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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2011 (20/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de julio de 2011 446777 - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. - Directora General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación. - Jefe de la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación del Ministerio de Educación. - Jefe de la Ofi cina de Informática del Ministerio de Educación. - Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación. Artículo 2º.- Del Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia VÍCTOR RAÚL DÍAZ CHÁVEZ Ministro de Educación 667899-10 Aprueban Lineamientos y Estrategias para la Gestión de Conflictos Sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2011-PCM Lima, 24 de mayo de 2011 CONSIDERANDO Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 010-2010-PCM, establece en su artículo 50.B, que la Ofi cina de Gestión de Confl ictos Sociales, tiene entre otras funciones, la de diseñar, formular y proponer lineamientos y estrategias para realizar acciones de prevención, gestión y resolución de confl ictos sociales en todos los niveles de gobierno y en el ámbito de todo el territorio nacional; Que, la Ofi cina de Gestión de Confl ictos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha elaborado los “Lineamientos y Estrategias para la Gestión de Confl ictos Sociales” que tienen como objeto establecer y defi nir líneas de acción, estrategias, procedimientos y niveles de coordinación sectorial, regional y local, que orienten los procesos de gestión de confl ictos sociales en el ámbito de todo el territorio nacional; Que, en consecuencia, resulta pertinente aprobar los “Lineamientos y Estrategias para la Gestión de Confl ictos Sociales”: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 9º del artículo 19º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “Lineamientos y Estrategias para la Gestión de Confl ictos Sociales”, que en anexo adjunto forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La gestión de confl ictos sociales en los sectores del Poder Ejecutivo se orientan conforme a los presentes Lineamientos, y las directivas que emita la Presidencia del Consejo de Ministros. Los gobiernos regionales y locales y demás entidades del Estado, en el ámbito nacional, también podrán aplicar los presentes lineamientos según corresponda. Artículo 3º.- La Ofi cina de Gestión de Confl ictos Sociales de la Presidencia del Consejo de Ministros, es el órgano encargado de conducir, orientar y velar por el cumplimiento de los Lineamientos aprobados por la presente Resolución, así como absolver consultas sobre los aspectos no contemplados en él. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en la Portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia LINEAMIENTOS Y ESTRATEGIAS PARA LA GESTIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES 1. Objetivos 1.1. General Establecer los lineamientos y estrategias para la gestión de confl ictos sociales, en el ámbito del territorio nacional. 1.2. Específi co Defi nir líneas de acción, estrategias, procedimientos y niveles de coordinación sectorial, regional y local, que orienten los procesos de gestión de confl ictos sociales desde el Estado 2. Base legal 2.1. Constitución Política del Perú 2.2. Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658 2.3. Políticas de Estado del Acuerdo Nacional 2.4. Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783 2.5. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158 2.6. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 2.7. Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 2.8. Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros 2.9. Decreto Supremo Nº 056-2009-PCM, que da fuerza de Decreto Supremo a la Resolución Ministerial que crea la Comisión Multisectorial de Confl ictos Sociales. 3. Alcance El presente documento constituye una guía de aplicación para la gestión de confl ictos sociales a cargo de los sectores del Poder Ejecutivo y los organismos públicos que lo conforman; a través de las unidades orgánicas e instancias responsables de la gestión de confl ictos sociales y sirve de orientación para los gobiernos regionales, locales y demás entidades del Estado. 4. Enfoques La gestión de confl ictos sociales se orienta por los siguientes enfoques: 4.1. Enfoque de procesos: Busca una gestión de confl ictos como desarrollo de etapas interdependientes, a través de una conducción transparente, participativa, e imparcial, promoviendo la transformación de las relaciones confl ictivas en relaciones de confi anza, de entendimiento mutuo y de colaboración. El Enfoque de Gestión del confl icto social como proceso comprende: 4.1.1. Gestión especializada Cada sector del Poder Ejecutivo asume la intervención en la gestión de los confl ictos sociales según sus competencias y especialidad, de manera oportuna y efi ciente; cumpliendo sus responsabilidades, respetando el campo de atribuciones y generando prácticas de coordinación, complementación y articulación intersectorial en la gestión de confl ictos sociales, a fi n de evitar la duplicidad y atomización de intervenciones. 4.1.2. Gestión descentralizada La Ofi cina de Gestión de Confl ictos Sociales dirige el proceso de gestión de confl ictos en todos los niveles de gobierno, dentro del marco de las competencias compartidas de manera oportuna y efi ciente; cumpliendo sus responsabilidades y respetando el campo de sus