ante el órgano responsable de la elaboración del TUPA, los costos de cada procedimiento administrativo y los derechos de tramitación que se establezcan en el mismo. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 023-2008- GRLL/CR de fecha 14 de julio de 2008 se aprueba la Modifi cación de la Estructura del Gobierno Regional de La Libertad y consiguiente Organigrama Estructural, así como su Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), dentro de los cuales se encuentra consignada la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, como órgano de línea del mismo con dependencia jerárquica de la Gerencia General Regional. Que, la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, como órgano de línea del Gobierno Regional de La Libertad es responsable de la implementación y ejecución de las políticas nacionales y regionales en materia de transporte y tránsito terrestre de personas y carga; así como promover el desarrollo sostenible de los servicios de comunicaciones a fi n de mejorar la calidad de vida de las personas en el ámbito de su jurisdicción. Depende técnica y normativamente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y administrativa y presupuestalmente del Gobierno Regional de La Libertad Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 500-2008-GR-LL-PRE de fecha 28 de Enero de 2008, se aprobó la modifi cación y simplifi cación el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de La Libertad, con un total de cincuenta y nueve (59) procedimientos administrativos sustantivos (09 gratuitos y 50 con un costo asignado), vigente hasta la fecha. Que, con Resolución Ministerial Nº 926-2008-MTC se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales de Transportes y Comunicaciones. Que, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM – Aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece precisiones para su aplicación. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrados (TUPA) es un documento de Gestión Institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades. Que, es necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional La Libertad, con el objeto de brindar al administrado (ciudadano) la información detallada respecto a los servicios que brinda y son materia de su competencia, traducidos en procedimientos administrativos sujetos a requisitos pre establecidos, con un derecho de pago o gratuito, su califi cación, entre otros, de tal manera que les permita efectuar los trámites administrativos de una manera ágil, efi ciente, oportuna para la buena marcha institucional. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de La Libertad, el cual está constituido por Cincuenta y seis (56) Procedimientos Administrativos, de los cuales cuarenta y siete (47) se encuentra sujetos a Derecho de Pago y nueve (09) son Gratuitos. Asimismo, respecto a su califi cación: veintidós (22) tienen aprobación automática, dieciocho (18) con silencio administrativo positivo, quince (15) con silencio administrativo negativo y uno (01) considerado como no afecto a califi cación (procedimiento N° 49), acompañados cada uno de los mismos con la respectiva sustentación legal y técnica, su estructura de costos, cuatro (04) formularios a ser utilizados para determinados procedimientos y la correspondiente exposición de motivos; todo lo cual ha sido consolidado en tres tomos con un total de doscientos noventa y dos (292) folios. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la aplicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Resolución Ejecutiva Regional Nº 500- 2008-GR-LL-PRE, de fecha 28 de enero de 2008, una vez aprobado y notifi cado el presente documento de Gestión Institucional. Artículo Tercero.- APROBAR los cuatro (04) formularios diseñados para los procedimientos administrativos que se detallan a continuación y forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional: Formulario 001/TC (solo para requerir información que no tiene procedimiento específi co); Formulario 003/TC (procedimientos N° 30,31,32,33,34,35 y 45) Formulario 002/ 27 (procedimiento Nº 51); Formulario 003/27 con su Anexo 003/27 (procedimientos N° 52,53 y 55) y el Anexo 003-A/27 (procedimientos N° 53 y 55 ); los mismos que para ser exigidos deberán ser publicados tanto en el Portal de Servicios del Ciudadano y Empresas (PSCE), así como en el respectivo portal electrónico de dicha Gerencia Regional.