Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2011 (14/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

Dchi, caso contrario se declararia improcedente su solicitud; sin embargo, a pesar de haber sido debidamente notificados con fecha 05 de febrero del 2011, a la fecha, los solicitantes no han cumplido con los requerimientos formulados; entre los que se encuentra, la deuda que recae sobre la referida embarcacion, informada por la Oficina de Ejecucion Coactiva con Memorando Nº 0275-2011PRODUCE/OEC de fecha 01 de marzo del 2011; Que, en tal virtud, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no cumplen con presentar la totalidad de los requisitos del Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE modificado por Resolucion Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE; por lo que corresponde declarar improcedente su solicitud de cambio de titularidad del permiso de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun el Informe Tecnico Nº 1057-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Complementario Nº 231-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, e Informe Legal N° 286-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE modificado por Resolucion Ministerial Nº 270-2010-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI SAN MORDAZA III de matricula PT-11860-CM, presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 627806-6 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 198-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 24 de marzo del 2011 Visto; los escritos de Registro N° 00001736-2011 de fecha 07 de enero de 2011 y su adjunto N° 1 de fecha 21 de febrero de 2011, presentado por MORDAZA ECHEANDIA PAIVA. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 028-98-CTARLL/DIREPE de fecha 26 de agosto de 1998, modificada por Resolucion Directoral N° 256-2003-PRODUCE/ DNEPP de fecha 25 de agosto de 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a MORDAZA ECHEANDIA MORDAZA, MORDAZA PAIVA DE ECHEANDIA, MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA,

MORDAZA ECHEANDIA PAIVA y MORDAZA MORDAZA TUNOQUE DE ECHEANDIA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "JUANA ROSA", con matricula N° PL-1524CM, y 40.29 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgada (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que, mediante escrito del visto, el senor MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, a nombre propio y en representacion de MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA MORDAZA, MORDAZA DE LOS MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA PAIVA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JUANA ROSA", de matricula N° PL-1524-CM, otorgado mediante Resolucion Directoral N° 028-98-CTAR-LL/ DIREPE, modificada por Resolucion Directoral N° 2562003-PRODUCE/DNEPP; Que, el numeral 1 del inciso c) del articulo 43° del Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas, requeriran permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que, asimismo, los articulos 44° y 46° de la referida Ley, establecen que los permisos -entre otros derechos administrativos- son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la Ley y en las condiciones que determine su Reglamento; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en la que se le otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Y asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el senor MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, a nombre propio y en representacion de MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA MORDAZA, MORDAZA DE LOS MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA PAIVA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera "JUANA ROSA" de matricula N° PL-1524-CM, otorgado mediante Resolucion Directoral N° 028-98-CTAR-LL/DIREPE, modificada por Resolucion Directoral N° 256-2003-PRODUCE/DNEPP, Procedimiento 7 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, atendiendo a lo requerido con Oficio N° 354-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi, los administrados alcanzaron: (i) El poder notarial especial, amplio y general de MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA CASTILLO; (ii) La partida de defuncion legalizada de MORDAZA MORDAZA PAIVA MORDAZA, de fecha 26 de enero de 2001; (iii) Poder Notarial especial, amplio y general de MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA ECHEANDIA PAIVA, MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA, MORDAZA MORDAZA ECHEANDIA PAIVA y MORDAZA DE LOS MORDAZA MORDAZA DE ECHEANDIA; (iv) MORDAZA de Oficio N° 950-2009-1-1er-JPLC-CH.VAN, mediante el cual el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo comunico al Ministerio de la Produccion

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