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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (28/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de agosto de 2011 449159 En el caso de la Canasta D, se contemplan las siguientes variaciones tarifarias en las tarifas de renta mensual y del servicio local medido (SLM): Cuadro Nº 4 Ajuste Tarifario – Canasta D: Renta Mensual Elemento Tarifario Tarifa (Sin IGV) (Junio - Agosto 2011) (Setiembre - Noviembre 2011) Planes Abiertos Línea Clásica Residencial, Plan al Minuto 1, Plan al Segundo, Plan al Segundo 1 29.41 28.81 Plan al Segundo 2 37.82 37.29 Plan al Minuto 6, Plan al Segundo 3 46.22 45.76 Línea Plus 0, Línea Plus 1, Plan al Minuto 2, Plan al Minuto 3, Plus al Segundo 50.42 42.37 Líneas Plus 2, 3, 4, 5, 6, 7,12 y 13; Plan al Minuto 4, Plan al Minuto 5 50.42 50.00 Planes Control y Prepago Teléfono Popular, Plan Control 1 Residencial, Línea Control Económica Residencial, Línea Control Económica Empresarial 37.82 37.29 Línea 70, Línea 100, Línea Control 1 Empresarial, Plan Control 2, Plan Control 3, Plan Control 4 46.22 45.76 Plan Control 5 50.42 45.76 Plan Control al segundo, Línea Control Supereconómica 29.41 28.81 Plan Prepago al segundo, Fonofácil, Nuevo Fonofácil, Fonofácil Plus 25.42 25.25 Elaboración: GPRC - OSIPTEL Cuadro Nº 5 Ajuste Tarifario – Canasta D: Tarifas SLM Tarifa(SinIGV) ElementoTarifario (JunioͲAgosto2011) (SetiembreͲNoviembre2011) LíneasPlus PlanTarifarioalMinuto2 PlanTarifarioalMinuto3 PlanTarifarioalMinuto4 PlanTarifarioalMinuto5 PlanTarifarioalMinuto6 LíneasPremium LíneasClásicas PlanTarifarioalMinuto1 PlanalSegundo2 PlanalSegundo3 PlusalSegundo PlanalSegundo PlanalSegundo1 TarifaalMinuto 0,00073 0,00072 0,039 0,038 0,044 0,043 TarifaalSegundo 0,00065 0,00064 Elaboración: GPRC - OSIPTEL Finalmente, en el caso de la Canasta E se contemplan las siguientes variaciones tarifarias en las tarifas por minuto para las llamadas telefónicas de larga distancia nacional e internacional: Cuadro Nº 6 Ajuste Tarifario – Canasta E: Tarifas para llamadas de larga distancia Tarifa(SinIGV) ElementoTarifario (JunioͲAgosto2011) (SetiembreͲNoviembre2011) HorarioNormal 0,643 0,619 DeHorarioNormalaHorarioReducido 0,643 0,339 HorarioReducido 0,374 0,339 DeHorarioReducidoaHorarioNormal 0,374 0,619 Cuba(H.N.) 3,75 3,729 España(H.N.) 2,042 2,034 Italia(H.N.) 1,976 1,967 LargaDistanciaNacional(Alminuto) LargaDistanciaInternacional(Alminuto) Elaboración: GPRC - OSIPTEL 683087-1 Otorgan plazo adicional para la remisión de comentarios al Proyecto de Resolución que establecerá los cargos de interconexión tope por acceso a la plataforma de pago y modifican fecha de Audiencia Pública RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 111-2011-CD/OSIPTEL Lima, 24 de agosto de 2011. EXPEDIENTE : N° 00002-2009-CD-GPR/IX. MATERIA : Fijación del Cargo de Inter- conexión Tope por Acceso a la Plataforma de Pago / Ampliación de Plazo para Comentarios – Cambio de fecha para Audien- cia Pública. ADMINIS- TRADOS : Concesionarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones que cuentan con Plataforma de Pago. VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que dispone: (i) la ampliación del plazo para la remisión de comentarios al proyecto de resolución que establecerá los cargos de interconexión tope por acceso a la plataforma de pago; y, (ii) el cambio de la fecha para la realización de Audiencia Pública; y, (ii) El Informe Nº 489-GPRC/2011 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, que sustenta el Proyecto de Resolución al que se refi ere el numeral precedente; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL se aprobó el Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope, (en adelante, el Procedimiento), en el que se detallan las etapas y reglas a las que se sujeta el OSIPTEL para el ejercicio de su función normativa en la fi jación o revisión de cargos de interconexión tope, de ofi cio o a solicitud de una empresa operadora; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 076-2009-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 08 de enero de 2010, se dispuso dar inicio al procedimiento de ofi cio para el establecimiento del “cargo de interconexión tope por acceso a la plataforma de pago”, en virtud de lo establecido por el Artículo 7º del Procedimiento; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 098-2011-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de julio de 2011, se dispuso una nueva publicación para comentarios, del Proyecto de Resolución que establecerá los cargos de interconexión tope por acceso a la plataforma de pago, otorgándose un plazo de treinta (30) días calendario para la remisión de comentarios y convocándose a Audiencia Pública en la ciudad de Lima para el día 02 de setiembre de 2011; Que, mediante comunicación DR-107-C-1203/CM- 11, recibida el 18 de agosto de 2011, Telefónica del Perú S.A.A. solicita el otorgamiento de cincuenta (50) días calendario adicionales al plazo otorgado en la Resolución de Consejo Directivo Nº 098-2011-CD/OSIPTEL, para la remisión de sus comentarios, debido a que su equipo de trabajo se encuentra dedicado a varios procesos regulatorios paralelos; Que, asimismo, mediante comunicación TM-925- A-383-11, recibida el 19 de agosto de 2011, Telefónica Móviles S.A. solicita el otorgamiento de cuarenta y