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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436090 VISTA: Las solicitudes presentadas por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, para que se le autorice la apertura de tres (03) ofi cinas ubicadas en el departamento de Lima, en la modalidad de Agencia y la apertura de una (01) ofi cina ubicada en el departamento de Cusco, en la modalidad de Ofi cina Especial; CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de las citadas ofi cinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de tres (03) ofi cinas, en la modalidad de Agencia, ubicadas en: i) Av. 15 de Julio Lote Nº 28, Zona B, Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; ii) Av. Alfredo Mendiola Nº 3665 Urb. Panamericana Norte, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; y, iii) Av. Nicolás Ayllón (Carretera Central km. 6.5) Asociación El Porvenir Mz. D Lt. 7, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa la apertura de una (01) ofi cina, en la modalidad de Ofi cina Especial, ubicada en Av. Llocllapata Mz. G Lt. 10, urbanización Los Retamales, del Centro Poblado “Prolongación Calle Perú”, distrito de San Jerónimo, provincia y departamento del Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 601702-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura el traslado de oficina especial ubicada en la provincia de Tocache, departamento de San Martín RESOLUCIÓN SBS Nº 1483-2011 Lima, 7 de febrero de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura, para que se le autorice el traslado de una (1) ofi cina ubicada en el distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín; CONSIDERANDO Que, mediante Resolución SBS Nº 10530-2010, se autorizó el traslado temporal de la citada ofi cina; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado al local anterior; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura el traslado de la ofi cina especial ubicada en Esquina de los jirones jirón Tocache Nº 400 con esquina Bolognesi Nº 500, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín al local ubicado en jirón Freddy Aliaga Nº 329, distrito y provincia de Tocache, departamento de San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 601686-1 Autorizan viaje de funcionaria para participar en la V Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífico que se realizará en Chile RESOLUCIÓN SBS N° 1826-2011 11 de febrero de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación cursada por el Viceministro de Comercio Exterior a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de designar a los representantes de nuestra institución para participar en la V Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TTP, por sus siglas en inglés) entre los actuales miembros del Acuerdo P4, Nueva Zelanda, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y Australia, Estados Unidos de América, Malasia, Perú y Vietnam, la misma que se llevará a cabo del 14 al 18 de febrero de 2011, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la citada Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TTP), las negociaciones sobre servicios fi nancieros involucran temas regulatorios, además de los temas de política comercial fi nanciera, por lo que esta Superintendencia participará de manera particular en las reuniones del grupo de servicios fi nancieros, cuyas sesiones se llevarán a cabo el 14 y 15 de febrero de 2011; Que, dichas reuniones implican el tratamiento de temas que involucran la prestación de los servicios que brindan las empresas que operan en los sistemas supervisados y temas referidos a la inversión en el país, por lo que resulta necesaria la participación de esta Superintendencia a fi n de prestar el apoyo técnico que su especialización como organismo supervisor y regulador de los sistemas fi nanciero, de seguros y privado de pensiones le confi ere, a fi n de coadyuvar a lograr la determinación de mejores condiciones para la prestación de los servicios fi nancieros que se deriven de las relaciones comerciales sujetas al referido acuerdo; Que, en ese sentido, siendo de interés nacional e institucional, se ha considerado conveniente designar a la señorita Lourdes Poma Cañazaca, Analista Principal del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que en representación de esta Superintendencia integre la delegación peruana que participará en la citada Ronda de Negociaciones; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una