Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 010-2011-MINAM

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

Mediante Oficio Nº 429-2011-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 010-2011-MINAM, publicado en nuestra edicion del dia 15 de junio de 2011. En el Articulo 4º.- De los Plazos de adecuacion para las actividades minero metalurgicas; DICE: "(...) en los supuestos establecidos en el articulo primero del presente Decreto Supremo vence el 30 de setiembre del 2015." DEBE DECIR: "(...) en los supuestos establecidos en el articulo primero del presente Decreto Supremo vence el 15 de octubre del 2014." 657009-1

de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincia y distritos indicados en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 31 de agosto de 2010. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 657010-10

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia declarado en distritos y provincias de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 253-2011-DE/ MORDAZA, 22 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2011-PCM de fecha 22 de junio de 2011, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 3 de MORDAZA de 2011, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; Que, por Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 31 de agosto de 2010, se establecieron los procedimientos que regulan la intervencion de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas en Estado de Emergencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos

Disponen traslado de restos mortales del General MORDAZA MORDAZA, Jefe del Primer Cuerpo del Ejercito en las batallas de San MORDAZA y Chorrillos, a la Cripta de los Heroes ubicada en el Cementerio "Presbitero Maestro", y disponen instalar placa que guarde la memoria de heroes del Ejercito del Peru caidos en accion de MORDAZA en el combate de La Pedrera
RESOLUCION SUPREMA Nº 254-2011-DE/ MORDAZA, 22 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 145-2011-DE de fecha 23 de MORDAZA de 2011 se constituye una Comision del Sector Defensa encargada de ejecutar el registro actualizado, asi como el reconocimiento, calificacion y recomendaciones al Presidente de la Republica, a fin de que se pueda honrar con inscripciones recordatorias o disponer y viabilizar la inhumacion en la Cripta de los Heroes ubicada en el Cementerio "Presbitero Maestro", el Panteon de los Proceres y otros lugares de significacion historica, de aquellos quienes en austero cumplimiento del deber, hazanas o MORDAZA ofrendaron sus vidas por la Patria o realizaron acciones de gran trascendencia, sea en MORDAZA exterior y/o en beneficio del MORDAZA moral del pais; Que, en ejercicio de sus funciones, la citada comision ha recomendado el traslado de los restos mortales del General MORDAZA MORDAZA a la Cripta de los Heroes en su condicion de Ministro de MORDAZA y Jefe del Primer Cuerpo del Ejercito en las batallas de San MORDAZA y Chorrillos, y vencedor de la batalla de San MORDAZA, cuyo hijo, el MORDAZA mayor MORDAZA MORDAZA Posada, murio en la Defensa de Lima. Que, asimismo, la comision ha recomendado rendir homenaje a los combatientes de la MORDAZA Militar del Caqueta de 1911, cuyo centenario se cumple este ano. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º literales j) y n) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, corresponde al Ministro de Defensa aprobar las disposiciones normativas y refrendar los actos presidenciales que le correspondan, asi como realizar el seguimiento respecto del desempeno y logros en el Sector, y adoptar las medidas correspondientes; Que, el articulo 11º, numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, estipula que es

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