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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de julio de 2011 446783 VISTOS: El Ofi cio Nº 550-2011-PRODUCE/DVP, Ofi cio Nº 650- 2011-PRODUCE/DVP y el Informe Nº 027-2011-PCM/SD- LENC; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir, conducir y supervisar el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM y N° 063-2007-PCM; Que, la transferencia a los Gobiernos Regionales de la función j) del artículo 52° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia pesquera, fue comprendida en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM, el cual corresponde al Ciclo 2008 de transferencia de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales; Que, a fi n de establecer el procedimiento y los plazos correspondientes, se extendió la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, al proceso de transferencia del año 2008, para lo cual se emitió la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD; Que, en atención a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, el Ministerio de la Producción, elaboró una propuesta de requisitos específi cos, indicadores y procedimentos de verifi cación, en coordinación con la Secretaría de Descentralización, para la transferencia de la función j), del Art.52° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales antes mencionada; Que, de acuerdo al Informe de Vistos y en el marco del Decreto Supremo N° 044-2011-PCM, que ha dado un plazo fi nal de 45 días para culminar con las transferencias pendientes, corresponde aprobar los requisitos específi cos, indicadores y procedimientos de verifi cación propuestos, mediante la resolución secretarial correspondiente y ser publicados para conocimiento del Ministerio de la Producción y los Gobiernos Regionales, según lo dispuesto en la normatividad vigente; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158; los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM, N° 063-2007-PCM, N° 049- 2008-PCM y N° 044-2011-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD y Nº 060-2008-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de requisitos específi cos mínimos, indicadores y procedimientos de verifi cación Aprobar los requisitos específi cos, indicadores y procedimientos de verifi cación, a aplicarse en la etapa de certifi cación del proceso de transferencia de la función j), del artículo 52° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia Pesquera, a los Gobiernos Regionales, comprendida en el Plan Anual de Transferencia del año 2008, aprobado por el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM; los mismos que están detallados en Anexo adjunto, el cual forma parte de la presente resolución. Todo aquello que no esté previsto en la presente resolución, será defi nido de común acuerdo de las partes involucradas en el proceso de transferencia de la función materia del presente. En caso de presentarse alguna controversia, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros será el órgano dirimente. Artículo 2º.- Publicación La presente resolución así como el Anexo correspondiente, deberán ser publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la PCM: www. pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO REQUISITOS, INDICADORES Y PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA ACREDITACIÓN Y TRANSFERENCIA DE LA FUNCION J) A LOS GOBIERNOS REGIONALES EN MATERIA PESQUERA SECTOR / MATERIA REQUISITOS ESPECÍFICOS INDICADOR PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN RECURSOS HUMANOS 01 Director Regional de Producción o quien haga sus veces, designado de acuerdo a Ley. Director Regional de Produce o quien haga sus veces designado de acuerdo a Ley. Resolución de designación o encargatura. MINISTERIO DE LA PRO- DUCCION / PESQUERA 01 Profesional titulado responsable para desarrollar las funciones de vigilancia y sanciones en el cumplimiento de normas sobre pesca artesanal. Profesional responsable de las acciones inherentes a políticas y planes en materia pesquera. Documento de designación, encargatura o contrato. Título profesional ingeniero pesquero, biólogo. Copia del título profesional. Experiencia de dos años en actividades relacionadas en políticas en materia pesquera. Constancias de trabajo o certifi cados que acrediten la experiencia requerida. Haber participado en por lo menos un evento de capacitación sobre vigilancia y sanciones en materia pesquera. Constancia de capacitación en el tema requerido. Conocimiento y manejo de herramientas ofi máticas. Constancias sobre capacitación requerida. Profesional responsable de las acciones inherentes a políticas y planes en materia pesquera. Documento de designación, encargatura o contrato. 01 Profesional titulado y colegiado responsable para desarrollar las funciones de vigilancia y sanciones en el cumplimiento de normas sobre pesca artesanal. Título profesional de abogado. Copia del título profesional. Copia de la Colegiatura Experiencia de dos años en actividades relacionadas en políticas en materia pesquera y a los procesos administrativos sancionadores. Constancias de trabajo o certifi cados que acrediten la experiencia requerida. Capacitación en procesos administradores sancionadores. Haber participado en por lo menos 03 eventos de capacitación sobre vigilancia y sanciones en materia pesquera. Constancia de capacitación en el tema requerido. Conocimiento y manejo de herramientas ofi máticas. Constancias sobre capacitación requerida. SECTOR / MATERIA REQUISITOS ESPECÍFICOS INDICADOR PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN PROCESOS TÉCNICOS MINISTERIO DE LA PRO- DUCCION / PESQUERA Plan Operativo Institucional (POI) o proyecto del POI de la Dirección Regional de la Producción o la entidad que hagas sus veces, que incorpore acciones estratégicas de vigilancia y control de la pesca artesanal. Plan Operativo Institucional (POI) o proyecto del POI de la Dirección Regional de la Producción o dependencia que viene ejerciendo las funciones en materia pesquera. Documento de POI aprobado por la instancia pertinente o proyecto de POI en proceso de aprobación. RECURSOS MATERIALES E INFRAESTRUCTURA Local. Contar con local adecuado y mobiliario para desarrollar las funciones. Verifi car condiciones del local y mobiliario.