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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2011 (13/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de julio de 2011 446348 Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en el local ubicado en la Avenida Sáenz Peña N° 1545, Cercado, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por el plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa GASNORT S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de Presentación Primera Inspección anual del taller 19 de Abril del 2012 Segunda Inspección anual del taller 19 de Abril del 2013 Tercera Inspección anual del taller 15 de Abril del 2014 Cuarta Inspección anual del taller 15 de Abril del 2015 Quinta Inspección anual del taller 15 de Abril del 2016 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa GASNORT S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 15 de Abril del 2012 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 15 de Abril del 2013 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 15 de Abril del 2014 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 15 de Abril del 2015 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 15 de Abril del 2016 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa recurrente. Regístrese, publíquese y cúmplase. GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 661213-1 VIVIENDA Modifican el numeral 10 de la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2011 de las Políticas Nacionales del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por R.M. Nº 029-2011- VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2011-VIVIENDA Lima, 6 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 029- 2011-VIVIENDA, se aprobó las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente al año 2011, contenidas en la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2011 de las Políticas Nacionales del Sector; además, dispone que la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, a través de la Unidad de Planifi cación, Programación y Racionalización sea la responsable de las evaluaciones semestrales de las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector para el año 2011; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM, se modifi có el numeral 10 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, estableciendo objetivos estratégicos, estrategias, acciones, metas e indicadores para el período 2010-2014 en materia de Simplifi cación Administrativa; Que, mediante Ofi cio Nº 357-2011-PCM-SGP la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, recomienda modifi car las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por Resolución Ministerial Nº 029-2011-VIVIENDA, a fi n de adecuarla en materia de Simplifi cación Administrativa a los objetivos establecidos en el Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM; Que, con Memorándum Nº 1214-2011/VIVIENDA- OGGP la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, conforme al sustento del Informe Nº 016-2011-VIVIENDA-OGPP-UPPR de la Unidad de Planifi cación, Programación y Racionalización, emite opinión favorable para modifi car el numeral 10 referido a la materia de Simplifi cación Administrativa, de la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2011 de las Políticas Nacionales del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por Resolución Ministerial Nº 029-2011-VIVIENDA; Que, por lo expuesto resulta necesario modifi car la Resolución Ministerial Nº 029-2011-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el numeral 10 de la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2011 de las Políticas Nacionales del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada por Resolución Ministerial Nº 029-2011-VIVIENDA, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publíquese la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 664651-1