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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de abril de 2011 441332 POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que modifi ca el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 075-2001-MDI de fecha 14 de Mayo del 2004, modifi cado mediante Ordenanza Nº 078-2001-MDI, de fecha 09 de Junio del 2004 Ordenanza Nº 204-MDI de fecha 29 de enero del 2010 y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades reconocen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 12 del Artículo 9º, concordante con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalices establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar mediante Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; siendo también su facultad la de proceder a su modifi cación. Que, el Reglamento Interno se constituye en el documento normativo que precisa el régimen interior del Concejo Municipal, defi ne su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de sus integrantes, regula los procedimientos para el desarrollo de las sesiones del Concejo Municipal así como el funcionamiento de las comisiones de regidores; Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y por UNANIMIDAD, el Concejo Municipal de Independencia aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA. MODIFICA EL ARTÍCULO 23º E INCORPORA LOS ARTÍCULOS 36º-A Y 36º-B DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Artículo 23º e incorpórese los artículos 36º-A y 36º-B del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 075-2001-MDI de fecha 14 de Mayo del 2004, modifi cado mediante Ordenanza Nº 078- 2001-MDI, de fecha 09 de Junio del 2004 Ordenanza Nº 204-MDI de fecha 29 de enero del 2010, respectivamente, quedando de la siguiente manera: Artículo 23º.- Clases de Comisión: Existen dos clases de Comisiones: a) Comisiones Ordinarias: Encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la Agenda del Concejo, con prioridad en función legislativa y de fi scalización y otros asuntos que se encomiende el Concejo. Sin embargo, deben conformarse por lo menos las siguientes comisiones ordinarias. 1. COMISIÓN DE ECONOMIA, PLANIFICACION, PRESUPUESTO Y ORGANIZACIÓN. 2. COMISIÓN DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL. 3. COMISIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS. 4. COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, TRANSPORTE Y CONTROL URBANO. 5. COMISIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. 6. COMISIÓN INTEGRACION ZONA INDUSTRIAL 7. COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN DE GESTIÓN MUNICIPAL. b) Comisiones Especiales: Constituidas con fi nes: protocolares, de estudios, investigaciones especiales o trabajo conjunto con participación de otras comisiones, ello incluye actividades de fi scalización de carácter puntual, según acuerde el Pleno, a propuesta del Alcalde o de los Regidores. Artículo 36 (…) Artículo 36º-A Temas de la Comisión Integración Zona Industrial. Corresponde a la Comisión de Integración de la Zona Industrial a) Preparar el plan anual de trabajo y presentarlo al Consejo Municipal para su aprobación. b) Coordinar con el Despacho de Alcaldía las gestiones ante el Poder Legislativo. (comisión del congreso y otros congresistas). c) Coordinar las gestiones ante los organismos públicos. d) Proponer la conformación de un EQUIPO TÉCNICO con Asistencia Legal en dicha materia. e) Proponer acciones que deben cumplir las diversas Gerencias de la Municipalidad, en cumplimiento de las Normas Legales, Resoluciones Judiciales, fallos del Tribunal Constitucional y Normas Municipales, etc. f) Vigilar el cumplimiento de las propuestas del plan de inversiones (obras) en la zona industrial. g) Coordinar con la Secretaria General, en Difundir antes los medios de comunicación los límites distritales de acuerdo a las sentencias del Poder Judicial y fallos del Tribunal Constitucional, el plan de trabajo, charlas, forum, normas legales y otros relacionados a la materia. h) otras funciones aplicables y las que pueda señalar el Concejo. Artículo 36-B Temas de la Comisión de Modernización de Gestión Municipal. Corresponde a la Comisión de Modernización de Gestión Municipal. a) Desarrollar el Plan para la Modernización Municipal de Independencia derivado del diagnóstico Municipal realizado. b) Elaboración de proyectos y usos de las herramientas de gestión local, orientadas a aprovechar su uso apropiado para el servicio de la población distrital. c) Difusión del proyecto de modernización municipal a fi n de involucrar a la población en la defi nición de las demandas y prioridades municipales. d) Sensibilizar a la población de Independencia para participar en el cuidado y desarrollo de una nueva perspectiva municipal, orientada a la consolidación fi scal y de servicios, así como a la creación de nueva actividad. Artículo Segundo.- DISPONER se deroguen todas las normas que se opongan a la presente ordenanza que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de la Secretaría su publicación. Regístrese, comuníquese, cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 630327-1 Aprueban Reglamento de Cabildos Abiertos de la Municipalidad de Independencia ORDENANZA Nº 226-2011-MDI Independencia, 8 febrero del 2011