Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2011 (20/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

coinciden exactamente en cuanto a las fechas, la descripcion e imputacion que efectuan respecto al acoso sexual ejercido en su contra por el investigado, si resulta manifiesta e indubitable, respectivamente; y, ademas debe considerarse que tratandose de imputaciones referidas al acoso sexual, resulta dificultoso obtener declaraciones testimoniales de tal comportamiento, pues dicha conducta usualmente se realiza con MORDAZA reserva y de persona a persona, no advirtiendose que razones podrian tener las denunciantes para imputarle una misma conducta al investigado, a no que esta verdaderamente se MORDAZA producido. Noveno: Que, asimismo, contrariamente a lo senalado, la version que en via de descargo esboza el investigado respecto a la motivacion que tendrian las denuncias formuladas en su contra (contubernio de las personas que indica y finalidad que estas perseguian) no se encuentra acreditada de forma alguna; mas aun, si en dicho "contubernio" no involucra a las denunciantes, con quienes tampoco tiene vinculacion o relacion de alguna indole (deudas, enemistad, resentimiento, dependencia, etc.) que pueda explicar razonablemente sus conductas, debiendo tenerse presente que las versiones brindadas ante la Magistrada del Organo Distrital de Control de la Magistratura, en consonancia con las pruebas acompanadas, otorgan suficiente grado de coherencia en cuanto a la incriminacion que se formula al investigado, que lleva a la conviccion que aquel ha incurrido en los cargos atribuidos por el Organo de Control. Decimo: Que, en consecuencia, habiendose acreditado que el investigado incurrio en los hechos denunciados, que se contraen a los cargos descritos en los articulos ciento noventa y seis numeral ocho y doscientos uno numerales dos, cuatro y seis, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, vigentes a la fecha en que se produjeron los hechos investigados, los cuales establecen: "Es prohibido a los Magistrados: (...). Ocho.- Realizar otras actividades expresamente prohibidas por ley; y, "Existe responsabilidad disciplinaria en los siguientes casos: (...) Dos.- Cuando se atente publicamente contra la respetabilidad del Poder Judicial o se instigue o aliente reacciones publicas contra el mismo; (...). Cuatro.- Cuando se abusa de las facultades que la ley senala respecto a sus subalternos o las personas que intervienen de cualquier manera en un proceso; (...). Seis.-Por notoria conducta irregular, vicios y costumbres que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo; ...". Undecimo: Que, las sanciones previstas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial se graduaran en atencion a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectacion institucional; por ello, teniendo en cuenta la conducta disfuncional del investigado, al haber contravenido los deberes de prohibicion establecidos por ley, perjudicando gravemente la imagen y respetabilidad del Poder Judicial, corresponde imponerle la MORDAZA sancion disciplinaria contemplada en el articulo doscientos once de la mencionada ley organica; por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad, RESUELVE: Primero.Imponer la medida disciplinaria de Destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de Primera Nominacion de la Comunidad MORDAZA MORDAZA Arguedas, Distrito de Huaccana, Provincia de Chincheros, Corte Superior de Justicia de Apurimac. Segundo.Disponer la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERA MORDAZA Secretario General 667658-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformacion de la Primera Sala de Familia de MORDAZA y designan Juez Supernumerario del Decimo MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 587 - 2011- P- CSJLI/PJ MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2011 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 053419-2011, la doctora Luz MORDAZA Capunay MORDAZA, Presidenta de la Primera Sala de Familia de MORDAZA, comunica que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Matamala, Juez Superior integrante de la referida Sala, se encuentra con descanso medico por dos dias a partir de la fecha. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior y con el fin de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales, resulta necesario proceder a la designacion del Magistrado que complete el Colegiado de la Primera Sala de Familia de MORDAZA, por la licencia de la doctora MORDAZA Matamala. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Decimo MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA, como Juez Superior Provisional de la Primera Sala de Familia de MORDAZA, a partir del 19 de MORDAZA del presente ano y mientras dure la licencia por motivo de salud de la doctora MORDAZA Matamala, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala de Familia de Lima: Dra. Luz MORDAZA Capunay MORDAZA Presidenta Dra. MORDAZA Nerida Vascones MORDAZA (T) Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (P) Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA HELMAN MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumerario del Decimo MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA, a partir del 19 de MORDAZA del presente ano y mientras dure la promocion de la doctora MORDAZA Valdivia. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 667695-1

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