Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2011 (31/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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4. CONSIDERACIONES GENERALES El OSIPTEL no realizara gastos considerados no prioritarios, en MORDAZA con los dispositivos legales vigentes y con el proposito de focalizar recursos hacia las actividades concordantes con los objetivos estrategicos institucionales y con el Plan Estrategico Institucional Ajustado para el periodo 2011-2014, aprobado mediante Resolucion de Presidencia Nº 036-2007-PD/OSIPTEL del 24 de marzo de 2011. Los Gerentes y/o responsables de las Unidades Organicas deberan adoptar las acciones necesarias para una efectiva optimizacion de los recursos asignados, sin perjuicio de la calidad de los servicios que se brinde a los usuarios. 5. MEDIDAS DE AUSTERIDAD, CALIDAD EN EL GASTO PUBLICO DISCIPLINA Y

presupuestal correspondiente; la opinion favorable de la Jefatura de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion y Finanzas respecto a las especificaciones tecnicas de los servicios requeridos, y del Gerente de Administracion y Finanzas. Posteriormente, se remitiran al Gerente General para la aprobacion respectiva. En el caso de contratar reemplazos de personal permanente que ya contaba con certificacion presupuestaria por el ejercicio anual, no sera necesaria la emision de la Boleta de Requerimiento, siempre y cuando no supere el monto de contratacion inicialmente aprobado. En cualquier caso, el monto MORDAZA por concepto de contraprestacion mensual sera el tope de ingresos senalado en el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 0382006 del 30 de diciembre del ano 2006, que modifico la Ley N°28212. 5.2 Ejecucion del Gasto en Bienes y Servicios Los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, suministros, servicios y consultorias del OSIPTEL, son planificados y ejecutados por la Jefatura de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves del Plan Anual de Contrataciones del Estado, y seran ejecutados por la Gerencia de Administracion y Finanzas, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, Reglamento, Modificatorias y demas disposiciones aplicables. Para la determinacion de los procesos de seleccion, se tendran en consideracion los montos establecidos en el articulo 13º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012. 5.2.1 Servicio telefonico El uso de la telefonia fija sera el estrictamente necesario para el cumplimiento de las funciones asignadas. El gasto mensual por servicios de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), no puede exceder al monto resultante de la multiplicacion del numero de equipos por doscientos y 00/100 nuevos soles (S/.200.00). Se considera dentro del referido monto, el costo por el alquiler del equipo, asi como el valor agregado al servicio, segun sea el caso. La diferencia del consumo en la facturacion sera abonada por el funcionario o servidor que tenga asignado el equipo, conforme al procedimiento que establezca la Gerencia de Administracion y Finanzas. Asimismo, no se asignara mas de un (1) equipo por persona. Se exonera de los limites establecidos en el parrafo precedente, a las comunicaciones de la Alta Direccion y para las labores de Supervision y Fiscalizacion del OSIPTEL, en su condicion de organismo regulador, supervisor y fiscalizador de las inversiones privadas en telecomunicaciones. 5.2.2 Uso, mantenimiento y adquisicion de vehiculos El uso de vehiculos, asi como los gastos en combustibles, lubricantes y repuestos, quedan restringidos exclusivamente a los servicios esenciales de funcionamiento vinculados al cumplimiento de los Objetivos Operativos y Estrategicos del OSIPTEL. La Gerencia de Administracion y Finanzas se encargara del programa de mantenimiento para los vehiculos del OSIPTEL, de acuerdo a lo dispuesto por la Directiva Nº 003-2009-GG/OSIPTEL, Directiva para el uso y control de las unidades moviles del OSIPTEL. En el MORDAZA de los Objetivos Estrategicos Institucionales y del Plan Estrategico Institucional Ajustado para el periodo 2011-2014, la entidad evaluara y, de ser el caso, decidira la adquisicion de vehiculos automotores para el cumplimiento de sus funciones. 5.2.3 Publicidad La realizacion de los siguientes egresos por concepto de publicidad requieren la aprobacion de la Gerencia General: o Campanas publicitarias, o Apertura de Centros de orientacion y, o Cursos de extension universitaria

Las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad del gasto constituyen un conjunto de medidas y procedimientos necesarios para la racionalizacion del gasto, el manejo adecuado y eficiente de los recursos. En ese sentido, se establecen las siguientes disposiciones: 5.1 En materia de ingreso y contratacion de personal 5.1.1 Esta prohibida la contratacion bajo la modalidad de servicios personales y el nombramiento, salvo en casos de: a) La designacion de cargos de confianza y de directivos superiores de libre designacion y remocion, conforme a los documentos de gestion y a la ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, y demas normativa de la materia; b) La contratacion para el reemplazo por cese del personal o para suplencia temporal, siempre y cuando se cuente con la plaza en el Presupuesto Analitico de Personal y se efectue necesariamente por concurso publico de meritos. En los casos de suplencia de personal, la contratacion de personal se sujeta al Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, quedando dichos contratos resueltos automaticamente cuando el personal de suplencia retoma sus labores. Excepcionalmente, la entidad podra suscribir contratos de trabajo accidental por suplencia, en caso evalue que ello resulte mas adecuado para el logro de sus objetivos institucionales. c) La contratacion de personal para cubrir las plazas contempladas en los documentos de gestion que se aprueben para implementar lo establecido en el Decreto Supremo N° 104-2010-PCM "Modificacion al Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del OSIPTEL" del 8 de diciembre del ano 2010. En los casos de excepcion, las coberturas de plazas se efectuaran en estricto respeto al Cuadro de Asignacion de Personal - CAP, debiendo contarse con el financiamiento correspondiente previsto en el Presupuesto Analitico de Personal - PAP. Las plazas deben estar registradas ademas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Presupuesto de Personal del sector Publico, regulado por la Directiva Nº 001-2009-EF/76.01. 5.1.2 No se autorizaran gastos por concepto de horas extras, pudiendo la Gerencia que lo requiera, establecer turnos u otros mecanismos para mantener el adecuado cumplimiento de las funciones correspondientes a dicha administracion. 5.1.3 Contratacion Administrativa de Servicios En los casos en que se requiera contratar personal bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios - CAS, la Gerencia solicitante debera sustentar en el requerimiento que los servicios solicitados requieren apoyo de gestion y permitiran la realizacion de actividades consideradas prioritarias en la agenda institucional; teniendo ademas, tienen un caracter temporal y eventual. El requerimiento debera contar con la Certificacion del Credito Presupuestario respecto a la disponibilidad

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