Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
DICE:

445173

La DGAAM no considerara documentos impresos recibidos durante la evaluacion con contenidos distintos a los registrados en el SEAL. Disposiciones Complementarias Primera.- Implementacion gradual del SEAL La implementacion del SEAL se realizara por etapas, iniciandose con los Instrumentos de Gestion Ambiental para las categorias I y II de la mediana y gran mineria. El SEAL se implementa en estos supuestos a partir del 1 de MORDAZA de 2011. Por Resolucion Ministerial se aprobara la implementacion del SEAL para los Estudios de Impacto Ambiental categoria III. Segunda.- Competencia de la DGAAM para los instrumentos de Gestion Ambiental para MORDAZA Metropolitana En tanto no culmine el MORDAZA de transferencia de competencias en evaluacion ambiental respecto de MORDAZA Metropolitana, la DGAAM es la autoridad competente para evaluar los instrumentos de gestion ambiental para la pequena mineria y mineria artesanal en dicha zona. Tercera.- De los procedimientos de evaluacion iniciados MORDAZA de la implementacion del SEAL. Los procedimientos de evaluacion de instrumentos de gestion ambiental presentados MORDAZA de la implementacion del SEAL, se continuaran tramitando hasta su finalizacion de acuerdo al sistema anterior. Cuarta.- De la capacitacion y promocion del SEAL La DGAAM organizara talleres de capacitacion y promocion del SEAL en el MORDAZA de sus competencias, y brindara asistencia tecnica a los titulares mineros respecto del registro de sus estudios ambientales en el SEAL en la etapa de implementacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 655843-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 004-2011-MEM/DM Mediante Oficio Nº 1138-2011-MEM/SEG, el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 004-2011-MEM/DM, publicada en nuestra edicion del dia 16 de junio de 2011. PARTE CONSIDERATIVA Tercer parrafo DICE: "Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2008EM, publicada el 27 de MORDAZA de 2008, se aprobo la modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, referente a la redefinicion de la Linea de Transmision de 220 kV SE MORDAZA (San Juan) ­ SE Independencia 1 en: SE MORDAZA (L-2094/2095), SE MORDAZA ­ SE Cantera (L-2090) y SE Cantera ­ SE Independencia (L-2207);" DEBE DECIR: "Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2008-EM, publicada el 27 de MORDAZA de 2008, se aprobo la modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, referente a la redefinicion de la Linea de Transmision de 220 kV SE MORDAZA (San Juan) ­ SE Independencia 1 en: SE MORDAZA (San Juan) - SE MORDAZA (L-2094/2095), SE MORDAZA ­ SE Cantera (L-2090) y SE Cantera ­ SE Independencia (L-2207);" PARTE RESOLUTIVA Articulo 2º

"Imponer, con caracter permanente, a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular Red de Energia del Peru S.A., la servidumbre de electroducto de la MORDAZA ­ SE Cantera (L-2090) en los tramos comprendidos entre las estructuras T152 ­ T160 y T181 ­ T196 [...]" DEBE DECIR: "Imponer, con caracter permanente, a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular Red de Energia del Peru S.A., la servidumbre de electroducto de la Linea de Transmision de 220 kV SE MORDAZA - SE Cantera (L-2090) en los vanos comprendidos entre las estructuras T152 ­ T160 y T181 ­ T196 [...]" 656179-1

INTERIOR
Cesan a Comandante de la PNP en el cargo de Adjunto al Agregado Policial de la Embajada del Peru en Bolivia
RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2011-IN MORDAZA, 22 de junio de 2011 VISTO, el Informe Nº 10-2011-DIRIN-PNP-EM-APBOL del 15 de junio de 2011, mediante el cual el Agregado Policial a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia, recomienda dar por concluida la permanencia del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Adjunto al Agregado Policial de la Embajada de Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 10-2011-DIRIN-PNP-EMAP-BOL del 15 de junio de 2011, el MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agregado Policial a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia, da cuenta que a solicitud de la Embajadora del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Ministro Consejero Jefe de Cancilleria de la Embajada de Peru en Bolivia senor MORDAZA MORDAZA DE COSSIO KLUVER, comunicaron que no deseaban contar con los servicios del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber observado una conducta negativa en la Embajada; Que, el Reglamento de Personal Policial en Mision Diplomatica, Agregadurias, Enlaces y otras Misiones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 1105-05IN/PNP del 3 de MORDAZA de 2005, en el articulo 40º senala: "Relevo del cargo", en su literal "c" establece "en caso de detectarse que el comportamiento denote falta de idoneidad para el ejercicio del cargo, el Director General de la Policia Nacional del Peru dispondra su inmediato relevo"; Que, mediante Memorandum Nº 415-2011-DIRGENPNP/SA del 17 de junio de 2011, el senor General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso que se formule el proyecto de Resolucion Suprema dando por concluida la mision Diplomatica del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Adjunto al Agregado Policial de la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29465 Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, Ley Nº 29334 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2007-IN y el Reglamento de Personal en

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