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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2011 (13/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de julio de 2011 446356 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Reconocen a miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa” RESOLUCIÓN Nº 301-2011-CONAFU Lima, 5 de julio de 2011 “UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA” VISTOS: El ofi cio Nº 672-2011-ME-SG-OTD su fecha 15 de abril de 2011, El Informe Nº 129-2011-CTA/OEP- CONAFU, El ofi cio Nº 424-2011-CONAFU-CDAA su fecha 13 de mayo de 2011, y el Acuerdo Nº 383-2011-CONAFU de la sesión ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 30 de junio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia; de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, Título Primero, artículo 3º: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:…f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas a propuesta de los promotores…”; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el artículo 19º establece que: “En las universidades en el régimen de la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, la Comisión Organizadora estará conformada por tres miembros: a) un Presidente, B) Un Vicepresidente Académico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la Universidad según corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y fi nancieras; Que, conforme el Reglamento, en el artículo 20º establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733- Ley Universitaria, concordante con la Ley 29734 su fecha 03 de Julio de 2011, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria; y el artículo 19º de este Reglamento. El Gerente General o Director Ejecutivo según corresponda, deberá tener título profesional y aprobada experiencia en la administración de una institución educativa o empresas de reconocido prestigio”; Que, conforme el Reglamento, en el artículo 21º establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, mediante Ley Nº 29616 su fecha 17 de noviembre de 2010 se promulga la ley de creación de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa” con personería jurídica de derecho público con sede en la provincia de Chanchamayo del departamento de Junín; Que, mediante ofi cio Nº 672-2011-ME-SG-OTD la Secretaria General de la Ofi cina de Trámite Documentario del Ministerio de Educación remite al consejo las hojas de vida de los señores Carlos Alfredo Bocanegra Garcia, Juan Bullon Ames y Jesús David Sanchez Marin, para que sean reconocidos como miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa”, designados mediante Resolución Ministerial Nº 0097-2011-ED de fecha 13 de marzo de 2011, hojas de vida que fueron puestos a evaluación por parte de la ofi cina de Evaluación Permanente del CONAFU; Que, mediante informe Nº 129-2011-CTA/OEP- CONAFU opinaron lo siguiente: que los profesionales Juan Bullon Ames, Carlos Alfredo Bocanegra García y Jesús David Sánchez Marín reúnen los requisitos para los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente Administrativo, Informe que fue llevado al pleno mediante ofi cio numero 424-2011-CONAFU-CDAA de fecha trece de mayo de dos mil once Que, en sesión ordinaria de fecha 30 de junio de 2011, el Pleno del CONAFU conformado por mayoría absoluta y mediante Acuerdo Nº 301-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Reconocer como miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa”, a los siguientes profesionales: Dr. Juan Bullon Ames, Dr. Carlos Alfredo Bocanegra García y al MSc. Jesús David Sánchez Marín, en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente Administrativo, respectivamente, de conformidad con el artículo 19 letra c) del Reglamento; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER como miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa”, a los siguientes profesionales: NOMBRES CARGOS Dr. Juan Bullon Ames Presidente Dr. Carlos Alfredo Bocanegra García Vicepresidente Académico MSc. Jesús David Sánchez Marín Vicepresidente Administrativo Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA NANCY TAPIA INFANTES Presidente JASSON MANUEL MILLAN CAMPOSANO Secretario General 663622-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Modifican la Res. Nº 0595-2011-ANR, mediante la cual se designó Comisión de Rectores para el cumplimiento definitivo del proceso de homologación docente de las universidades públicas y realizar otras gestiones COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0701-2011-ANR Lima, 28 de junio de 2011