NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de setiembre de 2010 426351 participación del sector privado para consolidar el desarrollo agropecuario y agroindustrial. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1367- 2007-GR-LL-PRE, de fecha 09 de julio de 2007, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Proyecto Especial Chavimochic, con un total de veintidós (22) procedimientos administrativos sustantivos, el cual aún se encuentra en vigencia. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrados (TUPA), es un documento de Gestión Institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimiento administrativos que se tramitan ante las entidades administrativas del Estado. Que, es necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional La Libertad, con el objeto de brindar al administrado (ciudadano) la información detallada respecto a los servicios que brinda y son materia de su competencia, traducidos en procedimientos administrativos sujetos a requisitos pre- establecidos, con un derecho de pago o gratuito, su califi cación, entre otro, de tal manera que les permita efectuar los trámites administrativos de una manera ágil, efi ciente, oportuna para la buena marcha institucional. Que, con Ofi cio Nº 054-2009-GRLL-GGR/GRAJ- SGAA de fecha 30 de setiembre de 2009 emitido por el Sub Gerente de Asuntos Administrativos de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, en el cual se hace conocer que luego de la evaluación de la propuesta se concluye que se ha cumplido con la califi cación de los procedimientos de conformidad con el Decreto Supremo Nº 079-2007- PCM y según los formatos de sustentación legal y técnica debidamente visados por los funcionarios competentes. Que, también con Informe Técnico Nº 06-2009-GRLL- SGDI/JRD de fecha 26 de marzo de 2009 emitido por el Subgerente de Desarrollo Institucional informa que de la revisión de los procedimientos formulados y al no haberse encontrado ninguna objeción de dichos procedimientos, es procedente dar conformidad. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, y estando a lo acordado. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) - Año 2010 del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional de La Libertad, el cual está constituido por nueve (09) procedimientos administrativos, de los cuales siete (07) se encuentran sujetos a un derecho de pago y dos (02) son gratuitos. Asimismo, respecto a su califi cación: uno (01) es de aprobación automática, ninguno con Silencio Administrativo Positivo, ocho (08) con Silencio Administrativo Negativo, acompañados cada uno de los mismos con la respectiva sustentación legal y técnica y de la Estructura de Costos; todo lo cual ha sido consolidado en un tomo compuesto de treinta y nueve (39) folios, que forman parte integrante de la presente Ordenanza regional, en anexo adjunto. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la aplicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Proyecto Especial Chavimochic, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1367-2007-GR-LL-PRE de fecha 09 de julio de 2007, una vez aprobado y notifi cado al presente documento de Gestión Institucional Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General del Proyecto Especial Chavimochic vele por el adecuado y estricto cumplimiento de lo establecido en el presente Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Proyecto Especial Chavimochic del Gobierno Regional de La Libertad, así como los correspondientes a sus órganos de línea y desconcentrados según sea el caso, los incorpore paulatinamente al TUPA de la Sede Regional para su unifi cación como un todo, en cumplimiento del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM.. Artículo Quinto.- DISPONER la vigencia de la presente Ordenanza Regional al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el de avisos judiciales del departamento. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación del presente TUPA inmediatamente después de ser publicados en el diario ofi cial “El Peruano” y en el de avisos judiciales del departamento, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, en el Portal Institucional de la Sede Regional y en el referido Proyecto Especial. Comuníquese al señor Presidente Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veinte días del mes de julio del año dos mil diez. RUBY ARELLANO MAURTUA Consejera Delegada AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los 6 días del mes de agosto de 2010. VICTOR LEON ALVAREZ Presidente Regional 547423-1 Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) - Año 2010 de la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional de La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 015-2010-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD ha adoptado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 03 de agosto de 2010 el dictamen sobre el proyecto de ordenanza regional N° 050- 2010-GR-LL/CR relativo a aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) – Año 2010 de la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo N° 030- 2002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, mediante Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General tiene como fi nalidad establecer un régimen jurídico aplicable para que la actuación de la administración pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general. Que, a través de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, se modifi can los supuestos de los procedimientos sujetos al procedimiento administrativo positivo, reduciendo el ámbito de aplicación del silencio administrativo negativo a fi n de ofrecer una mejor atención de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos del ciudadano. Asimismo, establece que en