Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2011 (02/04/2011)
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TEXTO DE LA PÁGINA 41
El Peruano MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2011
NORMAS LEGALES
440285
CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 776,65 m², ubicado al oeste del Asentamiento Humano San MORDAZA de MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 2 de MORDAZA de 2010, se verifico que el terreno presenta una topografia accidentada y suelo de MORDAZA arcilloso rocoso; asimismo se observo que no existe ningun MORDAZA de construccion ni ocupacion; Que, mediante Informe Tecnico Nº 11516-2010SUNARP-Z.R.Nº IX-OC de fecha 30 de setiembre de 2010, la MORDAZA Registral IX Sede MORDAZA, senala que el terreno materia de consulta, se encuentra en ambito del cual en la base grafica parcial del mosaico de predios, no se ha identificado a la fecha, informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 776,65 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 0142004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolucion Nº 125-2010/SBN de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0088-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 8 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 776,65 m², ubicado al oeste del Asentamiento Humano San MORDAZA de MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX -Sede MORDAZA - de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del
terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios del Lima. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 622424-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 087-2011/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 29 de marzo de 2011 Visto el Expediente Nº 027-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 69 129,15 m², ubicado frente a la avenida Centenario, y el MORDAZA MORDAZA, 180 metros al Norte de la interseccion entre la avenida Centenario y la avenida Los Ferroles, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 69 129,15 m², ubicado frente a la avenida Centenario, y el MORDAZA MORDAZA, 180 metros al Norte de la interseccion entre la avenida Centenario y la avenida Los Ferroles, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, la Oficina Callao de la MORDAZA Registral Nº IX -Sede Callao mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 4 de noviembre de 2010 sobre la base del Informe Tecnico Nº 12117-2010-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 3 de noviembre de 2010, informa que el terreno materia de consulta se encuentra en MORDAZA de playa, ambito donde no se cuenta con informacion grafica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 16 de febrero de 2011, se verifico que el terreno situado en MORDAZA de playa, de dominio restringido y fuera de dominio restringido es de suelo arenoso con presencia de cantos rodados y presenta un relieve topografico ligeramente plano; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA, establece que la inmatriculacion de la MORDAZA de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la MORDAZA de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuara mediante Resolucion de la SBN; Que el articulo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA dispone que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en MORDAZA de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las MORDAZA de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse mediante resolucion respectiva y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico ubicacion que la sustente, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales;