Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2011 (12/02/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

436100

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2011

Articulo Tercero.- El periodo de duracion del MORDAZA de Reestructuracion sera de ciento veinte (120) dias calendarios. Articulo Cuarto.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la Contratacion del Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos por el plazo de 60 dias calendarios por un Valor Referencial de S/. 327,283.20 (trescientos veintisiete mil doscientos ochenta y tres y 20/100 Nuevos Soles) o hasta la suscripcion del contrato de recoleccion de residuos solidos, como resultado del MORDAZA de seleccion que se debera convocar inmediatamente, lo que ocurra primero. Articulo Quinto.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Emision de la Declaracion Jurada Mecanizada del Impuesto Predial (Impresion de Cuponeras), por un Valor Referencial de S/. 172,533.33 (ciento setenta y dos mil quinientos treinta y tres y 33/100 Nuevos Soles) disponiendose la inmediata organizacion del MORDAZA de seleccion que corresponda, exonerandose del MORDAZA regular. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logistica las acciones pertinentes para implementar los acuerdos de los articulos MORDAZA y MORDAZA del presente Acuerdo, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017 y el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Articulo Septimo.- INCLUIR en el Plan Anual de Contrataciones la contratacion del servicio de recoleccion de Residuos Solidos y la Contratacion del Servicio de Emision de la Declaracion Jurada Mecanizada del Impuesto Predial (Impresion de Cuponeras). Articulo Octavo.- DISPONER a traves de la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo remitir MORDAZA del presente Acuerdo y sus actuados a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y a la Unidad de Logistica su publicacion en el SEACE. Articulo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponer que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios determine las responsabilidades de los funcionarios cuya conducta MORDAZA originado la configuracion de la causal de desabastecimiento inminente. Articulo Decimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente Acuerdo. Dado en el Palacio Municipal, a los veinticuatro dias del mes de enero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA

602592-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Suspenden temporalmente la recepcion de solicitudes de certificados de parametros, anteproyectos en consulta y proyectos de licencias de edificacion
ORDENANZA Nº 205
La MORDAZA, 8 de febrero de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 01-MDLM-2011 de fecha 25 de enero del 2011 de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Juridicos, sobre el proyecto de Ordenanza que dispone la Suspension Temporal de Recepcion de Solicitudes de Certificados de Parametros, Anteproyectos en Consulta y Proyectos de Licencias de Edificacion en el Distrito La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo estipulado en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia

con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, los cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal las funciones normativas que se materializan a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 74º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 14º de la Ley N° 29090, "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", en concordancia con el articulo 44° del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA "Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion", el Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios es el documento emitido por las Municipalidades Distritales en sus jurisdicciones y por las Municipalidades Provinciales en el ambito del cercado, donde se especifican los parametros de diseno que regulan el MORDAZA de edificacion sobre un predio MORDAZA, el cual tendra una vigencia de treinta y seis (36) meses; Que, asimismo el articulo 10º de la Ley N° 29090, "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", en concordancia con el articulo 42° del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA "Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion", establecen las modalidades de aprobacion de las Licencias de Edificacion (Modalidades A y B de aprobacion automatica, Modalidad C de evaluacion previa de proyecto por Revisores Urbanos o Comisiones Tecnicas, y Modalidad D de evaluacion previa de Comision Tecnica); Que, la Sub Gerencia de Obras Privadas, Habilitaciones Urbanas y Catastro, mediante Informe Nº 007-2011-MDLMGDU/SGOPHUC, senala que luego de haber transcurrido dos (02) anos y siete (7) meses de la publicacion de la Ordenanza Municipal Nº 1144-MML, dispositivo legal que aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del Distrito de La MORDAZA, se ha podido detectar que esta no guarda relacion directa con la realidad existente en el distrito, por lo que manifiesta se requiere elaborar una propuesta que debe contar con la opinion tecnica de una Comision Consultiva conformada por Arquitectos e Ingenieros residentes en el distrito de La MORDAZA, a fin que la misma sea derivada al Instituto de Planificacion y a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su evaluacion y posterior aprobacion, para cuyo efecto refiere se requiere realizar un estudio tecnico de suelos, asimismo es imperioso analizar el estado situacional de los expedientes y la carga de los mismos que se vienen arrastrando desde anos anteriores, siendo necesario la reorganizacion en la atencion de los mismos y la contratacion de personal con el que se mejore la atencion a los vecinos, por lo que considera debe disponerse la suspension de los tramites de Licencias, Certificados de Parametros y todos aquellos tramites administrativos involucrados para ese fin, por un plazo de 45 dias calendario; Que, ante tal coyuntura, a fin de poder tomar en cuenta los aspectos de densidad demografica propia del distrito, impacto vial, impacto ambiental, viabilidad del transporte publico y privado, considerando la particular ubicacion geografica del distrito y su condicion de MORDAZA particularmente sismica, hechos que afectan la calidad de MORDAZA de los habitantes del distrito; esta gestion debe tomar acciones inmediatas; a fin de que el distrito se mantenga como un distrito ecologico y mayormente residencial; Que, en virtud a lo indicado precedentemente, se hace necesario, disponer la suspension de recepcion de solicitudes de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, Anteproyectos en Consulta y Licencias de Edificacion en sus cuatro (4) modalidades, hasta la culminacion del Estudio Tecnico, el cual debera contener los impactos negativos (visual, ambiental, vial, sonoro, etc), y el Estudio de Vulnerabilidad que califican los riesgos sismico segun la calidad de suelo del distrito y la propuesta de solucion; Que, de conformidad con lo que dispone el articulo 14° del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General" aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; sobre la obligacion de las entidades publicas de publicar en el Diario Oficial El

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.