Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440285

CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 776,65 m², ubicado al oeste del Asentamiento Humano San MORDAZA de MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 2 de MORDAZA de 2010, se verifico que el terreno presenta una topografia accidentada y suelo de MORDAZA arcilloso rocoso; asimismo se observo que no existe ningun MORDAZA de construccion ni ocupacion; Que, mediante Informe Tecnico Nº 11516-2010SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 30 de setiembre de 2010, la MORDAZA Registral IX ­ Sede MORDAZA, senala que el terreno materia de consulta, se encuentra en ambito del cual en la base grafica parcial del mosaico de predios, no se ha identificado a la fecha, informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 776,65 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 0142004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolucion Nº 125-2010/SBN de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0088-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 8 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 776,65 m², ubicado al oeste del Asentamiento Humano San MORDAZA de MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX -Sede MORDAZA - de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del

terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios del Lima. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 622424-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 087-2011/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 29 de marzo de 2011 Visto el Expediente Nº 027-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 69 129,15 m², ubicado frente a la avenida Centenario, y el MORDAZA MORDAZA, 180 metros al Norte de la interseccion entre la avenida Centenario y la avenida Los Ferroles, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 69 129,15 m², ubicado frente a la avenida Centenario, y el MORDAZA MORDAZA, 180 metros al Norte de la interseccion entre la avenida Centenario y la avenida Los Ferroles, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, la Oficina Callao de la MORDAZA Registral Nº IX -Sede Callao mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 4 de noviembre de 2010 sobre la base del Informe Tecnico Nº 12117-2010-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 3 de noviembre de 2010, informa que el terreno materia de consulta se encuentra en MORDAZA de playa, ambito donde no se cuenta con informacion grafica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de febrero de 2011, se verifico que el terreno situado en MORDAZA de playa, de dominio restringido y fuera de dominio restringido es de suelo arenoso con presencia de cantos rodados y presenta un relieve topografico ligeramente plano; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA, establece que la inmatriculacion de la MORDAZA de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la MORDAZA de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuara mediante Resolucion de la SBN; Que el articulo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA dispone que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en MORDAZA de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las MORDAZA de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse mediante resolucion respectiva y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico ­ubicacion que la sustente, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales;

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