Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972 establece en su articulo 79º numeral 3.6), inciso 1) y 2); que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funcion especifica exclusiva de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar fiscalizaciones de Habilitaciones Urbanas, construcciones, remodelaciones o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia; Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II, Capitulo V, Articulos 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias y los usos de la totalidad del predio asi como la propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las Habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos. Asi mismo la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de diseno MORDAZA y diseno de vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A. 120 de accesibilidad para personas discapacitadas; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341 ­ MML, de fecha 6 de diciembre del 2001, que aprueba la actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra limitado por las vias metropolitanas siguientes: La Carretera Central clasificada como via arterial con 45.00 ml; Av. La MORDAZA, Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui y Av. MORDAZA Ugarte calificadas como colectoras con una seccion de 20.00 ml en el caso de la Av. La MORDAZA y de 15.00ml para la Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui y MORDAZA Ugarte; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA es la encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas de la MORDAZA a pedido de los interesados que conforman parte del Sector Catastral Nº 20, por lo que se requiere mediante la presente Ordenanza la definicion de modulos viales locales, adecuandola a la realidad fisica existente; asimismo de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 0112006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones; Que, por Resolucion Nº 012-2011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 23 de febrero del 2011, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, resolvio aprobar la transferencia de propiedad del predio de 23,403.04 m2 ubicado en el lote 52-A de la Parcelacion del Fundo "La Estrella" en el Distrito de Ate, a favor de la Municipalidad de Ate, a efectos que ejecute en el predio el proyecto "Complejo Deportivo y Recreacional MORDAZA Bedoya D" y en su articulo 4º define que la Municipalidad de Ate, debera cumplir con la finalidad para la cual se le transfiere el predio sub material, en el plazo MORDAZA de 02 anos contados a partir de la notificacion de la Resolucion, caso contrario se revertira a favor del Estado, de conformidad a lo establecido en el Articulo 69º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, luego de la evaluacion tecnico legal correspondiente se han emitido los informes Nº 2462011-MDA/GDU-SGPUC, Nº 286-2011-MDA/OGAJ y Nº 139-2011-MDA/GDU-SGVT de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Subgerencia de Vialidad y Transporte respectivamente, los cuales han tenido en cuenta la nueva funcion del suelo MORDAZA, donde se ubicara el MORDAZA equipamiento deportivo y los impactos en el sector MORDAZA del Distrito; Que, en funcion a lo descrito anteriormente, se ha procedido a formular la propuesta tecnica de modificacion del Planeamiento Integral del Sector Catastral Nº 20, donde se situa el terreno de 23 403.04 m2 ubicado en el Lote 52-A de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, que fuera aprobado anteriormente por Ordenanza Nº 237MDA de fecha 31 de marzo de 2010, MORDAZA que aprueba el Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral Nº

20, de los modulos viales y el diseno MORDAZA que ordena las areas de recreacion publica; Que, asimismo se debe precisar que la modificacion especifica esta referida al sector donde se ubicara la nueva propuesta de equipamiento, respondiendo su trazado a la trama existente y al uso asignado al mismo, correspondiendo en la actualizacion del uso del suelo la asignacion de la calificacion Otros Usos ­ OU; como tambien a las secciones viales propuestas a las medidas de mitigacion consideradas en el Estudio de Impacto Vial, propuesto por la Sub Gerencia de Vialidad y Transporte, con Informe Nº 010-2011-MDAGDU-SGVT-JCMH del Area Tecnica de MORDAZA de dicha Sub Gerencia; Que, de la inspeccion realizada por el Area de Planificacion de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, se concluye la integracion y prolongacion de vias a la trama MORDAZA del Sector, calles Callao, MORDAZA MORDAZA y la MORDAZA, asi como la incorporacion del terreno cedido por la Superintendencia de Bienes NacionalesSBN a esta Corporacion Municipal, para el desarrollo del Proyecto del Complejo Deportivo Recreacional MORDAZA Bedoya D., para lo cual se requiere acondicionar a fin de dar cumplimiento al MORDAZA de habilitacion MORDAZA, como tambien el acondicionamiento vial debido al uso que se le pretende dar al terreno y ejecucion posterior de la obra indicada MORDAZA del vencimiento del plazo establecido, por lo que consideramos que es procedente desde el ambito tecnico y legal la propuesta de modificacion del Planeamiento Integral del Sector Catastral Nº 20 del Distrito de Ate; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes en la sesion de concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha aprobado la siguiente ordenanza: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE PARTE DEL SECTOR CATASTRAL Nº 20, DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA, ESQUINA DE JR. EL PROGRESO Y MORDAZA LOS DIAMANTES COLINDANTE CON LA ASOCIACION DE PROPIETARIOS MORDAZA VITARTE. Articulo Primero.- APROBAR; el Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral Nº 20, que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano signado Nº 0022011-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ESTABLECER; que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo Tercero.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales, y la Secretaria de Imagen Institucional, se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo Cuarto.- REMITIR; MORDAZA certificada de la presente Ordenanza a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia

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