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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2011 (23/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447093 bodega, en los mismos términos y condiciones, a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A.; Que, mediante Resolución Directoral Nº 028-2001- PE/DNE, de fecha 06 de febrero de 2001, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuación a la Ley General de Pesca y su reglamento, entre otros a CONSERVA RODDY S.A, para operar la embarcación pesquera ALEJANDRA de matrícula CO-20183-PM y 496 93 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de recursos hidrobiológicos de consumo humano directo e indirecto, en el ámbito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costaras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm); Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 010-2003- PRODUCE/DVM-PE del 22 de abril de 2003, se otorgó permiso de pesca a CORPORACION PESQUERA INCA S.A. para operar la embarcación pesquera denominada PACHACUTEC 6 (ex MARIA CRISTINA I) con matrícula CE-13581-PM, con 343.18 m3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) según corresponda y cajas con hielo como medio de preservación a bordo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 256-2003- PRODUCE/DNEPP del 25 de agosto del 2003, se publicó la relación de embarcaciones con sus correspondientes armadores que cumplieron con reducir la capacidad de bodega al nivel autorizado o regularizaron su situación administrativa, consignándose a la embarcación PACHACUTEC 4 de matrícula CE-6182-PM con capacidad de bodega de 183.62 m3 Que, mediante Resolución Directoral Nº 122-2004- PRODUCE/DNEPP de fecha 06 de abril de 2004, se modifi có la Resolución Directoral Nº 394-98-PE/DNE, en el extremo que las embarcaciones RIBAR III de matrícula CE-2509-PM y RIBAR XIII de matrícula CE-2889-PM poseen instalado el sistema de preservación a bordo del tipo RSW y que sus capacidades de bodega son de 411.16 m3 y 433.31 m3, respectivamente, acorde a lo autorizado mediante Resolución Directoral Nº 097-2002-PE/DNEPP; Que, mediante Resolución Directoral Nº 289-2004- PRODUCE/DNEPP, de fecha 25 de octubre de 2004, se aprobó el cambio del titular del permiso de pesca autorizado por Resolución Ministerial Nº 618-95-PE, entre otras, para operar la embarcación pesquera TIGRE 5 con matrícula MO-5475-PM, 206 m3 de capacidad de bodega y acceso a recursos hidrobiológicos para consumo humano indirecto, a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A. - COPEINCA, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 221-2005- PRODUCE/DNEPP, de fecha 03 de agosto de 2005 se modifi có la Resolución Ministerial Nº 631-95-PE, en el extremo referido al nombre de la embarcación ROSSY I de matrícula CE-0002-PM, la que en adelante se denominará PACHACUTEC 1; y la Resolución Ministerial Nº 665-97- PE en el extremo referido al nombre de la embarcación ROSSY II de matrícula CE-13246-PM, la que en adelante se denominará PACHACUTEC 21. Asimismo, se aprobó a favor de la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones PACHACUTEC 1 (ex ROSSY I) de matrícula CE-0002-PM, con acceso a los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto otorgado por Resolución Ministerial Nº 631-95-PE; y PACHACUTEC 21 (ex ROSSY - II) de matricula CE-13246-PM, con 154.78 m3 de capacidad de bodega, y con acceso a los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto otorgado por Resolución Ministerial Nº 665-97- PE; en los mismos términos y condiciones con que fueron otorgados inicialmente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 041-2008- PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de enero de 2008, se modifi có las Resoluciones Autoritativas con las que se otorgó los permisos de pesca a favor de CORPORACION PESQUERA INCA S.A. para operar las embarcaciones PACHACUTEC 1 de matrícula CE-0002-PM, PACHACUTEC 3 de matrícula CE6330-PM, PACHACUTEC 4 de matrícula CE-6182-PM, PACHACUTEC 6 de matrícula CE-13581- PM, entre otras, únicamente en el extremo referido a la variación societaria de la citada empresa; debiéndose entender que a la fecha la referida empresa se denomina CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C.; Que, mediante Resolución Directoral Nº 596-2008- PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de octubre de 2008, se amplió el permiso de pesca de las embarcaciones RIBAR III de matrícula CE-2509-PM y RIBAR XIV de matrícula CE- 11569-PM, entre otras, para la extracción de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con el uso de sistema de preservación a bordo RSW; Que, mediante Resolución Directoral Nº 290-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de abril de 2009, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras RIBAR III de matrícula CE-2509- PM y RIBAR XIV de matrícula CE-11569-PM en virtud el Contrato de Fideicomiso en Garantía, elevado a Escritura Pública con fecha 19 de junio de 2007, por el Notario Dr. Eduardo Laos de Lima y las sucesivas addenda, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 292-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de abril de 2009, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras RIBAR XIII de matrícula CE-2889-PM y 433.31 m3 de capacidad de bodega otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 253-95-PE, modifi cado por las Resoluciones Directorales Nº 394- 98-PE/DNE, Nº 122-2004-PRODUCE/DNEPP y Nº 596- 2008-PRODUCEJDGEPP; y RIBAR XV de matrícula CE- 10695-PM y 337.25 m3 de capacidad de bodega, otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 070-96-PE, modifi cado por las Resoluciones Directorales Nº 165-98-PE, Nº 394- 98-PE/DNE y 066-2005-PRODUCE/DNEPP, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolución Directoral Nº 337-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de mayo de 2009 se aprobó el cambio de titular a favor de la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C. en virtud a la autorización presentada por la FIDUCIARIA del dominio de la embarcación pesquera PALMA de matrícula PT-4990- PM, 327.94 m3 de capacidad de bodega y con acceso a los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirecto, en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 592-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 07 de agosto de 2009, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular del Permiso de Pesca, entre otras, de la embarcación pesquera CHALACO de matrícula CO-5544-CM de 98.16 m3, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 622-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 18 de agosto de 2009, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular de los permisos de pesca autorizados por Resolución Ministerial Nº 140-95-PE y Resolución Ministerial Nº 417-94-PE, para operar, entre otras, las embarcaciones pesqueras PARDELA de matrícula CE-4825-PM con 341.42 m3 de capacidad de bodega, y SAN TELMO 4 de matrícula SE-4673-PM con 248.15 m3 de capacidad de bodega respectivamente, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolución Directoral Nº 898-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 11 de noviembre de 2009, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular de los permisos de pesca autorizados por Resolución Ministerial Nº 280-95-PE a las embarcaciones pesqueras RIBAR I de matrícula CE-3707- PM y DON MIGUEL de matrícula CE-1838-PM y 188.87 m3 de capacidad de bodega, entre otras, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolución Directoral Nº 983-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 21 de diciembre de 2009, se aprobó a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera ALEJANDRA de matrícula CO- 20183-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 297-2010- PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de abril de 2010, se otorgó a la empresa CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A.C. la autorización de incremento de fl ota de embarcaciones pesqueras vía sustitución de 06 embarcaciones pesqueras no siniestradas, a implementarse en 03 embarcaciones que serán construidos (siendo las embarcaciones a sustituir: RIBAR I con matrícula CE-3707-PM, RIBAR III con matrícula CE-2509-PM, RIBAR XIII con matrícula CE-2889-PM, RIBAR XIV con matrícula CE-11569-PM, RIBAR XV con matrícula CE-10695-PM y ALEJANDRA