Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

Amplian plazo para que la Comision encargada de formular la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Rio Nieva" cumpla con presentar el estudio tecnico correspondiente
RESOLUCION MINISTERIAL N° 154-2011-MINAM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011 Visto, el Oficio Nº 311-2011-SERNANP-J con registro N° 0015626-2011 del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 187-2010MINAM, se declara como MORDAZA Reservada Rio MORDAZA la superficie de Treinta y seis mil trescientos cuarenta y ocho hectareas y tres mil metros cuadrados (36 348.30 ha), ubicada en el distrito de Yambrasbamba, provincia de Bongara, departamento de Amazonas; Que, de acuerdo a los articulos 4° y 5° de la mencionada Resolucion Ministerial, se dispone que el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP en coordinacion con las autoridades competentes, tendra a su cargo la implementacion del MORDAZA de categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Rio Nieva", para ello se crea una Comision encargada de la formulacion de la propuesta de ordenacion territorial, la cual tendria un plazo MORDAZA de seis (06) meses contados a partir de la instalacion de la misma para la MORDAZA de dicha propuesta; Que, mediante documentos de visto, el SERNANP remite el Informe N° 146-2011-SERNANP-DDE de la Direccion de Desarrollo Estrategico del SERNANP, en el que se concluye que es necesario ampliar por ocho (8) meses adicionales el plazo otorgado por Resolucion Ministerial N° 187-2010MINAM para la MORDAZA del estudio tecnico de la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Rio Nieva"; Que, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar el plazo establecido en el articulo 5° de la Resolucion Ministerial N° 187-2010-MINAM, en ocho (8) meses adicionales, a fin que la Comision encargada de formular la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada "Rio Nieva" cumpla con presentar el estudio tecnico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 667898-2

Reconocen el Area de Conservacion Privada Amazon Natural MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 155-2011-MINAM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011 Visto, el Oficio Nº 302-2011-SERNANP-J con registro Nº 015260-2011 del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover

la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podran, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o en parte de su extension, como Areas de Conservacion Privada, siempre que cumplan con los requisitos fisicos y tecnicos que ameriten su reconocimiento; Que, el articulo 70º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 0382001-AG, establece que constituyen Areas de Conservacion Privada aquellos predios de propiedad privada que por sus caracteristicas ambientales, biologicas, paisajisticas u otras analogas, contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservacion de la diversidad biologica e incrementando la oferta para investigacion cientifica y la educacion, asi como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado. Las Areas de Conservacion Privada pueden zonificarse en base a lo establecido por la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente ­ MINAM tiene como funcion especifica dirigir el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE; asimismo, en el numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al MINAM, constituyendolo como ente rector del SINANPE; Que, las funciones de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA fueron absorbidas por el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 42º y el numeral 71.1 del articulo 71º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas las Areas de Conservacion Privada, se reconocen mediante Resolucion Ministerial del MINAM a solicitud del propietario del predio y a propuesta del SERNANP, en base a un acuerdo con el Estado, a fin de conservar la diversidad biologica en parte, o la totalidad de dicho predio, por un periodo no menor a diez (10) anos renovables; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 144-2010SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privadas, las cuales son aplicables al presente procedimiento administrativo por encontrase vigentes en la fecha de MORDAZA de la solicitud de reconocimiento del Area de Conservacion Privada; conforme a lo establecido en el articulo 1º de la Resolucion Presidencial Nº 155-2010-SERNANP; Que, mediante Documentos con Registros Nos. 05830-2011, 07626-2011 y 07976-2011 presentados ante el SERNANP, la empresa Jungle Xports S.A.C. representada por su Presidente de Directorio, MORDAZA MORDAZA Rotondo MORDAZA, solicita el reconocimiento del Area de Conservacion Privada Amazon Natural MORDAZA, por un plazo de diez (10) anos, del predio de la citada empresa sobre una superficie de sesenta y dos hectareas con seis mil quinientos setenta y cinco metros cuadrados (62, 6575 ha), la misma que se encuentra ubicada en el sector Caserio San MORDAZA ­ Rio Maranon, distrito de Nauta, provincia y departamento de MORDAZA, cuyo derecho se encuentra inscrito en la Partida Nº 04014310 de la MORDAZA Registral Nº IV- Sede Iquitos, adjuntando para tal efecto la Declaracion Jurada, el Expediente Tecnico y el Certificado Registral Inmobiliario correspondiente; Que, mediante Informe Nº 066-2011-SERNANPDDE-OAJ, la Direccion de Desarrollo Estrategico y la Oficina de Asesoria Juridica del SERNANP, concluyen que el area propuesta posee caracteristicas ambientales, biologicas, paisajisticas que contribuiran a complementar la cobertura del SINANPE, aportando a la conservacion de la diversidad biologica e incrementando la oferta para la investigacion cientifica, la educacion y el turismo; Que, asimismo, el citado Informe senala que la propuesta de reconocimiento del Area de Conservacion Privada Amazon Natural MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales establecidos en las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privadas, aprobadas por Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP; Que, las areas naturales protegidas hoy en dia juegan un rol fundamental para el MORDAZA de mitigacion a los

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