Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

el MORDAZA normativo de creacion, direccion e impulso del Consejo de Coordinacion de la Juventud de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA como espacio de consulta, coordinacion y concertacion de la politica local de la juventud, y como espacio de encuentro entre las instituciones del estado del nivel local y regional, fijando para estos efectos sus funciones y facultades que de MORDAZA se desprenden. Articulo Segundo.- Naturaleza. El Consejo de Coordinacion de la Juventud es un organo desconcentrado, depende directamente del MORDAZA Distrital, sus acciones estan orientadas a llevar a cabo iniciativas juveniles para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual; asi como, promover la participacion activa de los jovenes en la MORDAZA politica, social, cultural y economica de nuestra comunidad. Articulo Tercero.- Alcances. Tiene como mision promover el desarrollo integral de la poblacion juvenil del distrito de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA, comprendida entre los 15 y 29 anos de edad, mediante la implementacion de politicas de participacion y representacion democratica de la juventud, orientandola hacia la obtencion de su bienestar general. Articulo Cuarto.- Conformacion. El Consejo de Coordinacion de la Juventud es el organo representativo de los jovenes del distrito de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA, que articula las politicas de la juventud con la Municipalidad. Esta conformado por siete (07) miembros titulares y tres (03) miembros accesitarios, distribuidos de la siguiente manera: Miembros Titulares: 1. Un Presidente del CCJ 2. Un Vicepresidente del CCJ. 3. Un miembro de la Secretaria General. 4. Un miembro de la Secretaria de Relaciones Publicas. 5. Un miembro de la Secretaria de Bienestar Social. 6. Un miembro de la Secretaria de Desarrollo Empresarial y Oportunidad Laboral. 7. Un miembro de la Secretaria de Promocion de la Cultura, el Deporte y la Educacion. Miembros Accesitarios: 1. Un miembro accesitario de la Secretaria General. 2. Un miembro accesitario de la Secretaria de Relaciones Publicas. 3. Un miembro accesitario de la Secretaria de Bienestar Social 4. Un miembro accesitario de la Secretaria de Desarrollo Empresarial y Oportunidad Laboral. 5. Un miembro accesitario de la Secretaria de Promocion de la Cultura, el Deporte y la Educacion. Articulo Quinto.- Organigrama Constituyase el Organigrama del Consejo de Coordinacion de la Juventud de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, el mismo que estara dispuesto de la siguiente manera:
CONSEJO DE COORDINACION DE LA JUVENTUD Presidencia Vicepresidencia Relaciones Publicas Secretaria General

distrito de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA y debidamente empadronados para estos efectos en el Libro de Padron Electoral de la Municipalidad Distrital. Articulo Septimo.- Periodo. Los miembros elegidos ejerceran sus funciones por un periodo de dos anos, pudiendo ser reelectos de manera inmediata por un solo periodo adicional. Pasado un periodo podran volver a postular. CAPITULO II DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE COORDINACION DE LA JUVENTUD Articulo Octavo.- Sesiones del Consejo de Coordinacion de la Juventud. El Consejo de Coordinacion de la Juventud tiene como lugar obligatorio para sesionar la MORDAZA de la Cultura y la Juventud. Las Sesiones del Consejo de Coordinacion de la Juventud son ordinarias y extraordinarias. El Presidente dirige las sesiones del Consejo y en su ausencia el Vicepresidente. El Consejo de Coordinacion de la Juventud se reune en sesion ordinaria no menor de dos (02), ni mayor de cuatro (04) veces al mes, para tratar los asuntos de tramite regular. En la sesion extraordinaria solo se tratan los asuntos prefijados en la agenda; tiene lugar cuando la convoca el Presidente o a solicitud de una tercera parte del numero legal de sus miembros. En el caso de no ser convocada por el Presidente dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la peticion, puede hacerlo el Vicepresidente o cualquier otro Secretario, previa notificacion escrita al Presidente. Entre la convocatoria y la sesion mediara, cuando menos, un lapso de cinco (05) dias habiles. En caso de que el Consejo no pueda sesionar por falta de quorum, el Presidente o quien convoca a la sesion debera notificar a los secretarios que, aunque debidamente notificados, dejaron de asistir a la sesion convocada, dejando MORDAZA de dicha inasistencia para efectos de lo establecido en el articulo vigesimo segundo. Articulo Noveno.- Aplazamiento de la sesion.A solicitud de dos tercios del numero legal de secretarios, inclusive el Vicepresidente, el Consejo aplazara por una sola vez la sesion, por no menos de tres (03) ni mas de cinco (05) dias habiles y sin necesidad de nueva convocatoria. Articulo Decimo.- Quorum El quorum para las sesiones del Consejo de Coordinacion de la Juventud es de la mitad mas uno de sus miembros habiles. Articulo Decimo Primero.- Acuerdos Los acuerdos son adoptados por mayoria simple. El Presidente tiene solo MORDAZA dirimente en caso de empate. Articulo Decimo Segundo.- Numero legal y numero habil.Para efecto del computo del quorum y las votaciones, se considera el numero legal de miembros del Consejo de Coordinacion de la Juventud al presidente, vicepresidente y los secretarios titulares elegidos conforme a la presente ordenanza. Se considera como numero habil de consejeros el numero legal menos el de los secretarios, inclusive el vicepresidente, con licencia o suspendidos. CAPITULO III DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES

Secretaria de Bienestar
Social

Secretaria de Desarrollo Empresarial y Oportunidad Laboral

Secretaria de Promocion de la Cultura, el Deporte y la Educacion

SUB CAPITULO I DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACION DE LA JUVENTUD Articulo Decimo Tercero.- Competencias Consejo de Coordinacion de la Juventud del

Articulo Sexto.- Forma de eleccion. Los miembros del Consejo de Coordinacion de la Juventud de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA seran elegidos democraticamente en forma directa y voluntaria, mediante la votacion de todos los jovenes comprendidos entre los 15 a 29 anos de edad, domiciliados en el

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