Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (02/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de abril de 2011 440298 Grupos Períodos de Evaluación 2do 3ro 4to San Martín 47 74 102 Santa 43 68 90 Tacna 27 44 59 Tumbes 26 42 59 Ucayali 17 27 35 4.2 Actualización del modulo de gestión de recursos humanos.- Cuya fi nalidad es mantener actualizado el registro de la planilla, CAS y de los datos del personal del Poder Judicial. UNIDAD ADMINISTRATIVA 1er Período de Evaluación Actualización y validación de la información del Módulo de gestión de recursos humanos por parte de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial y la DGPP, respectivamente, para el primer trimestre del 2011. 2do Período de Evaluación Módulo de gestión de recursos humanos actualizado que recibe la conformidad por parte de la DGPP 3er Período de Evaluación Módulo de gestión de recursos humanos actualizado que recibe la conformidad por parte de la DGPP 4to Período de Evaluación Módulo de gestión de recursos humanos actualizado que recibe la conformidad por parte de la DGPP 30 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA 2do Período de Evaluación Registro y envió de información actualizado que recibe la conformidad por parte de la GPEJ 3er Período de Evaluación Registro y envió de información actualizado que recibe la conformidad por parte de la GPEJ 4to Período de Evaluación Registro y envió de información actualizado que recibe la conformidad por parte de la GPEJ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE REPUBLICA 2do Período de Evaluación Registro y envió de información actualizado que recibe la conformidad por parte de la GPEJ 3er Período de Evaluación Registro y envió de información actualizado que recibe la conformidad por parte de la GPEJ 4to Período de Evaluación Registro y envió de información actualizado que recibe la conformidad por parte de la GPEJ V. PROCEDIMIENTO 5.1 Indicador: Rotación de personal UNIDAD ADMINISTRATIVA a. Cumplimiento del indicador La Subgerencia de Procesos Técnicos de Personal de la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial será la encargada de llevar un control de los registros de rotaciones de las dependencias que conforman la Unidad Administrativa, para ello deberá mantener coordinaciones con los encargados de personal de dichas dependencias, utilizando el Formato “A” (RC-1: Consolidado de rotación de personal), la misma que permitirá generar la información a consignar en el Formato “B” (R-1: Indice de rotaciones por trimestre), teniendo en cuenta los períodos de evaluación establecidos en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 045-2011-EF. b. Determinación del número de personal que conforman los grupos La Subgerencia de Procesos Técnicos de Personal remitirá el Formato “B” a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, a más tardar el día 30 del último mes de cada período de evaluación del año 2011, consignando el número de personal desplazado en la modalidad de rotación; y, la relación del personal según el Formato “C”, a más tardar el cuarto día de culminado cada período de evaluación, de aquellos que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 12º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 045-2011-EF. 30 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA a. Cumplimiento del indicador Los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital de cada Corte Superior de Justicia, con la conformidad de las Presidencias de sus respectivas Cortes, bajo responsabilidad, deberán establecer un mecanismo de control interno para el registro de rotaciones, el cual se alimentará en la oportunidad en que éstas se generen, debiendo consignar la información de las rotaciones en el Formato “A” para luego en base a dicha información elaborar el Formato “B”, el mismo que deberá ser remitido a más tardar el día 30 del último mes de cada período de evaluación del año 2011, a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial. Los grupos referidos en el artículo 5 del Reglamento, para cumplir con el indicador de rotación no deberán superar el número de rotaciones trimestrales indicados en el Anexo Nº 01 del Reglamento, precisando que los datos consignados son acumulados; es decir, del 01 de enero al 30 de junio del 2011 no deben superar el número de rotaciones especifi cados en el segundo período de evaluación; del 01 de enero al 30 de setiembre del 2011 no deben superar el número de rotaciones especifi cados en el tercer período de evaluación; y, del 01 de enero al 30 de noviembre del 2011 no deben superar el número de rotaciones especifi cados en el cuarto período de evaluación, caso contrario se dará por incumplida la meta. b. Determinación del número de personal que conforman los grupos Los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital de cada Corte Superior de Justicia, con la conformidad de las Presidencias de sus respectivas Cortes, son responsables de elaborar la relación de los benefi ciarios potenciales de dicho bono de productividad, para ello deben tener en cuenta que cada uno cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 12ª del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 045-2011-EF. La información de los benefi ciarios potenciales del bono de productividad será remitida por los Jefes de las Ofi cinas de Administración a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial (Correo Electrónico jvelasquezd@ pj.gob.pe), a más tardar el cuarto día calendario de fi nalizado cada período de evaluación, debiendo ceñirse a la información del Formato “C”. CORTE SUPREMA DE LA JUSTICIA a. Cumplimiento del indicador El Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia deberá remitir el Formato “B” a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, a más tardar el día 30 del último mes de cada período de evaluación del año 2011, consignando el número de personal desplazado en la modalidad de rotación. b. Determinación del número de personal que conforman los grupos El Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia deberá remitir a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, a más tardar el cuarto día de culminado cada período de evaluación del año 2011, la relación de benefi ciarios potenciales del bono de productividad según Formato “C”, que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 12º del Reglamento, probado por Decreto Supremo Nº 045-2011-EF. 5.2 Indicador: Actualización del Modulo de Gestión de Recursos Humanos La actualización constante y oportuna de los movimientos de personal se realizará bajo responsabilidad de las Ofi cinas de Administración de las Cortes Superiores de Justicia, de la Ofi cina de Administración de la Corte Suprema y de la Subgerencia de Procesos Técnicos de Personal, signifi cando que todo personal potencialmente