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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2011 (13/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de enero de 2011 434085 Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 589162-1 Establecen conformación de la Sétima Sala Civil de Lima y designan Juez Provisional del Trigésimo Primer Juzgado Civil de Lima y Juez Supernumeraria del Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 055-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de enero del 2011 VISTOS YCONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 004145-2011, la doctora María Elena Palomino Thompson, Presidenta de la Sétima Sala Civil de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud, a partir del 12 al 18 de enero del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera necesario proceder a la designación del Magistrado que completará el Colegiado de la Sétima Sala Civil de Lima, estando a la licencia por motivo de salud de la doctora María Elena Palomino Thompson. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora ROSA MARÍA DONATO MEZA Juez Titular del Trigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional de Sétima Sala Civil de Lima, a partir del 12 al 18 de enero del presente año, por la licencia de la doctora María Elena Palomino Thompson, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Sétima Sala Civil de Lima: Dr. Oswaldo Alberto Ordóñez Alcantara Presidente Dra. María Leticia Niño Neira Ramos (T) Dra. Rosa María Donato Meza (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ALEXIS JOSÉ ROQUE HILARES Juez Titular del Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, como Juez Provisional del Trigésimo Primer Juzgado Civil de Lima, a partir del 12 al 18 de enero del presente año, por la promoción de la doctora Rosa María Donato Meza. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora SANDRA ANAÍ MARENGO SOTO como Juez Supernumeraria del Sexto Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, a partir del 12 al 18 de enero del presente año, por la promoción del doctor Alexis José Roque Hilares. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 589173-1 Disponen implementar el uso de Casillas Judiciales Gratuitas para el Distrito Judicial de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 019-2011-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 7 de enero del 2011 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25680 y Ley Nº 28765, el Distrito Judicial de Lima se desconcentró en Lima Norte, Lima Sur y Lima Este. Por Resolución Nº 269-2008-CE-PJ, se dispuso que la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur se ubique en el Distrito de Villa María del Triunfo; asimismo, se determinó que su competencia territorial comprendería los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Mirafl ores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacámac (excluyéndose la zona del Centro Poblado Lomas de Manchay, la Resolución N° 292-2008- CE-PJ precisa que la exclusión se trata del Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana. Por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE- PJ de fecha 06 de octubre de 2010, se ha dispuesto el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a partir del 13 de octubre de 2010. Las acciones de esta Presidencia tienen por objeto optimizar el servicio de administración de justicia en sus distintos niveles, por lo que, se deben dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio a sus usuarios. En ese sentido, debe tenerse presente que el acto de notifi cación tiene por objeto poner a conocimiento de los interesados el contenido de las resoluciones judiciales que se expiden dentro de los procesos que se ventilan en los órganos jurisdiccionales; lo que permite que se materialice el derecho de defensa del justiciable, constituyendo un elemento consustancial para la vigencia del debido proceso e igualdad de las partes. De otro lado, la Casilla Judicial es el lugar físico a cargo de la Administración de la respectiva sede judicial, que está destinado para la recepción de las notifi caciones de las resoluciones expedidas en los procesos judiciales, como domicilio procesal señalados por los Abogados patrocinantes ante los respectivos órganos jurisdiccionales. Asimismo, la notifi cación realizada a través de Casillas Judiciales resulta benefi ciosa para los justiciables, en tanto otorga seguridad para la oportuna recepción y conocimiento de las actuaciones judiciales, favoreciendo el ejercicio del derecho de defensa y asegurando el Principio de Contradicción; de otro lado, permite racionalizar recursos económicos, por lo que, resulta conveniente la implementación de Casillas Judiciales en el Distrito Judicial de Lima Sur, lo que además garantiza la entrega inmediata de las cédulas de notifi cación; al respecto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Directiva 008-2008-CE-PJ, aprobada por Resolución N° 008-2008-