Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2011 (12/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436105

RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD En los lugares senalados en el Plano de Lotizacion, se construiran rampas en las bermas que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE-U.190 "Adecuacion Urbanistica para las personas con Discapacidad", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001 y lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones; las obras seran sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. Articulo Tercero.- DISPONER que MORDAZA S.A.C., debera efectuar la inscripcion del lote unico en el Registro de Predios de acuerdo al Plano de Lotizacion signado con el Nº 008.-2010HU-SGHU-GDU/MDSJL y a la siguiente descripcion:
MANZANA H Nº Lote Unico 01 AREA (m2) 10,056.71 m2 Frente 82.45 ml. Lado Derecho 121.25 ml. Lado MORDAZA 121.00 ml. Fondo 83.61 ml.

MORDAZA de Lurigancho, siendo esta su competencia segun lo establece el ROF vigente. Articulo Decimo.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Decimo Primero.- DISPONER el cumplimiento y notificacion pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente de Habilitaciones Urbanas

601065-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen monto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2011
ORDENANZA N° 113-MDSL
San MORDAZA, 14 de enero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO:
DEFICIT - 537.18 m2 - 322.30 m2

Articulo Cuarto.- ACEPTAR el pago de la redencion en dinero del deficit de aportes reglamentarios, hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion que apruebe la Recepcion de Obras, por tratarse la presente de una Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Vias de Regularizacion y al haberse verificado que el area resultante del Aporte es menor al lote normativo, segun el siguiente cuadro:
Cuadro General de Aportes, segun Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACION : Industria Elemental ­ I1. AREA AFECTA A LOS APORTES : 10,743.50 m2 APORTE PARQUES ZONALES (SERPAR) RENOVACION MORDAZA (FOMUR) Servicios Publicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) TOTAL % 5.00 3.00 ORD 836-MML 537.18 m2 322.30 m2 PROYECTO

2.00

214.87 m2

- 214.87 m2 1,074.35 m2

En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el informe Nº 010-2011/GM-MDSL de la Gerencia Municipal, Informe Nº 019-2011/GAL-MDSL de la Gerencia de Asesoria Legal y el Informe N° 003-2011-GR-MDSL de la Gerencia de Rentas del, que se pronuncia sobre el proyecto de Ordenanza que establece el monto por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion ­ Impuesto predial y Arbitrios Municipales 2011 para el Distrito de San Luis; y, CONSIDERANDO:

10.00

1,074.35 m2

-

NOTA.(*) El Deficit de aportes reglamentarios por Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en dinero. (**) El Deficit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR) y Renovacion MORDAZA (FOMUR) seran redimidos en dinero.

Articulo Quinto.- DEJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el deficit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 537.18 m2 y Renovacion MORDAZA (FOMUR) de 322.30 m2, dicha carga sera levantada cuando se cumpla con los pagos de los deficit de aportes. Articulo Sexto.- DISPONER que MORDAZA S.A.C., al concluir con las obras del proyecto de habilitacion MORDAZA debera solicitar la recepcion de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Articulo 13º de la Ley Nº 29090. Articulo Setimo.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitacion MORDAZA tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Articulo 11º de la Ley Nº 29090. Articulo Octavo.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion Sub. Gerencial, un juego del Plano de Lotizacion, Plano de Ubicacion y Localizacion y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Servicio de Parques de MORDAZA - SERPAR MORDAZA y Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. ­ EMILIMA S.A., para su conocimiento, segun lo establecido en el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion. Articulo Noveno.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro incorporar la presente Habilitacion MORDAZA en el Plan MORDAZA del distrito de San

Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27630 - Ley de la Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que, es reconocida de conformidad a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, asi como en el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, dentro de los limites establecidos por Ley. Que, el articulo 14 del T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de valores de los predios, por parte de la Municipalidad, sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada anual. Que, la cuarta disposicion final de la MORDAZA MORDAZA mencionada, establece que la actualizacion de valores, determinacion de tributos, emision de recibos de pago correspondiente, incluida su distribucion a domicilio, los municipios quedan facultados a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio. Que, mediante Ordenanza Nº 091-MDSL, de fecha 30ENE2009, se aprobo el monto de derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondiente al ano 2009, la misma que fue ratificado

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