Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2011 (12/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2011

7. Con posterioridad a la nota de tarja del documento de transporte que ampara la carga y MORDAZA de su salida del punto de llegada, el deposito temporal EER que numero el acta de traslado, registra en el MORDAZA web de la SUNAT la siguiente informacion: a) Fecha y hora de inicio del traslado de la carga b) Numero del manifiesto de carga c) Documento de transporte directo o consolidado d) Numero del manifiesto EER e) Bultos y peso del documento de transporte f) Numero de placa del vehiculo g) Numero de los precintos colocados al vehiculo 8. En el punto de llegada, el transportista o su representante entrega al deposito temporal EER los envios para su traslado hacia su recinto. Para su salida el transportista o su representante en el MORDAZA verifica en el MORDAZA web de la SUNAT que el acta de traslado tenga registrada la fecha y hora de inicio de traslado. 9. Cuando la totalidad de los bultos MORDAZA ingresado al deposito temporal EER, este registra en el MORDAZA web de la SUNAT, como MORDAZA del termino del traslado, la siguiente informacion: a) Total de traslados realizados b) Fecha y hora del ingreso a su recinto 10. No procede el traslado de un deposito temporal EER a otro. Tarja al detalle 11. La empresa y el deposito temporal EER suscriben la tarja al detalle; este ultimo transmite a la Administracion Aduanera la informacion de la precitada tarja, dentro del plazo de dos (02) horas computado a partir del ingreso a este deposito temporal. 12. La tarja al detalle de los envios consignados en un manifiesto EER se transmite en un solo envio electronico, de acuerdo a la estructura publicada en el MORDAZA web de la SUNAT, por cada guia, salvo el caso de los envios de categoria 1 que se realiza por la Declaracion Jurada de la Categoria 1. Cuando corresponda, el deposito temporal EER transmite la informacion de bultos faltantes o sobrantes y el numero del acta de inventario de los envios en mal estado. Informacion confirmatoria del manifiesto EER 13. La empresa transmite por unica vez la informacion confirmatoria del manifiesto EER dentro del plazo de veinticuatro (24) horas computado a partir del registro del termino del traslado de la carga al deposito temporal EER. Tratandose de documentos de transporte que contengan carga consolidada de mas de una empresa, previa a la transmision de la informacion confirmatoria del manifiesto EER, el deposito temporal EER debe haber transmitido la tarja al detalle del manifiesto de carga y del manifiesto EER. 14. La informacion confirmatoria consta de: a) Ano y numero del manifiesto de carga b) Ano y numero del manifiesto EER c) Numero de los documentos de transporte hijos o directos. B. DE LA TRAMITACION DEL REGIMEN Documentacion sustentatoria de la DS 1. Los documentos sustentatorios de la DS deben estar legibles y sin enmendaduras. Estos son: a) Factura, documento equivalente o contrato. Se consideran documentos originales aquellos que han sido emitidos o transmitidos por medios electronicos. Cuando la factura, documento equivalente o contrato MORDAZA sido transmitido por medios electronicos, los datos del facsimile y/o correo electronico deben ser consignados en el rubro observaciones de la DS.

En caso de no contar con los documentos MORDAZA senalados y cuando se trate de mercancia sin caracter comercial, estos pueden ser reemplazados por una Declaracion Jurada del Valor, la misma que puede ser transmitida por medios electronicos, consignando los datos de acuerdo al parrafo anterior, sin perjuicio de ello el funcionario aduanero designado puede solicitar el original, en ejercicio de la potestad aduanera; b) Guia. Este documento debe estar endosado cuando el despacho lo realiza el despachador de aduana. c) Declaracion Jurada de la Categoria 1, de corresponder. d) Relacion de cada uno de los envios agrupados en la Declaracion Jurada de la Categoria 1, debidamente suscrita por la empresa, consignando como minimo los siguientes datos: numero de la guia, nombre y direccion del destinatario y descripcion de la mercancia. e) Documento de seguro de transporte, de corresponder. En el caso de una poliza global o flotante, el documento que acredita la cobertura de las mercancias sujetas a despacho. Se consideran originales incluso los documentos generados por medios electronicos por las companias de seguros nacionales o extranjeras e impresos por los corredores de seguro o por los duenos o consignatarios. f) Documento de autorizacion emitido por el sector competente cuando se trate de mercancia restringida, o declaracion jurada suscrita por el representante legal del dueno o consignatario cuando la MORDAZA especifica lo permita. g) Fotocopia legalizada, autocopia o MORDAZA carbonada del comprobante de pago y MORDAZA adicional de este, cuando se efectue transferencia de bienes MORDAZA de su nacionalizacion. Este documento no es exigible en los siguientes casos: · Cuando la transferencia de bienes MORDAZA sido efectuada por comisionistas que actuen por cuenta de terceros se acredita dicha situacion presentando MORDAZA de solicitar el despacho y por unica vez, el contrato de comision donde conste dicho mandato. · Cuando las entidades del Sistema Financiero Nacional hayan endosado los documentos de transporte a favor de los importadores. · En los casos de transferencia a titulo gratuito de los bienes que ingresan al MORDAZA consignados a nombre de una entidad del Sector Publico Nacional (excepto empresas del Estado) o a la Iglesia Catolica. h) Certificado de origen, cuando corresponda. i) Carta poder con firma legalizada notarialmente que autorice a realizar los tramites aduaneros del Regimen EER, en el caso que un tercero realice el despacho en representacion del importador, dueno o consignatario. j) Otros que la naturaleza u origen de las mercancias y del presente regimen requieran, conforme a las disposiciones especificas sobre la materia. Numeracion de la DS por transmision 2. La empresa solicita la destinacion aduanera de los envios de la categoria 1 a traves de una sola DS consignando MORDAZA de operacion 25 y el numero de la correspondiente guia o el numero de la Declaracion Jurada de la Categoria 1 en el MORDAZA numero de guia, salvo el caso de aquellos envios cuyas guias hayan sido incorporadas al manifiesto EER con posterioridad a la numeracion de dicha DS, en que se permite la numeracion de otra DS consignando el numero de sus correspondientes guias. 3. La empresa o el despachador de aduana solicita la destinacion de los envios de las categorias 2, 3 y 4d2, mediante DS, consignando el MORDAZA de operacion 27. 4. Para la inafectacion de los derechos de aduana establecida en el literal m) del articulo 147° de la Ley, el declarante debe transmitir el codigo liberatorio 4467 para el envio que se encuentre clasificado en la categoria 4d2 cuyo valor FOB sea igual o menor a doscientos y 00/100 dolares americanos (US$ 200.00). 5. Para la destinacion aduanera de los envios de las categorias 2, 3 y 4d2 se debe transmitir la MORDAZA y modelo de la mercancia, y adicionalmente cuando se trate de

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