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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2011 (08/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de enero de 2011 433819 autorizarán giros de tipo comercio donde los niveles operacionales de los establecimientos no perturben o causen molestias en la zona residencial. Estos giros son: bodega de abarrotes (incluye carnes envasadas, helados, frutas y verduras en pequeña escala), farmacia, florería, bazar, librería, alquiler de videos, mercería y pasamanería, lavandería (solo recepción y entregas), oficinas administrativas sin atención al público, sin exhibición, ni almacenamiento, salones de belleza y peluquerías.” Artículo Cuarto.- Modifíquese el inciso 5, primer acápite del artículo 12º de la Ordenanza Nº 408-MSB, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 12.- REQUISITOS GENERALES PARA TRAMITAR UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 5) Adicionalmente de ser el caso serán exigibles los siguientes requisitos: * Copia simple del Título Profesional, en caso de servicios relacionados con la salud. * Informar sobre el número de estacionamiento de acuerdo a la normativa vigente en la Declaración Jurada. * Copia Simple de la Autorización Sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. * Copia Simple de la Autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Publicar la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el portal institucional www.munisanborja.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 586334-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 304-MDSMP San Martín de Porres, 29 de diciembre del 2010 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 29.DICIEMBRE.2010, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el Dictamen No. 019-2010-CAJPE/MDSMP. de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Promoción Empresarial, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo; y CONSIDERANDO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, se trató y debatió el Dictamen No. 019-2010-CAJPE/MDSMP de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Promoción Empresarial, sobre Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo del Concejo Distrital de San Martín de Porres, de acuerdo a la normatividad legal vigente, atendiendo la dinámica y características propias del gobierno local y acorde a las exigencias actuales, cuya fi nalidad es efectuar un trabajo de legislación y fi scalización municipales con mayor efi ciencia al servicio de la comunidad sanmartiniana; De conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú; artículos 9, inciso 12) y 40 de la Ley No. 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Dictamen No. 019-2010-CAJPE/MDSMP de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Promoción Empresarial; con el Voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo Distrital de San Martin de Porres, que consta de ochenta y tres (83) artículos y tres (03) disposiciones fi nales; el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda ordenanza o norma municipal que se opongan a la presente. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- El presente Reglamento norma el régimen interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, defi ne la conformación, funciones y atribuciones de sus miembros, regula el procedimiento operativo de las sesiones de concejo, así como la conformación y el funcionamiento de las comisiones de regidores. Artículo 2°.- El concejo municipal es un cuerpo colegiado, integrado por el alcalde que lo preside y el número de regidores elegidos conforme a lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Nº 26864 - de Elecciones Municipales. Es el órgano que ejerce funciones normativas y fi scalizadoras. Artículo 3°.- Corresponde al concejo municipal las competencias, funciones y atribuciones establecidas en la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades - y la Ley Nº 27783 - de Bases de la Descentralización. TÍTULO II DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO CAPÍTULO I DEL ALCALDE Artículo 4°.- El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Le corresponde ejercer las funciones ejecutivas del gobierno local. Artículo 5.- El alcalde tiene como atribuciones las previstas en el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades.