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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (12/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Lima, lunes 12 de diciembre de 2011 454797 los Precios de los Servicios Colaterales que presta a sus usuarios, y su Exposición de Motivos. Los anexos del referido proyecto serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe, sin perjuicio de ser notifi cados a EMAPACOP S.A. Artículo 2°.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General oportunamente señale en el aviso de convocatoria, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas en la página web: www.sunass.gob.pe, encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia. Artículo 3°.- Los interesados podrán formular comentarios sobre el proyecto a que se refi ere el Artículo 1º, en el local de la SUNASS: Av. Bernardo Monteagudo N° 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciaemapacop@sunass.gob.pe, hasta cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública. Artículo 4°.- Declarar que los documentos que sustentan la presente Resolución son: (i) el Estudio Tarifario; y, (ii) la Evaluación de Propuesta Tarifaria de los Servicios Colaterales, elaborados por la Gerencia de Regulación Tarifaria. Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Olivarez Vega, Marlene Inga Coronado y Julio Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° __-2011- SUNASS-CD Lima, __ de ______ de 2011 VISTO: El Informe Nº ___-2011-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario Final con la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicadas por la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo (EMAPACOP S.A.) para próximo quinquenio; así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales que serán de aplicación por EMAPACOP S.A. en el próximo quinquenio. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 002-2011-SUNASS-GRT del 08 de marzo del 2011, se iniciaron los procedimientos de aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión así como la determinación de Precios de Servicios Colaterales; Que, según el informe de vistos - el cual forma parte integrante de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 – se ha procedido a publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el proyecto de Resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; además se realizó la Audiencia Pública, y se ha presentado el Estudio Tarifario Final y el Informe de conformidad a la propuesta fi nal de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública), por lo que corresponde emitir la resolución que dé por concluido el procedimiento; El Consejo Directivo en su sesión del __________; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la Fórmula Tarifaria que será de aplicación por EMAPACOP S.A. para el próximo quinquenio regulatorio, y que se detalla a continuación: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,040) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,060) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,020) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,040) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,070) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,090) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: T0 : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Artículo 2°.- Aprobar la Estructura Tarifaria para el próximo quinquenio regulatorio, y que se detallan a continuación. Por los servicios de Agua Potable y Alcantarillado. a. Cargo fi jo (S/. /Mes): 1,36 Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por Volumen de Agua Potable Clase Categoría Rango (m3/mes) Agua Potable Año 1 Año 2 (1) Año 3 (1) Año 4 (1) Año 5 Residencial Social 0 a 10 0.160 0.166 0.169 0.181 0.181 10 a más 0.355 0.369 0.376 0.402 0.402 Doméstico 0 a 10 0.404 0.42 0.428 0.458 0.458 10 a 20 0.652 0.678 0.692 0.74 0.74 20 a más 1.209 1.257 1.282 1.372 1.372 No Residencial Comercial 0 a 30 1.911 1.987 2.027 2.169 2.169 30 a más 3.887 4.042 4.123 4.412 4.412 Industrial 0 a 50 2.811 2.923 2.981 3.19 3.19 50 a más 5.695 5.923 6.041 6.464 6.464 Estatal 0 a 40 0.822 0.855 0.872 0.933 0.933 40 a más 3.164 3.291 3.357 3.592 3.592 (1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la Fórmula Tarifaria de 4,0%; 2,0% y 7,0% para los años 2, 3 y 4 respectivamente. c. Cargo por Volumen de Alcantarillado Clase Categoría Rango (m3/mes) Alcantarillado Año 1 Año 2 (2) Año 3 (2) Año 4 (2) Año 5 Residencial Social 0 a 10 0.073 0.077 0.080 0.087 0.087 10 a más 0.161 0.171 0.178 0.194 0.194 Doméstico 0 a 10 0.182 0.193 0.201 0.219 0.219 10 a 20 0.294 0.312 0.324 0.353 0.353 20 a más 0.546 0.579 0.602 0.656 0.656 No Residencial Comercial 0 a 30 0.862 0.914 0.951 1.037 1.037 30 a más 1.754 1.859 1.933 2.107 2.107 Industrial 0 a 50 1.268 1.344 1.398 1.524 1.524 50 a más 2.569 2.723 2.832 3.087 3.087 Estatal 0 a 40 0.371 0.393 0.409 0.446 0.446 40 a más 1.427 1.513 1.574 1.716 1.716 (2) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la Fórmula Tarifaria de 6,0%; 4.0% y 9,0% para los años 2, 3 y 4 respectivamente. d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 200 40 50 60 40 En el Estudio Tarifario se detalla las asignaciones de consumo establecidas anualmente por cada tipo de categoría. Artículo 3°.- Aprobar las Metas de Gestión para el próximo quinquenio, así como los mecanismos de evaluación del cumplimiento de las Metas de Gestión e PROYECTO