Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2011 (12/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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injustificada que a todas luces transgrede las funciones y competencias del Gobierno Regional previstas en el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC / Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; en ese sentido, corresponde a los Gobiernos Regionales en materia de transporte terrestre dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion sujetandose a los criterios previstos en la Ley y los reglamentos nacionales. Que, en atencion a las consideraciones senaladas, dado que es imperativo el articulo 51 de la Constitucion cuando senala que, la Constitucion prevalece sobre toda MORDAZA legal, y la Ley sobre toda MORDAZA de inferior jerarquia; y, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 055-AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Disposicion Aprobatoria RATIFICAR la facultad exclusiva y descentralizada del Gobierno Regional para el Otorgamiento de Autorizaciones para Prestar el Servicio de Transporte Publico de Personas en Rutas e Itinerarios comprendidos dentro del Ambito de la Region MORDAZA, incluyendo aquellas rutas que utilicen total o parcialmente la Red Vial Nacional; en consecuencia, la recepcion, calificacion y aprobacion de expedientes por parte de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, se realizara de acuerdo a los requisitos establecidos en el MORDAZA Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 118-AREQUIPA. Articulo 2º.- MORDAZA de Vehiculos Las Autorizaciones que se otorguen en merito al articulo anterior, seran exclusivamente para vehiculos de la Categoria M-3, Clase III, con excepcion de las rutas en las que no exista transportistas autorizados que presten el servicio con vehiculos habilitados, casos en los cuales, se podra autorizar a vehiculos de la Categoria M-2, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes. Articulo 3º.- Vigencia La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de febrero de 2011. HENRRY IBANEZ MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los diez dias del mes de febrero del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

dos terrenos eriazos, lote 1 de 6.9944 Has., Lote 2 de 50.9479 Has.; ubicado en el sector de MORDAZA Taymara, distrito de Atiquipa, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado". Que, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 055-2010-GRA-OOT, Informe Nº 1212 y 1213-2010-GRA/ OOT emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion alcanzada, es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado dos terrenos eriazos de dominio privado, lote 1 de 6.9944 Has., Lote 2 de 50.9479 Has.; ubicado en el sector de MORDAZA Taymara, distrito de Atiquipa, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolucion es visada por el Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionarios del Gobierno Regional que suscribieron el informe tecnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 038 -2011-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Nº 27444, Ordenanza Regional Nº 010AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado de dos terrenos eriazos de dominio

602595-1

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en las provincias de Caraveli y MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 06-2011-GRA/PR-GGR
VISTO: El Expediente Nº 055-2010-GRA/OOT, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado de

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