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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457199 de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75° la Ley N°28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el artículo 16° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2011; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de los organismos ejecutores del sector público correspondiente a los Proyectos de Contingencia Excepcional 47 (AC 47) por la suma total de S/. 3 007 279.49 (Tres millones siete mil doscientos setenta y nueve con 49/100 nuevos soles), conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www. trabajo.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 3º.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 735599-4 Ratifican designación y designan representantes de los trabajadores de la Industria de la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del SENCICO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 370-2011-TR Lima, 29 de diciembre de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 588-2011-MTPE/2 del Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Carta Nº 649/FTCCP-2011 de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, el Ofi cio Nº 0206-CDN-CTP-2011 de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP, y las propuestas formuladas por diversas organizaciones sindicales; CONSIDERANDO: Que, conforme a los literales c) y d) del artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, así como lo establecido por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 727, el Consejo Directivo Nacional de dicho Organismo, estará integrado, entre otros, por dos representantes de los trabajadores de la Industria de la Construcción designados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 150-2009-TR, del 26 de junio de 2009, se designó a los señores ARMANDO PAULINO YNTI MALDONADO y WENDEL PIMENTEL HINOJOSA, como representantes de los trabajadores de la Industria de la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ha recibido la Carta Nº 649/FTCCP-2011 de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, el Ofi cio Nº 0206-CDN-CTP-2011 de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP, y las comunicaciones de diversas organizaciones sindicales; mediante los cuales, formulan sus propuestas y solicitan la evaluación y designación de los representantes de los trabajadores de la Industria de la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RATIFICAR la designación del señor ARMANDO PAULINO YNTI MALDONADO, como representante de los trabajadores de la Industria de la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del señor WENDEL PIMENTEL HINOJOSA como representante de los trabajadores de la Industria de la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor MANUEL EZEQUIEL ARMAS ASCATE, como representante de los trabajadores de la Industria de la Construcción ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Artículo 4°.- REMITIR copia de la presente Resolución Ministerial al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 735599-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a TACA International Airlines S.A. permiso de operación de aviación comercial RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 438-2011-MTC/12 Lima, 5 de diciembre del 2011 Vista la solicitud de TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A. sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Expedientes N° 2011-004286 del 28 de enero del 2011 y Nº 2011-004286-B del 22 de marzo del 2011, TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A. solicitó Permiso de Operación para prestar un Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, según los términos del Memorando N° 476- 2011-MTC/12.LEG, Memorando Nº 009-2011-MTC/12.