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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (12/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 440828 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 144-2007- MTC/03, del 23 de marzo de 2007, se otorgó concesión a doña MARIA YOLA TORRES RIVA, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distrito de San Antonio, de la provincia de Huarochirí, del departamento de Lima, suscribiéndose el contrato de concesión el 16 de abril de 2007; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 397-2009- MTC/03 del 01 de junio de 2009, se adecuó la concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 144-2007- MTC/03 a favor de doña MARIA YOLA TORRES RIVA, al régimen de concesión única en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, suscribiéndose el contrato de adecuación el 05 de agosto de 2009; Que, mediante Resolución Directoral Nº 395-2009- MTC/27 del 05 de agosto de 2009, se resolvió inscribir en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor de doña MARIA YOLA TORRES RIVA, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; Que, mediante el expediente de la Vista, doña MARIA YOLA TORRES RIVA solicita que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones apruebe de manera previa y expresa a favor de la empresa R Y M TELECOM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA la transferencia de su concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 144-2007-MTC/03 y adecuada al régimen de concesión única mediante Resolución Ministerial Nº 397-2009-MTC/03, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico; Que, el artículo 117º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante Resolución Viceministerial; Que, mediante Informe Nº 240-2011-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones opina que es procedente la solicitud formulada por doña MARIA YOLA TORRES RIVA; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria Ley Nº 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión otorgada a doña MARIA YOLA TORRES RIVA por Resolución Ministerial Nº 144-2007-MTC/03 y adecuada al régimen de concesión única mediante Resolución Ministerial Nº 397-2009-MTC/03, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, a favor de la empresa R Y M TELECOM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Artículo 2º.- Aprobar la adenda al contrato de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, aprobado por Resolución Ministerial Nº 144-2007-MTC/03 y adecuada al régimen de concesión única mediante Resolución Ministerial Nº 397-2009-MTC/03, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- Reconocer a la empresa R Y M TELECOM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como nueva titular de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 144-2007-MTC/03 y adecuada al régimen de concesión única mediante Resolución Ministerial Nº 397-2009-MTC/03, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú; a partir de la fecha de suscripción de la adenda a que se refi ere el artículo precedente, asumiendo dicha empresa todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida. Artículo 4º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la adenda a que se refi ere el artículo 2º de la presente Resolución, no es suscrita por doña MARIA YOLA TORRES RIVA y la empresa R Y M TELECOM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese y comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 626537-1 Declaran aprobada la renovación de autorización otorgada a Televisión Nacional Peruana S.A.C. mediante R.VM. Nº 779-2007-MTC/03 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 255-2011-MTC/03 Lima, 18 de marzo de 2011 VISTO, el escrito de registro Nº 2007-040977 del 28 de noviembre de 2007, presentada por la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A.C., sobre renovación de autorización de una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en UHF, en la localidad de Tumbes, departamento de Tumbes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 779-2007- MTC/03 del 16 de octubre de 2007, se otorgó autorización a la empresa TELEVISIÓN NACIONAL PERUANA S.A.C., por el plazo de diez (10) años, que incluye la autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en UHF, en la localidad de Tumbes, departamento de Tumbes, con vigencia hasta el 17 de julio de 2008; Que, mediante solicitud de registro Nº 2007-040977, del 28 de noviembre de 2007, la empresa en mención, solicitó la renovación de la citada autorización; Que, conforme al artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión disponen que para obtener la renovación de la autorización para continuar prestando el servicio de radiodifusión, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio, actualizado mediante Resoluciones Ministeriales Nº 644-2007-MTC-01 y Nº 846-2009-MTC- 01, normas aplicables al presente caso, establecieron en el procedimiento Nº 14 denominado “Renovación de Autorización del Servicio de Radiodifusión”, contenido en la sección correspondiente a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, que el plazo para