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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436099 Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 22º defi ne a la Situación de Desabastecimiento Inminente, a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia del bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios u operaciones que la entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la entidad a la contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; asimismo mismo no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiesen originado la presencia o confi guración de dicha causal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado en la que en su artículo 129º registra “…no pudiéndose invocar la existencia de una situación de Desabastecimiento Inminente en las siguientes contrataciones: a) en vías de regularización, b) por periodos consecutivos que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación, c) para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección, d) por cantidades que excedan lo necesario para atender el desabastecimiento. En la Resolución o Acuerdo Exoneratorio deberá disponerse el inicio de las medidas conducentes al deslinde de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados; Que, asimismo la Estructura Orgánica vigente tampoco responde a Concejos Modernos ni Técnicos regulados para la Administración Pública, ni a los objetivos, planes y programas de la nueva administración edil orientado a la adecuada prestación de los servicios públicos acorde con las exigencias de la Municipalidad y la búsqueda del Bien Común; Que, por tal motivo resulta necesario tomar medidas correctivas orientadas a la redefi nición, priorización, ajuste y modifi cación de las funciones, estructura y planta orgánica de la Municipalidad, adecuándolos a los modernos procesos administrativos e informáticos que atiendan la demanda de la población; Que, mediante Informe Nº 001-2011-GM/MDC, el Gerente Municipal manifi esta que de la evaluación de la transferencia municipal, se ha podido determinar que los documentos de gestión están totalmente desfasados y desarticulados (ROF, CAP, TUPA, etc.), que la municipalidad cuenta con 143 Empleados Nombrados, 110 Obreros Nombrados, 75 Pensionistas, 180 Trabajadores repuestos por mandato judicial, 214 Trabajadores con Resolución de Permanencia a diciembre 2010, 17 Prestadores CAS repuestos judicialmente y con 260 Trabajadores que se les ha otorgado la permanencia de manera irregular; Que, el proceso de transferencia se ha llevado con información incompleta, se ha ocultado información importante, que se han puesto trabas y demoras excesivas e injustifi cadas que impiden un normal desarrollo y continuación de la gestión entrante. No se han tomado las medidas del caso para mantener el buen funcionamiento municipal, no se ha convocado el servicio de recojo de residuos sólidos y la adquisición de la Declaración Jurada Mecanizada del Impuesto Predial 2011 (Cuponeras), lo que conlleva a caer en Desabastecimiento Inminente, por lo cual solicita la Exoneración de estos procesos a fi n de salvaguardar la recaudación y la limpieza en el distrito de Comas; Que, mediante Informe Nº 15-2011-SGL-GAF/MC, el Sub Gerente de Logística informa “…ante los hechos suscitados: solicitamos realizar el trámite correspondiente al Concejo Municipal para solicitar el Acuerdo de Concejo, declarando la exoneración de Proceso de selección del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos, bajo la causal de Desabastecimiento Inminente: Tipo - Servicio, descripción básica - Servicio de Disposición de Residuos Sólidos, tiempo - 60 días, cantidad - 30,304 TM aproximada por los 60 días, valor referencial - máximo 327,283.20 Nuevos Soles, fuente de fi nanciamiento - recursos directamente recaudados”; Que, mediante Informe Nº 004-2011-GTA/MDC, el Gerente de Administración Tributaria señala que el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2044-EF, establece en su artículo 11º que a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicará los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios ofi ciales de edifi cación vigentes al 31 de octubre del año anterior y las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que formula el Concejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial; Que, el artículo 20º del mismo cuerpo legal establece que el 3/1000 (tres por mil) del rendimiento del Impuesto Predial será transferido por la Municipalidad Distrital al Concejo Nacional de Tasaciones, para el cumplimiento de las funciones que le corresponde como organismo técnico nacional encargado de la formulación periódica de los aranceles de terrenos y valores unitarios ofi ciales de edifi cación, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 294 o norma que lo sustituya o modifi que; Que, asimismo informa que como consecuencia de la Transferencia de la Gestión Municipal y de las Actas de Entrega de Cargo, se ha podido verifi car que al 31 de diciembre del 2010, no se ha cumplido con la compra de los Planos de los Valores Arancelarios de Terrenos y Valores Unitarios Ofi ciales de Edifi cación, situación que difi culta la actualización de la información de la Declaración Jurada del Impuesto Predial del 2011 y por ende la Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada Mecanizada del Impuesto Predial del Año 2011 y la respectiva Liquidación del Impuesto Predial y los Arbitrios; por lo que la Gerencia de Administración Tributaria recomienda que el órgano competente declare en Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Emisión Mecanizada, Actualización de Valores y Determinación de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011 (Cuponeras 2011), y en consecuencia Exonerar del Proceso de Selección correspondiente; asimismo se adjunta Anexo describiendo los requerimientos mínimos técnicos para el Proceso Emisión Mecanizada Actualización de Valores y Determinación de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011 (Cuponeras 2011), que forma parte del presente Acuerdo; Que, mediante Memorándum Nº 024-A-2011-GTA/MDC, el Gerente de Administración Tributaria indica que el Servicio de Impresión de Cuponeras y el Servicio de Embolsado de las Carpetas Tributarias, en el proceso realizado en el año 2010 ascendieron a un monto de S/. 160,792.74 Nuevos Soles y según la Data de la Emisión que obra en la Gerencia es de 71,071 Cuponeras, dándonos un precio unitario por Cuponeras de S/. 2.26 Nuevos Soles, adjuntando tres cotizaciones que establecen un valor referencial máximo de S/. 172,533.33 Nuevos Soles; Que, mediante Informe Nº 05-2011-GAJ/MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos recomienda se declare en Desabastecimiento Inminente el Servicio de Emisión de la Declaración Jurada Mecanizada del Impuesto Predial (Impresión de Cuponeras); y el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos y solicitar al Concejo la Exoneración de los Procesos de Selección; Con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los señores regidores aprobaron por mayoría, con la dispensa de la aprobación y lectura del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en EMERGENCIA ADMINISTRATIVA-FINANCIERA y REESTRUCTURACIÓN ORGÁNICA a la Municipalidad Distrital de Comas, facultándose al Despacho de Alcaldía a efectuar todas las acciones que sean necesarias para el ejercicio de la defensa y cautela de los derechos e intereses de la Municipalidad. Artículo Segundo.- El Proceso de Reestructuración comprenderá la revisión, modifi cación y elaboración de los siguientes instrumentos de gestión: - Reglamento de Organización y Funciones (ROF) - Cuadro para Asignación del Personal (CAP) - Presupuesto Analítico de Personal (PAP) - Manual de Organización y Funciones (MOF) - Régimen de Aplicación y Sanciones (RAS) - Manual de Procedimientos (MAPRO) - Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Comas (TUPA) - Y otros