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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2011 (26/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de enero de 2011 434931 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.D. Nº 136-2007-MTC/12, modificada por R.D. Nº 042-2008- MTC/12, que otorgó a Spirit Airlines, Inc. permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 335-2010-MTC/12 Lima, 23 de noviembre del 2010 Vista la solicitud de SPIRIT AIRLINES, INC., sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 136-2007-MTC/12 del 19 de junio del 2007, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 042-2008-MTC/12 del 04 de marzo del 2008, se otorgó a SPIRIT AIRLINES, INC. Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, con Documento de Registro N° 2010-013281 del 05 de abril del 2010, SPIRIT AIRLINES, INC. solicitó la modifi cación de su Permiso de Operación a fi n de incrementar material aeronáutico A-320; Que, según los términos del Memorando N° 692- 2010-MTC/12.LEG, Memorando Nº 044-2010-MTC/12. PIO, Informe Nº 088-2010-MTC/12.07.PEL, Memorando Nº 359-2010-MTC/12.07.CER e Informe Nº 257-2010- MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América ha designado a SPIRIT AIRLINES, INC. para efectuar servicios de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 136-2007- MTC/12 del 19 de junio del 2007, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 042-2008-MTC/12 del 04 de marzo del 2008, que otorgó a SPIRIT AIRLINES, INC., Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, de conformidad con el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América” suscrito el 10 de junio de 1998, quedando redactado de la siguiente forma: MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional a lo autorizado) - AIRBUS A-320 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 136-2007-MTC/12 del 19 de junio del 2007, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 042-2008- MTC/12 del 04 de marzo del 2008, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 590045-1 Otorgan permiso de operación de aviación comercial a la compañía Transaer R.A. S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 339-2010-MTC/12 Lima, 25 de noviembre del 2010 Vista la solicitud de la compañía TRANSAER R.A. S.A., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2010- 032882 del 13 de agosto del 2010 y Documento de Registro Nº 2010-032882-A del 07 de setiembre del 2010 la compañía TRANSAER R.A. S.A. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo; Que, según los términos del Memorando Nº 1064- 2010-MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC, Memorando Nº 178-2010-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 188-2010-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 253-2010-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía TRANSAER R.A. S.A., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones