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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de julio de 2011 447033 y Asignación de Funciones de los sectores Trabajo y Promoción del Empleo, en los tres niveles de gobierno, estableciéndose que para la implementación de la Matriz, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de ser necesario, propondrá, formulará y emitirá las normas pertinentes, para la mejor implementación de las funciones establecidas en la Matriz con la finalidad de tener una visión integral y articulada con las funciones asignadas a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, por Decreto Supremo N° 052-2011-PCM, se modifi có el numeral 9, Políticas Nacionales en materia de Empleo y MYPE, sub numeral 9.1 del artículo 2° del Decreto Supremos N° 027-2007-PCM; a fi n de desarrollar los objetivos y estrategias de la Política Nacional de Empleo que articulen adecuadamente en todos los niveles de Gobierno, las políticas sectoriales dirigidas a mejorar la capacitación y competencias para el trabajo de la población, mejorar las condiciones laborales y remunerativas de los trabajadores, incrementar los servicios de protección social, entre otras, con especial énfasis en los grupos vulnerables, incluyendo a las mujeres jóvenes, personas con discapacidad, adultos mayores, poblaciones indígenas, afro-descendientes, entre otros; Que, bajo ese contexto la Dirección de Migración Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo propone la aprobación del “Plan de Actuación de Fortalecimiento a los Gobiernos Nacionales y Locales en el Marco de la Gestión de Migración Laboral”, cuyo objetivo general, específi cos, estrategias, líneas de acción e indicadores se interrelacionan entre si, y se encuentran alineados y enmarcados en los Lineamientos de Política Social Laboral 2011-2015 de los Sectores Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 105-2011-TR, y cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento e Inversiones de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, conforme al Informe N° 017-2011-MTPE/4/9.1; Que, por las consideraciones expuestas resulta necesario aprobar el “Plan de Actuación de Fortalecimiento a los Gobiernos Regionales y Locales en el marco de la Gestión de Migración Laboral”; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la Directora General (e) de la Dirección General de Promoción del Empleo, el Director de la Dirección de Migración Laboral, el Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2010-TR y el numeral 1) y 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el “Plan de Actuación de Fortalecimiento a los Gobiernos Regionales y Locales en el marco de la Gestión de Migración Laboral”, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y el anexo citado en el artículo precedente, se publiquen en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob. pe, y en la página web del Portal del Estado Peruano, www.peru.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 669116-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan renovación de permiso de operación a la compañía North American Float Plane Service S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 141-2011-MTC/12 Lima, 17 de mayo de 2011 Vista la solicitud de la compañía NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 063-2007- MTC/12 del 28 de marzo del 2007 se otorgó a la compañía NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 13 de mayo del 2007, modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 219-2010-MTC/12 del 20 de julio del 2010, en el sentido de incrementar material aeronáutico y zonas de operación, así como sustituir la Base de Operación; Que, mediante Expediente Nº 2011-011007 del 10 de marzo del 2011 y Documento de Registro Nº 039492 del 01 de abril del 2011 la Compañía NORTH AMERICAN FLOAT PLANE SERVICE S.A.C. solicita la Renovación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 082-2011- MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 480-2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 129-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, el artículo 177º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG establece que las autorizaciones o permisos que posibiliten el uso de la vía de comunicación aérea al interior de áreas naturales protegidas, deben contar con la opinión técnica previa favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP (antes INRENA) para su extensión y otorgamiento; Que, con Ofi cio Nº 388-2011-MTC/12.07 del 28 de marzo del 2011 se solicitó al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP informe sobre la compatibilidad de las zonas de operación solicitadas por la compañía el cual a la fecha no ha sido contestado, razón por la cual la presente Resolución no contempla las zonas de operación ubicadas en áreas naturales protegidas; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes;